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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE FEBRERO DEL AÑO 2010 (13/02/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 53

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 13 de febrero de 2010 413835 presentar las listas de candidatos con observancia de las cuotas electorales según el siguiente detalle: Departamento Provincia Distrito Total de autoridades a reemplazar Total de regidores a reemplazar No menos del 30% de hombres o mujeres No menos del 20% de jóvenes menores de 29 años Ancash Bolognesi Aquia 1 alcalde y 4 regidores 4 2 1 Ancash Ocros San Cristobal De Rajan 5 regidores 5 2 1 Apurímac Aymaraes Ihuayllo 3 regidores 3 1 1 Arequipa Castilla Choco 5 regidores 5 2 1 Arequipa Islay Mejia 4 regidores 4 2 1 Ayacucho Huamanga San Jose De Ticllas 5 regidores 5 2 1 Cajamarca San Miguel La Florida 1 alcalde y 4 regidores 4 2 1 Cajamarca San Miguel San Silvestre De Cochan 1 alcalde y 4 regidores 4 2 1 Huancavelica Acobamba Marcas 5 regidores 5 2 1 Huancavelica Tayacaja Acraquia 3 regidores 3 1 1 Huancavelica Tayacaja Salcahuasi 4 regidores 4 2 1 Huánuco Leoncio Prado Luyando 1 alcalde y 3 regidores 3 1 1 Ica Chincha Chavin 1 alcalde y 3 regidores 3 1 1 Lima Huarochirí San Damian 5 regidores 5 2 1 Lima Huarochirí San Pedro De Huancayre 3 regidores 3 1 1 Lima Lima Ancon 1 alcalde y 5 regidores 5 2 1 Moquegua General Sánchez Cerro Chojata 5 regidores 5 2 1 Puno Sandia Limbani 1 alcalde y 4 regidores 4 2 1 Artículo Quinto.- Habilítese a las organizaciones políticas locales, provinciales y distritales, que participaron en las Elecciones Municipales del año 2006 para la presentación de listas de candidatos en el proceso de Nuevas Elecciones Municipales; como también podrán hacerlo las organizaciones políticas con inscripción vigente ante el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones. Artículo Sexto.- Encargar al Registro de Organizaciones Políticas la habilitación, en sus asientos registrales, de las organizaciones políticas locales actualmente canceladas, que participaron en el proceso electoral municipal del año 2006. Artículo Séptimo.- Precisar las siguientes fechas límite que constituyen hitos legales en las Nuevas Elecciones Municipales del 6 de junio de 2010: Fecha límite para elecciones internas de los partidos políticos y movimientos regionales Artículo 22 de la Ley Nº 28094 modifi cada por Ley Nº 29490 Hasta el lunes 15 de febrero de 2010 Fecha límite para renuncia de funcionarios públicos que integren listas de candidatos Artículo 8, numeral 8.2, de la Ley Nº 26864 Hasta el miércoles 7 de abril de 2010 Fecha límite para conceder licencia a trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos que integren listas de candidatos Artículo 8, numeral 8.1, literal e, de la Ley Nº 26864 Hasta el viernes 7 de mayo de 2010 Fecha límite para la presentación de listas de candidatos ante el Jurado Electoral Especial de Lima Centro o las sub sedes de La Libertad, Cajamarca, Piura, Cusco, Apurímac, Ayacucho, Arequipa, Moquegua, Huánuco, Huancavelica, Ica, Ucayali, Madre de Dios y Puno, según corresponda. Artículo 10 de la Ley Nº 26864 Resolución Nº 055-2010-JNE Hasta el lunes 8 de marzo de 2010 Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SIVINA HURTADO PEREIRA RIVAROLA MINAYA CALLE MONTOYA ALBERTI VELARDE URDANIVIA BRAVO BASALDÚA, Secretario General 456822-1 Establecen fecha del Referéndum Nacional para la aprobación o desaprobación del “Proyecto de Ley Devolución de Dinero del FONAVI a los Trabajadores que contribuyeron al mismo” RESOLUCIÓN Nº 088-2010-JNE Lima, doce de febrero de dos mil diez CONSIDERANDO 1. Mediante las Resoluciones Nº 331-2008-JNE y Nº 331-A-2008-JNE, de fecha 7 de octubre de 2008, el Jurado Nacional de Elecciones convocó a Referéndum Nacional para la aprobación o desaprobación del texto de la iniciativa legislativa de la Asociación Nacional de Fonavistas de los Pueblos del Perú: “Proyecto de Ley de Devolución de Dinero del FONAVI a los Trabajadores que contribuyeron al mismo”. 2. Posteriormente, en virtud a la Resolución Nº 312- 2009-JNE de fecha 7 de mayo de 2009, se dispuso fi jar el domingo 21 de noviembre de 2010 como nueva fecha para llevar a cabo el Referéndum Nacional para la aprobación o desaprobación del “Proyecto de Ley Devolución de Dinero del FONAVI a los Trabajadores que contribuyeron al mismo”, día en el que por ley deberán realizarse las Elecciones Regionales y Municipales. 3. No obstante, mediante Ley Nº 29470, publicada el 14 de diciembre de 2009, se modifi caron diversos artículos de la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales, incluyendo el artículo 4 referido a la fecha de las elecciones, el cual establece ahora que: “Las elecciones regionales se realizan junto con las elecciones municipales el primer domingo del mes de octubre”. 4. Frente a ello, mediante Acuerdo del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones de fecha 15 de diciembre de 2009, se precisó que el citado Referéndum Nacional se llevará a cabo el domingo 03 de octubre de 2010, día en el que por ley deberán realizarse las Elecciones Regionales y Municipales. Dicho acuerdo fue publicado en el portal institucional del Jurado Nacional de Elecciones. 5. Por otro lado, el artículo 82 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, señala que la convocatoria a Referéndum o Consultas Populares se hace con una anticipación no mayor de noventa días hábiles ni menor de sesenta. No obstante, a fi n de garantizar la adecuada difusión del referido acuerdo, resulta necesario formalizar y ratifi car sus alcances, a través de una Resolución que debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; precisando que la variación de la fecha señalada anteriormente obedece a una modifi cación del día de la realización de las elecciones regionales y municipales efectuada por mandato legal. Por lo expuesto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,