Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 2010 (19/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 19 de enero de 2010

Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2004MIMDES, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES; Que, por Resolucion Suprema Nº 004-2005-MIMDES, se aprobo el Cuadro para Asignacion de Personal del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES; Que, se encuentra vacante el cargo de Director de la Direccion de Monitoreo y Evaluacion de Impacto Social de la Direccion General de Politicas de Desarrollo Social del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - Plaza Nº 266 del Cuadro para Asignacion de Personal del MIMDES; Que, por lo expuesto, es necesario designar al profesional seleccionado para tal fin por la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de Funcionarios Publicos, el Decreto Legislativo Nº 1024 - Decreto Legislativo que crea y regula el Cuerpo de Gerentes Publicos, la Ley Nº 27793 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0112004-MIMDES, y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al senor VLADO ERICK MORDAZA MORDAZA en el cargo de Director de la Direccion de Monitoreo y Evaluacion de Impacto Social de la Direccion General de Politicas de Desarrollo Social del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social MIMDES. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 447354-1

PRODUCE
Autorizan al IMARPE la ejecucion de la Operacion Eureka LXIV
RESOLUCION MINISTERIAL N° 010-2010-PRODUCE MORDAZA, 15 de enero del 2010 VISTOS: el Oficio Nº DE-100-009-2010-PRODUCE/ IMP, del 12 de enero de 2010 del Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE, el Informe Nº 027-2010-PRODUCE/DGEPPDchi, de la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero y el Informe Nº 005-2010-PRODUCE/OGAJjrisi de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, el articulo 2º del Decreto Ley Nº 25977 Ley General de Pesca, establece que los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru son patrimonio de la Nacion, correspondiendo al Estado regular el manejo integral y la explotacion racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interes nacional; Que, asimismo, el articulo 9º del citado Decreto Ley establece que sobre la base de evidencias cientificas disponibles y de factores socioeconomicos, el Ministerio de la Produccion determina, segun el MORDAZA de pesquerias, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, la regulacion del esfuerzo pesquero, los metodos de pesca, las tallas minimas de captura y demas normas que requieran la preservacion y explotacion racional de

los recursos hidrobiologicos; asimismo establece que los derechos administrativos otorgados se sujetan a las medidas de ordenamiento que mediante dispositivo legal de caracter general dicta el Ministerio; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 539-2009PRODUCE publicada en el Diario Oficial El Peruano el 23 de diciembre de 2009, se suspendio las actividades extractivas del recurso anchoveta (Engraulis ringens) a partir de las 00:00 horas del dia siguiente de su publicacion, en el area comprendida entre los 16º 00' 00'' y 16º 59' 59'' Latitud Sur, que comprende a las localidades de MORDAZA, La Planchada y Quilca; Que, por Resolucion Ministerial Nº 547-2009PRODUCE publicada en el Diario oficial El Peruano el 31 de diciembre de 2009, se autorizo el inicio de la Primera Temporada de Pesca del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus), en la MORDAZA comprendida entre los 16º 00' 00'' Latitud Sur y el extremo sur del dominio maritimo del Peru, correspondiente al periodo enero ­ junio de 2010, la misma que rige a partir de las 00:00 horas del decimo MORDAZA dia habil siguiente a la publicacion de esta Resolucion Ministerial, es decir, a partir del 25 de enero de 2010; y asimismo, establece que el Limite MORDAZA Total de Captura Permisible ­ LMTCP de anchoveta para el consumo humano indirecto es de 400 mil toneladas; Que, el Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE mediante el Oficio Nº DE-100-009-2010-PRODUCE/ IMP del 12 de enero de 2010 informa que las actuales condiciones oceanograficas, meteorologicas y biologico ­ pesqueras indican el inicio de un evento El MORDAZA de intensidad debil en el Peru, lo que ha generado modificaciones importantes en la estructura termica MORDAZA, la composicion de la fauna y MORDAZA MORDAZA, asi como el comportamiento de los principales recursos pesqueros, especialmente la anchoveta; Que, en tal sentido, el IMARPE recomienda la ejecucion de la Operacion Eureka LXIV durante los dias 27 y 28 de enero de 2010, con el objeto de conocer la distribucion, concentracion y condiciones biologicopesqueras de los recursos anchoveta y otros pelagicos, en el area maritima comprendida entre San MORDAZA (15º 30' 00'' Latitud Sur) y el extremo sur del dominio maritimo del Peru, a una distancia 60 millas nauticas de la linea de costa, a excepcion del perfil oceanografico frente a San MORDAZA hasta una distancia de 100 millas nauticas, y con la participacion de diez (10) embarcaciones cerqueras mayores de 270 m3 y equipadas con redes anchoveteras (13 mm) de tamano de malla; Que, a traves del Informe Nº 027-2010-PRODUCE/ DGEPP-Dchi, la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, recoge la recomendacion planteada por el IMARPE y propone la ejecucion de la Operacion Eureka LXIV, en el area y numero de embarcaciones MORDAZA indicada; y ademas senala que los volumenes de captura de anchoveta obtenidos seran descontados de los LMCE (Limites Maximos de Captura por Embarcacion) que se les asigne a estas embarcaciones en la correspondiente Resolucion Directoral; Con el visado de la Viceministra de Pesqueria y de los Directores Generales de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero y de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PE, el Decreto Legislativo Nº 1084 ­ Ley de limites maximos de captura por embarcacion y sus normas reglamentarias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE la ejecucion de la Operacion Eureka LXIV a partir de las 00:00 horas del dia 27 de enero hasta las 24:00 horas del dia 28 de enero de 2010, en el

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