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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 19 de enero de 2010 411477 Que, en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, se establece que el Titular de la Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal, cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo el Titular responsable solidario con el delegado; Que, el numeral 40.2 del artículo 40° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, señala que las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, asimismo, el numeral 30.2 del artículo 30° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modifi cado por la Ley N° 29465. Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, establece que los Calendarios de Compromisos Institucionales, son aprobados por resolución del titular del pliego presupuestario o de quien este delegue, a propuesta de los Jefes de las Ofi cinas Generales de Administración y de presupuesto, respectivamente. Dicha disposición es concordante con lo dispuesto en el numeral 14.2 del artículo 14° de la Directiva N° 005-2009- EF/76.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 043-2009- EF/76.01; Que, el artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones del SIS, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-SA, establece que la Jefatura es el órgano de máximo nivel jerárquico y de toma de decisiones del SIS, encontrándose facultado para delegar en la Sub Jefatura o en otros funcionarios de la Institución las atribuciones que no le sean privativas, según lo previsto en el literal o) del artículo 11° del mencionado Reglamento; Que, por Resolución Jefatural Nº 037-2009/SIS, la Jefatura Institucional del Seguro Integral de Salud, delegó en el responsable de la Sub Jefatura del SIS, como una de las facultades la de aprobar, durante el ejercicio presupuestal 2009, las modifi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático del Seguro Integral de Salud; Que, mediante el documento de vistos, la Ofi cina de Planeamiento y Desarrollo, propone la delegación de facultades en el Sub Jefe Institucional, con el propósito de agilizar los procesos internos en materia presupuestaria del SIS, correspondiendo la modifi cación del literal c) del artículo primero de la Resolución Jefatural N° 037-2009/ SIS, ampliando la facultad precitada para los ejercicios presupuestales 2010 y siguientes; así como delegar la facultad de aprobar el Calendario de Compromisos Institucional, sus ampliaciones y modifi caciones, en el responsable de la Sub Jefatura del Seguro Integral de Salud; Que, con el visto bueno de la Subjefatura del SIS, Secretaría General, Oficina de Administración y Ofi cina de Planeamiento y Desarrollo, y con la opinión favorable de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el literal i) y o) del Artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2002-SA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la modifi cación del literal c) del artículo primero de la Resolución Jefatural N° 037-2009/ SIS, con el siguiente texto: (…) “c) Aprobar, durante cada ejercicio presupuestal, las modifi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático del Seguro Integral de Salud. Así como, aprobar los Calendarios de Compromisos Institucionales, sus ampliaciones y modifi caciones, con arreglo a la Ley de Presupuesto del Sector Público, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y a las disposiciones de la Directiva para la Ejecución Presupuestaria, correspondiente.” (…) Artículo 2º.- Encargar a Secretaria General en coordinación con la Ofi cina de Planeamiento y Desarrollo, remitir copia de la presente Resolución a la Dirección Nacional de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, para conocimiento y fi nes. Artículo 3°.- Encargar a Secretaría General, publicar la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web del portal del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALEJANDRO MANRIQUE MORALES Jefe del Seguro Integral de Salud 447180-1 Modifican la Directiva Nº 003-2009- SIS/OAJ “Procedimiento para las Contrataciones de Bienes y Servicios del Seguro Integral de Salud” aprobada por R.J. Nº 205-2009/SIS RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 015-2010/SIS Lima, 15 de enero de 2010 VISTOS: El Memorando N° 066-2010-SIS/OA de la Oficina de Administración, el Informe Nº 019- 2010-SIS-OA/SGL de la Sub Gerencia de Logística y el Informe Nº 016-2010-SIS/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 6° de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Legislativo Nº 1017, dispone que cada Entidad establecerá en su Reglamento de Organización y Funciones y otros instrumentos de organización, los órganos responsables de programar, preparar, ejecutar y supervisar los procesos de contratación hasta su culminación, debiendo señalarse las actividades que competen a cada funcionario, con la fi nalidad de establecer las responsabilidades que le son inherentes; Que, el numeral 1. del artículo 5° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF, señala que el Titular de la Entidad es la más alta autoridad ejecutiva, de conformidad con sus normas de organización, que ejerce las funciones previstas en la Ley y su Reglamento, para la aprobación, autorización y supervisión de los procesos de contrataciones del Estado; Que, con Resolución Jefatural N° 205-2009/SIS, de fecha 03 de diciembre del 2009, se aprueba la Directiva N° 003-2009-SIS/OAJ - “Procedimientos para las contrataciones de bienes y servicios del Seguro Integral de Salud”; Que, conforme a los documentos de vistos, resulta necesario modifi car el numeral 6 del Sub Capítulo 8.1.3 Trámite del Expediente de Contratación, del Capítulo 8.1. Planifi cación y Conformación del Expediente Técnico de Contratación, del Título VIII. DISPOSICIONES ESPECIFICAS de la Directiva N° 003-2009-SIS/OAJ - “Procedimiento para las Contrataciones de Bienes y Servicios del Seguro Integral de Salud”, aprobada por Resolución Jefatural Nº 205-2009/SIS; Que, con el visto bueno de la Sub Jefatura Institucional, Secretaría General, Ofi cina de Administración y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica;