Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2010 (13/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano MORDAZA, sabado 13 de febrero de 2010

NORMAS LEGALES

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posteriores, el funcionario encargado, teniendo en cuenta las pruebas presentadas, resolvera sobre la reclamacion planteada, conforme a los terminos y disposiciones establecidos en la Ley N° 27444 "Ley de Procedimiento Administrativo General". Cuando se trate de problemas internos de la Organizacion, la Gerencia de Desarrollo Humano y/o la Sub-Gerencia de Participacion Vecinal podran proponer mecanismos de conciliacion de las partes; lo acordado es de cumplimiento obligatorio para las partes y sera recogido obligatoriamente en la resolucion que emita el Organo correspondiente, no procediendo contra MORDAZA Recurso Impugnatorio alguno. Articulo 14º.- La resolucion que emita la Gerencia de Desarrollo Humano, podra ser reconsiderada ante la misma instancia o apelada en MORDAZA instancia ante la Gerencia Municipal, quedando agotada la via administrativa. TITULO VI DEL ARCHIVO DEL REGISTRO DE ORGANIZACIONES SOCIALES Articulo 15º.- La Gerencia de Desarrollo Humano para el registro de las Organizaciones Sociales, de forma fisica abrira un Libro de Registro del R.U.O.S. y en sistema informatico un software, debidamente autorizados por el MORDAZA y el funcionario responsable, los que contendran como minimo la siguiente informacion: 1. Asiento Principal de Inscripcion: a) Numero de Inscripcion. b) Fecha de Inscripcion. c) Codigo de Organizacion (en el caso de Organizacion Social de Base). d) Nombre o denominacion. e) Domicilio de la Organizacion. f) Fecha de Inicio de las actividades. g) Numero de miembros. h) Resumen de Estatuto (contendra objetivo de la Organizacion y duracion de Consejo Directivo). i) Relacion de integrantes de la Junta Directiva o Consejo Directivo, u otro que cumpla la funcion de representacion legal de la organizacion (contendra nombres y apellidos completos, direccion, cargo, numero(s) telefonico(s), correo(s) electronico(s)) j) Fecha de inicio y termino del Consejo Directivo. k) Numero de la Resolucion de Gerencia que reconoce a la Organizacion Social. 2. Asiento MORDAZA de Inscripcion: Contendra los actos que la organizacion con posterioridad a su inscripcion realice, los mismos que se especifican en el Articulo 12° de la presente Ordenanza. TITULO VII DE LAS CREDENCIALES A LOS DIRIGENTES DE LAS ORGANIZACIONES SOCIALES Articulo 16º.- La Gerencia de Desarrollo Humano otorgara credenciales a cada uno de los dirigentes integrantes de la Junta Directiva o Consejo Directivo, u otro que cumpla la funcion de representacion legal de la organizacion inscrita en el RUOS de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, encontrandose exoneradas de pago las Organizaciones Sociales de Base de acuerdo a la Ordenanza N° 060-2009MDP/C de fecha 20 de MORDAZA del 2009. La Credencial contendra como minimo los siguientes datos: a) Nombre de la Organizacion. b) Normes y apellidos del dirigente c) Cargo del dirigente d) Numero del Documento Nacional de Identidad del dirigente. e) Domicilio del dirigente. f) Fecha de Vigencia de la Credencial. g) Fotografia reciente tamano carne y a color del dirigente. h) Firma del Funcionario responsable.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Deroguese los Articulos 21º, 22º, 23º y 24º de la Ordenanza N° 011-2006-MDP/C y demas normas que se opongan a la presente. Segunda.- La presente ordenanza sera de aplicacion supletoria a la Ordenanza N° 024-2008-MDP/A que crea el libro de Registro Unico de Organizaciones Juveniles. Tercera.- Los aspectos no contemplados en la presente Ordenanza y en lo que corresponda sera de aplicacion supletoria lo dispuesto en la Ordenanza Nº 191-MML "Registro Unico de Organizaciones Sociales" y el Decreto Supremo Nº 041-2002-PCM Reglamento de la Ley que declara de prioritario interes nacional la labor de Clubes de Madres, Comites de Vaso de Leche, Comedores Populares Autogestionarios y otras organizaciones sociales. Cuarta.- En merito a la presente ordenanza las Organizaciones Sociales podran solicitar asesoria para los fines u objetivos establecidos en sus estatutos, a traves de la Municipalidad Distrital de Pachacamac. Quinta.- La Municipalidad Distrital de MORDAZA, conjuntamente con las Organizaciones Sociales, propondra mecanismos de gestion en diversas materias de interes publico local, formulara politicas, programas y proyectos de desarrollo y celebrara convenios u otras formas de cooperacion, para la atencion de las necesidades de los agrupamientos humanos. Sexta.- Los procedimientos que se encuentren en tramite a partir de la vigencia de la presente Ordenanza, se adecuaran, bajo responsabilidad de la Unidad Organica competente, a las disposiciones que preve el presente Reglamento. Septima.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion, en el Diario Oficial "El Peruano". POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 456966-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Aceptan donacion del Ministerio de Salud de vehiculo destinado al transporte de personas afectadas con discapacidad y/o adulto mayores
ACUERDO DE CONCEJO Nº 001-2010-MDSMP San MORDAZA de Porres, 16 de enero del 2010 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE PORRES POR CUANTO: En Sesion Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 16.ENERO.2010, bajo la presidencia del senor MORDAZA Freddy MORDAZA MORDAZA MORDAZA y con el quorum reglamentario de los senores regidores, se trato sobre donacion de unidad vehicular a la entidad municipal; y CONSIDERANDO: Que, en Sesion Ordinaria de la fecha se trato sobre la donacion efectuada a la entidad municipal por el Ministerio de Salud, a traves de la Resolucion Directoral Nº 785-2009-OGAOL-SG de fecha 17.DICIEMBRE.2009, de una camioneta color MORDAZA, MORDAZA Toyota, modelo Hiace, Serie RZH-125- 4010698 , motor 2RZ-2984478, ano 2003, cuyo valor es de S/.64,435.78; acreditandose el Acta de entrega ­ recepcion Nº 208-2009ACP/MINSA de fecha 21.DICIEMBRE.2009; Que, la Gerencia de Desarrollo Humano, a traves de su Informe Nº 03-2010-GDH/MDSMP, da cuenta del donativo

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