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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 8 de febrero de 2010 413480 contrato a pesar de haber sido favorecida de la buena pro de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 020-2007-GR- CUSCO-PERPMI-CP, infracción tipifi cada en el numeral 1) del artículo 294 del Reglamento, por los fundamentos expuestos, debiéndose archivar el presente expediente. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. RODRÍGUEZ BUITRÓN NAVAS RONDÓN VALDIVIA HUARINGA 454457-1 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Autorizan inscripción de profesionales y especialistas en el Registro de Peritos Judiciales de la Corte Superior de Justicia de Huaura RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 077-2010-P-CSJHA-PJ Huacho, 26 de enero de 2010 EL PRESIDENTE DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE HUAURA VISTO: El Informe N° 004-2010—OA-CSJHA/PJ; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa N° 419- 2009-P-CSJHA-PJ del 05 de noviembre del 2009 se aprobó la nómina de profesionales y especialistas a ser inscritos en el Registro de Peritos Judiciales de la Corte Superior de Justicia de Huaura, disponiendo para tal efecto que quienes se encontraban en la nómina paguen los derechos previstos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Poder Judicial, a fi n de proceder a su inscripción. Que, el artículo 19 del Reglamento de Peritos Judiciales aprobado por Resolución Administrativa del Titular del Pliego del Poder Judicial N° 351-98-SE-T- CME-PJ, establece como condición para la inscripción en el Registro de Peritos Judiciales el pago del derecho de inscripción, por lo que mediante Resolución Administrativa N° 005-2010-P-CSJHA-PJ del 05 de enero del 2010, se estableció como fecha límite para el pago del derecho de inscripción en el Registro de Peritos Judiciales de la Corte Superior de Justicia de Huaura por parte de los profesionales y especialistas incluidos en la Nómina aprobada mediante Resolución Administrativa N° 419-2009-P-CSJHA-PJ, el 20 de enero del 2010, luego de lo cual se procedería a autorizar la inscripción únicamente a aquellos que hayan cumplido con dicha condición. Que, mediante el documento del visto el Administrador de la Corte informa que 12 de los 15 profesionales y especialistas incluidos en la nómina, han cumplido con efectuar el pago de inscripción dentro del plazo establecido, por lo que mediante la presente resolución se procede a autorizar su inscripción. Que, por las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas por el inciso 9 del artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial; RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR la Inscripción en el Registro de Peritos Judiciales de la Corte Superior de Justicia de Huaura de los profesionales y especialistas que han cumplido con el pago del derecho de inscripción, conforme al siguiente detalle: N° NOMBRES Y APELLIDOS ESPECIALIDAD 1 Jorge Emilio Gonzáles del Solar Arquitecto 2 Jorge Luis Baeza Ortiz Arquitecto 3 Máximo Jesús Atauje Montes Economista 4 Raúl Portilla García Mecánico 5 Alejandro Flores Sánchez Ingeniero Agrónomo 6 José Luis Cañari Ravichagua Ingeniero Civil 7 Miguel Francisco Huamán Flores Ingeniero Civil 8 César Augusto García Blanco Grafotécnico 9 Rosendo Chinchay Ticlia Grafotécnico 10 Teodoro Rubén Ramírez Cáceres Grafotécnico 11 Gavina Balta Dueñas Grafotécnico 12 José Alberto Alonso Carrera Grafotécnico Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Ofi cina de Administración de esta Corte Superior, la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el de mayor circulación de la región. Artículo Tercero.- Poner la presente Resolución Administrativa a conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Presidencia del Poder Judicial, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Gerencia de Servicios Judiciales, de la Ofi cina de Administración Distrital, del Responsable del Área de Servicios Judiciales y Recaudación de la Corte, de los Colegios Profesionales en los casos que corresponda, de la Dirección de Criminalística y de los interesados para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS E. LANEGRA SANCHEZ Presidente (e) Corte Superior de Justicia de Huaura Poder Judicial 454815-1 Disponen evaluación de especialistas y/o profesionales inscritos en el Registro de Peritos Judiciales de la Corte Superior de Justicia de Huaura RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 078-2010-P-CSJHA-PJ Huacho, 26 de enero de 2010 VISTO: El Ofi cio N° 077-2010-OA-CSJHA/PJ remitido por la Ofi cina de Administración de este Distrito Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa N° 609-98- CME-PJ se creó el Registro de Peritos Judiciales (REPEJ) en cada Distrito judicial, el mismo que fuera reglamentado por Resolución Administrativa N° 351-98-SE-TP-CME-PJ, con el fi n de convertirlo en un real y efectivo órgano de apoyo a la administración de justicia. Que, el artículo 21 del Reglamento de Peritos Judiciales prescribe que cada dos años se someterá (a los peritos judiciales inscritos) a una prueba de evaluación de conocimientos, que estará a cargo de los colegios profesionales bajo su responsabilidad, y podrá ser supervisada por el Poder Judicial, con la fi nalidad de comprobar su permanente reactualización e idoneidad profesional. Que, mediante el documento del visto el Administrador Distrital informa que en el Registro de Peritos Judiciales de la Corte Superior de Justicia de Huaura hay peritos judiciales que deberán ser evaluados por encontrarse en el supuesto descrito en el primer considerando de la presente