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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 17 de febrero de 2010 414055 de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del patrimonio cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación; Que, mediante Informe Nº 2101-2009-SDIC-DA- DREPH/ INC de fecha 2 de noviembre de 2009, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología comunica que el expediente técnico del monumento arqueológico San Pablo, registrado en el marco del “Proyecto de evaluación arqueológica de reconocimiento con excavaciones ampliación y mejoramiento del sistema de agua potable y construcción del alcantarillado Los Tablazos – La Unión, departamento de Piura”, a cargo de la Lic. Luisa Karina Reyes Rodríguez, con R.N.A. Nº AR-0427, no presenta observaciones; Que, mediante Informe Nº 4780-2009-LDMS/SDSP/ DA/ DREPH/INC de fecha 16 de noviembre de 2009, la Sub Dirección de Supervisión y Peritaje de la Dirección de Arqueología recomienda, entre otros, se declare patrimonio cultural de la Nación al precitado monumento arqueológico prehispánico, asimismo se apruebe su respectivo expediente técnico; Que, mediante Acuerdo Nº 1030 de fecha 18 de noviembre de 2009, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura, entre otros, declarar patrimonio cultural de la Nación al monumento arqueológico San Pablo, ubicado en el distrito de La Unión, provincia y departamento de Piura, asimismo se apruebe su respectivo expediente técnico; Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017- 2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Resolución Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modifi cada por Resolución Suprema Nº 012-2006-ED. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar patrimonio cultural de la Nación al monumento arqueológico prehispánico cuya ubicación se detalla en el siguiente cuadro: Departamento Piura Provincia Piura Nombre del sitio arqueológico Distrito Datum WGS84 Zona 17 Datum PSAD56 Zona 17 UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte San Pablo La Unión 526651.9316 9404976.2253 526910.0280 9405338.3607 Artículo 2º.- Aprobar el expediente técnico (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica) del monumento arqueológico prehispánico San Pablo, ubicado en el distrito de La Unión, provincia y departamento de Piura, de acuerdo a los planos, áreas y perímetros siguientes: Nombre del Sitio Arqueológico Nº de Plano en Datum PSAD56 Nº de Plano en Datum WGS84 Área (m2) Área (ha) Perímetro (m) San Pablo S-2 S-1 9488.14 0.948 395.41 Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la condición de patrimonio cultural de la Nación del monumento arqueológico prehispánico mencionado en el artículo 1º y de los planos señalados en el artículo 2º de la presente resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del monumento arqueológico prehispánico declarado patrimonio cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Remítase copia fedateada de la presente resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 457987-1 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 203/INC Lima, 9 de febrero de 2010 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración difusión y promoción del patrimonio cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 -Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Informe Nº 1269-2009-LPE/SDIC/ DA/DREPH/ INC de fecha 22 de junio de 2009, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología concluye que se efectuó la revisión de los expedientes técnicos de los sitios arqueológicos Sector 36-03, Sector 6 (sector A), Sector 6 (sector B), Sector 36- 01 (sector A y Sector B), ubicados en el distrito de San Miguel, provincia La Mar, departamento de Ayacucho, y no presentaron observación, por lo que recomienda su trámite correspondiente; Que, mediante Informe Nº 040-2009-CEPDLC-CNTA- DA- DREPH-INC de fecha 17 de diciembre de 2009, la Secretaría Técnica de la Comisión Nacional Técnica de Arqueología recomienda que el proyecto en mención pase a la Comisión Nacional Técnica de Arqueología para su pronunciamiento; Que, mediante Acuerdo Nº 1166 de fecha 18 de diciembre de 2009, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó, entre otros, recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura declarar patrimonio cultural de la Nación a los siguientes monumentos arqueológicos prehispánicos: Pampahuaylla 36-01 Sector A, Pampahuaylla 36-01 Sector B, Pampahuaylla 36-03, Pampahuaylla Sector 6A y Pampahuaylla Sector 6B, ubicados en el distrito de San Miguel, provincia La Mar, departamento de Ayacucho y registrados en el marco del “Proyecto de evaluación arqueológica con excavaciones en la Variante KP 36 del DdV del gasoducto – Perú LNG S.R.L. Departamento de Ayacucho”; Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Resolución Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modifi cada por Resolución Suprema Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar patrimonio cultural de la Nación a los siguientes monumentos arqueológicos prehispánicos cuya ubicación se detalla en el siguiente cuadro: Departamento Ayacucho Provincia La Mar Datum PSAD56 Zona 18 Datum WGS84 Zona 18 Nombre del sitio Distrito UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Este Pampahuaylla 36-01 Sector A San Miguel 614480.3765 8559240.7117 614254.9089 8558876.7573