Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2010 (13/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO

El Peruano MORDAZA, sabado 13 de febrero de 2010

TODOS SUS ANEXOS, CON MORDAZA A LOS ORGANOS DE CONTROL INSTITUCIONAL DE LAS ENTIDADES QUE CUENTEN CON DICHO ORGANO. Que el Rector remite el caso a Secretaria General con el Proveido N° 0681-2010-UNHEVAL-R, para que se emita la Resolucion correspondiente; Estando a las atribuciones conferidas al Rector, por la Ley Universitaria Nº 23733 y por el Estatuto de la UNHEVAL; SE RESUELVE: 1. EXONERAR el MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva de Contratacion de Servicio de Vigilancia Nocturna, hasta que se cumpla con la ejecucion en su totalidad del MORDAZA de Seleccion. 2. ENCOMENDAR a la Direccion General de Administracion, adopte las acciones complementarias para la contratacion de las Empresas, debiendo tener en cuenta lo dispuesto en el Articulo 135º del Reglamento de Contrataciones del Estado. 3. DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y el SEACE, dentro de los 10 dias habiles de su emision, y se realice a traves de la Direccion General de Administracion. 4. DISPONER que Secretaria General remita a la Contraloria General de la Republica la Resolucion de Exoneracion y los informes que la sustentan dentro del plazo de 10 dias habiles siguientes a la fecha de aprobacion, con todos sus anexos, con MORDAZA a los Organos de Control Institucional de las entidades que cuenten con dicho organo, por lo expuesto en los considerandos de la presente resolucion. 5. DISPONER que el Vicerrectorado Administrativo y demas organos internos adopten las acciones complementarias. 6. DAR A CONOCER esta Resolucion a los organos correspondientes. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 457276-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Aprueban realizacion del I y II Matrimonio Civil Comunitario para el Ano 2010
ORDENANZA Nº 0201 - MDI Independencia, 25 de enero de 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA POR CUANTO: VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 0122009-GM/MDI e Informe Nº 02-2010-RC-GSG/MDI de fechas 07ENE2010 y 20ENE2010 respectivamente, referidos al proyecto de Ordenanza que aprueba la realizacion del "I y II Matrimonio Civil Comunitario 2010 y Reduccion del Pago de Derecho de Tramite" en el distrito de Independencia.

Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Nº 28607, establece que las Municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el articulo 4º de la Constitucion Politica del Peru senala, que la comunidad y el Estado protegen especialmente al MORDAZA, al adolescente, a la MORDAZA y al anciano en situacion abandono. Tambien protegen a la familia y promueven el matrimonio. Reconocen a estos ultimos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad Que, de conformidad con el Articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru y el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales a traves de las Ordenanzas crean, modifican suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias derechos y contribuciones dentro de los limites establecidos por Ley. Que, los derechos de pago de tramite de Matrimonio Civil, asi como los requisitos a presentarse, se encuentran establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de Independencia, aprobado mediante Ordenanza Nº 117-MDI de fecha 22 de marzo del 2006. Que, el articulo 9º numeral 9) de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal, crear, modificar. Suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a Ley. Que, es competencia de los Gobiernos Locales, administrar, organizar y ejecutar los programas locales que coadyuven al desarrollo y bienestar de la poblacion de acuerdo a lo regulado en el articulo 73º numeral 6.2 de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972. Que, mediante Informes de vistos el area de Registro Civil, propone la realizacion del "I Matrimonio Civil Comunitario 2010", el cual se llevara a cabo el dia Sabado 15 de MORDAZA de 2010 con motivo de la celebracion del "Dia de la Madre" y el "II Matrimonio Comunitario 2010", el cual se llevara a cabo el dia Sabado 25 de septiembre de 2010 como una de las actividades por el "Mes de la Primavera". Que, la Unidad de Asesoria Legal mediante Informe Nº 001-2010-UAL/MDI opina que resulta procedente la aprobacion del proyecto de Ordenanza Municipal que Autoriza la Celebracion del I y II Matrimonio Civil Comunitario 2010, debiendo elevarse al Concejo Municipal, a fin que sea aprobado en la Sesion de Concejo correspondiente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los articulos 9º numeral y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 el Concejo Municipal por Mayoria, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta aprobo la siguiente: ORDENANZA APROBAR LA REALIZACION DEL I Y II MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO PARA EL ANO 2010, DISPONIENDOSE LA REDUCCION DE PAGO DE DERECHO DE CEREMONIA DE MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2010 Articulo Primero.- AUTORIZAR la celebracion de "PRIMER MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO DEL ANO 2010" a llevarse a cabo el dia 15 de MORDAZA de 2010, con motivo de la celebracion del "Dia de la Madre", en Plaza MORDAZA Norte. Articulo Segundo.- AUTORIZAR la celebracion del "SEGUNDO MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2010" a llevarse a cabo el dia 25 de setiembre de 2010 en el MORDAZA de las actividades a desarrollarse por el "Mes de la Primavera" en la Plaza Civica de Independencia.

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