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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 19 de enero de 2010 411475 Viceministro de Relaciones Exteriores, de 11 de enero de 2010; y el Memorándum de la Dirección de Finanzas Nº FIN0020/2010, de 12 de enero de 2010, que certifi ca la disponibilidad presupuestal del presente viaje; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º y 190º de su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; en concordancia con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; la Ley Nº 29357; la Ley Nº 27619, su modifi catoria la Ley Nº 28807, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; su modifi catoria el Decreto Supremo N° 005-2006-PCM; el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29465, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; y el Decreto de Urgencia Nº 001-2010, que precisa el rango normativo de las autorizaciones de viaje; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Javier Eduardo León Olavarría, Subsecretario para Asuntos de América y Coordinador Nacional Titular ante UNASUR, a la ciudad de Manta, República del Ecuador, del 28 al 29 de enero de 2010, a fi n que participe en la II Reunión de la Instancia Ejecutiva del Consejo de Defensa Sudamericano. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 01281 - Promoción, Ejecución y Evaluación de las Acciones de Política Exterior, debiéndose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión de servicios, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasajes Clase Económ. US$ Viáticos por día US$ Nº de días Total viáticos US$ Tarifa aeropuerto US$ Javier Eduardo León Olavarría 983.00 200.00 2+1 600.00 31.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término del referido viaje, el citado funcionario diplomático deberá presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Presidente del Consejo de Ministros y por el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 447517-10 Autorizan a la Biblioteca Nacional del Perú a efectuar pago de cuota del año 2008 a organismo internacional RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 011-2010-RE Lima, 18 de enero de 2010 VISTO: El Ofi cio Nº 002-2010-BNP/DN, de 6 de enero de 2010, de la Biblioteca Nacional del Perú, por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota del año 2008, al Centro Regional para el Fomento del Libro en América Latina, el Caribe, España y Portugal (CERLALC); CONSIDERANDO: Que el Artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota del año 2008 al Centro Regional para el Fomento del Libro en América Latina, el Caribe, España y Portugal (CERLALC), con cargo al presupuesto de la Biblioteca Nacional del Perú; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Biblioteca Nacional del Perú a efectuar el pago de US$ 7,800.00 (Siete mil ochocientos y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América) al Centro Regional para el Fomento del Libro en América Latina, el Caribe, España y Portugal (CERLALC), correspondiente al pago de la cuota del año 2008. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto de la Biblioteca Nacional del Perú. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 447517-11 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan a Conversiones Narvaez III S.A.C. como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular - GNV RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 3531-2009-MTC/15 Lima, 17 de noviembre de 2009 VISTOS: El Parte Diario N° 111247 de fecha 24 de agosto de 2009 y el Expediente N° 2009-0024799 de fecha 03 de noviembre de 2009; presentados por la empresa CONVERSIONES NARVEZ III S.A.C., mediante los