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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de enero de 2010 411527 En uso de las atribuciones que confi ere el artículo 137º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Declaración del Estado de Emergencia de la laguna Parón Declárase el Estado de Emergencia de la laguna Parón, ubicada en el distrito de Caraz, provincia de Huaylas, departamento de Ancash, por el plazo de sesenta (60) días, para la ejecución de acciones inmediatas destinadas a ejecutar el desembalse de la mencionada laguna, hasta alcanzar los niveles que garanticen la seguridad de la población aledaña. Artículo 2º.- Acciones a cargo de la Autoridad Nacional del Agua La Autoridad Nacional del Agua, en coordinación con la Municipalidad Provincial de Huaylas, el Gobierno Regional de Ancash y el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, ejecutará, con cargo a su presupuesto, las acciones inmediatas necesarias destinadas a la reducción de los riesgos existentes. Estas acciones comprenden, entre otras, el desembalse regulado, la operación y mantenimiento de la laguna Parón y las acciones de supervisión, para la reducción del riesgo generado por la situación de emergencia durante el plazo establecido en el artículo anterior. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por los Ministros de Agricultura y del Ambiente. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de enero del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros ADOLFO DE CORDOVA VÉLEZ Ministro de Agricultura ANTONIO JOSÉ BRACK EGG Ministro del Ambiente 448737-2 Autorizan viaje del Ministro de Relaciones Exteriores a Canadá y encargan su Despacho al Ministro de Defensa RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 014-2010-PCM Lima, 20 de enero de 2010 CONSIDERANDO: Que, la República de Haití, en especial su capital la ciudad de Puerto Príncipe fue devastada por un sismo de grado 7 en la escala de Richter el pasado 12 de enero, el mismo que ha dejado más de cincuenta mil víctimas e incalculables daños materiales en ese hermano país; Que, además de la ayuda material dispuesta por el Gobierno del Perú en los últimos días, el Perú ha venido coordinando diversas formas de apoyo a Haití en el marco del “Grupo de Amigos de Haití”, mecanismo en el marco del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas que reúne a nueve países - Argentina, Brasil, Chile, Canadá, Estados Unidos, Francia, México, Perú y Uruguay – y que se reúne periódicamente con el propósito de buscar medios que faciliten la ejecución del mandato de la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en Haití (MINUSTAH), promover la interacción con las autoridades de Haití y hacer más efi caz la acción de la comunidad internacional; Que, en ese contexto, por invitación del Gobierno de Canadá, se ha determinado que el día 25 de enero de 2010 se realice una reunión a nivel de Ministros de Relaciones Exteriores del “Grupo de Amigos de Haití”; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, señor José Antonio García Belaunde a Montreal, Canadá, a fi n de participar en la reunión de trabajo precitada, a la cual por razones de itinerario deberá desplazarse desde el día 24 de enero, y hasta el 26 de enero inclusive; De conformidad con el artículo 127º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, en concordancia con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807 y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; su modifi catoria el Decreto Supremo N° 005-2006-PCM; el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29465, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; y el Decreto de Urgencia Nº 001-2010, que precisa el rango normativo de las autorizaciones de viaje; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, señor José Antonio García Belaunde, a la ciudad de Montreal, Canadá, entre los días 24 y 26 de enero de 2010, a fi n de participar en la Reunión de Ministros de Relaciones Exteriores del “Grupo de Amigos de Haití”, de acuerdo a lo expuesto en la parte considerativa. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue la participación del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones por concepto de pasajes USD$3295.18; viáticos USD$ 880.00; y tarifa por uso de aeropuerto US$ 31,00; serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario al término de la referida comisión. Artículo 3º.- Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores al señor Ministro de Estado en el Despacho de Defensa, Rafael Rey Rey, en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 4º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 448737-8 Designan Jefe de la Oficina de Gestión de Conflictos Sociales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 011-2010-PCM Lima, 20 de enero de 2010