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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 19 de enero de 2010 411469 Que, la participación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR en dichas reuniones resulta de interés para este sector, teniendo en cuenta que el Perú ha presentado peticiones colectivas o plurilaterales a un considerable número de países en materia de modo 4, software y servicios profesionales, así como peticiones bilaterales a más de 42 países entre los años 2003 y 2005, lo que le permite tener un amplio margen de negociación; Que, el MINCETUR es el organismo público responsable de velar por el cumplimiento de los acuerdos o convenios internacionales, en materia de comercio exterior e integración, en coordinación con los distintos sectores del Gobierno, en el ámbito de sus respectivas competencias; Que, por lo expuesto, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje del señor José Luis Castillo Mezarina, profesional que presta servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad de Ginebra, para que en representación del MINCETUR, participe en los eventos antes mencionados; Que, la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de los acuerdos comerciales de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución Suprema; De conformidad con el Decreto de Urgencia Nº 001-2010, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor José Luis Castillo Mezarina, profesional que presta servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 30 de enero al 6 de febrero de 2010, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participe en las reuniones a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, estarán a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 2 292,04 Viáticos (US$ 260,00 x 7 días) : US$ 1 820,00 Tarifa CORPAC : US$ 31,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el señor José Luis Castillo Mezarina presentará al Ministro de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en la reunión a la que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros MARTIN PÉREZ MONTEVERDE Ministro de Comercio Exterior y Turismo 447517-7 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban la tabla de valores referenciales para efectos de determinar la base imponible del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo correspondiente al año 2010 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 018-2010-EF/15 Lima, 18 de enero de 2010 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo establecido por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004- EF y normas modifi catorias, y el artículo 7° del Decreto Supremo N° 057-2005-EF - Reglamento del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo, la base imponible del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo se determinará comparando el valor de adquisición, construcción, importación o de ingreso al patrimonio de la embarcación afecta, con el valor asignado en la Tabla de Valores Referenciales que apruebe anualmente el Ministerio de Economía y Finanzas, el cual considerará un valor de ajuste por antigüedad debiendo considerarse para efecto del Impuesto, el mayor de ellos; Que, en tal sentido es conveniente aprobar la Tabla de Valores Referenciales correspondiente al año 2010; De conformidad con lo establecido en el artículo 7º del Decreto Supremo Nº 057-2005-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobación de la Tabla de Valores Referenciales Apruébese la Tabla de Valores Referenciales a utilizarse para determinar la base imponible del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo, por el año 2010 que, como anexo, forma parte de la presente Resolución Ministerial, la misma que se publica en el Portal Electrónico del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001- 2009-JUS y normas modifi catorias, en el mismo día de la publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas 447362-1 JUSTICIA Conceden la gracia de la conmutación de la pena a internos sentenciados de diversos Establecimientos Penitenciarios de la República RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 013-2010-JUS Lima, 18 de enero de 2010 Vistas las solicitudes presentadas por internos de diversos Establecimientos Penitenciarios del país, con recomendación favorable de la Comisión de Indulto y Derecho de Gracia por Razones Humanitarias y Conmutación de la Pena;