Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2010 (17/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, miercoles 17 de febrero de 2010

NORMAS LEGALES

414063

ODICMA-P con fecha veintiuno de noviembre de dos mil seis, dirigida al Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA contra el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez de Paz de Primera Nominacion del Distrito de MORDAZA MORDAZA - Morropon, quien ha fallecido durante el procedimiento de investigacion, y el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez de Paz de MORDAZA Nominacion del Distrito de MORDAZA MORDAZA - Morropon; Quinto: Que, mediante resolucion numero veintidos de fecha catorce de MORDAZA del ano en curso expedida por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial se propone al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la medida disciplinaria de destitucion al magistrado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez de Paz de MORDAZA Nominacion de MORDAZA MORDAZA - Morropon, Corte Superior de Justicia de MORDAZA, por no haber cumplido con la comision de realizar la diligencia de desalojo y destruccion de un MORDAZA de agua ordenada por el Juez Mixto del Modulo Basico de Justicia de Chulucanas, en la tramitacion del Expediente N° 20030138; ocasionando con ello retardo injustificado en su tramitacion y haberse parcializado con los demandados a fin de impedir la diligencia MORDAZA mencionada, lo cual se corrobora con el apoyo que les brindo en el memorial de fecha diez de febrero de dos mil seis; Sexto: Que, a manera de introduccion y a efectos de establecer la MORDAZA aplicable, se debe precisar que el ordenamiento nacional ha establecido dos supuestos que rigen la potestad sancionadora de la administracion y, que operan a favor del administrado, en cuanto a la dimension temporal de las normas. Los supuestos son los siguientes: i) El MORDAZA de irretroactividad, que garantiza que la atribucion de la potestad sancionadora solo sera valida para la aplicacion de disposiciones de tipificacion de ilicitos y previsora de sanciones, cuando hayan entrado en vigencia con anterioridad al hecho y esten vigentes al momento de su calificacion por la autoridad; y, ii) La aplicacion de las normas sancionadoras posteriores a la comision del ilicito que benefician al administrado, esto es la retroactividad de la norma; tipificado en el articulo doscientos treinta, inciso cinco, de la Ley del Procedimiento Administrativo General que establece "Son aplicables las disposiciones sancionadoras vigentes en el momento de incurrir el administrado en la conducta a sancionar, salvo que las posteriores le MORDAZA favorables"; Setimo: Con fecha siete de MORDAZA de dos mil nueve entro en vigencia la Ley N° 29277 -Ley de la MORDAZA Judicial-, donde en su disposicion complementaria derogatoria establece derogar varios articulos del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial entre ellos los articulos doscientos uno y doscientos once, normas invocadas en la resolucion materia de pronunciamiento al estar vigentes, pero que se encuentran derogadas al momento de resolver la presente investigacion, y descrita en los articulos treinta y cuatro y cincuenta y cinco de la referida ley; por lo que se puede apreciar que la MORDAZA MORDAZA citada no ha tenido cambio sustantivo en relacion al caso en referencia; en tal sentido, se debe aplicar la MORDAZA vigente a la fecha de la comision de los hechos investigados de conformidad con el MORDAZA de irretroactividad MORDAZA descrito; Octavo: De la revision de los actuados se puede apreciar que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez de Paz de MORDAZA Nominacion del Distrito de MORDAZA MORDAZA - Morropon, MORDAZA de ser habilitado por el Juez Mixto de Chulucanas para llevar a cabo la diligencia de desalojo y destruccion del MORDAZA de agua con fecha diez de febrero de dos mil seis -ver fojas uno a seis-, habia firmado en su condicion de Juez de Paz un memorial en contra de la resolucion numero treinta expedida por la MORDAZA Sala Civil de la Corte Superior de MORDAZA de fecha ocho de MORDAZA de dos mil cinco, la cual declaro fundada la demanda de reinvindicacion y ordena se restituya el lote de terreno MORDAZA a la demandante, asi como se lleve a cabo la destruccion de lo construido sobre el area de dicha propiedad, documento que fue puesto en conocimiento del Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, MORDAZA Sala Civil de MORDAZA, Defensoria del Pueblo de MORDAZA, Jefe Zonal de FONCODES - MORDAZA, Juez Decano del Modulo Basico de Justicia de Chulucanas, Jefe de la Primera Division Territorial de la PNP de MORDAZA y medios de comunicacion de Piura; Noveno: Que, para llevar a cabo lo dispuesto por la MORDAZA Sala Civil de MORDAZA, el Juez Mixto de Chulucanas mediante resolucion numero cuarenta y siete de fecha veintinueve de MORDAZA de dos mil seis, habilita al Juez de Paz de MORDAZA Nominacion de MORDAZA MORDAZA para que lleve a cabo la diligencia de desalojo con destruccion del

MORDAZA de agua para el quince de junio del mismo ano. De lo que se desprende que cuando el Juez de Paz quejado, MORDAZA de ser habilitado por el Juez Mixto de Chulucanas para llevar a cabo para la referida diligencia, habia firmado el memorial indicado anteriormente lo que evidentemente era motivo de inhibicion porque habia adelantado opinion respecto al caso; inclusive con fecha catorce de junio del ano dos mil seis, un dia MORDAZA de llevarse a cabo la diligencia de desalojo, remite el Oficio N° 018-2006-JPSNSD dirigido al Juez Mixto del Modulo Basico de Justicia de Chulucanas comunicandole que la Central de Rondas Campesinas, conjuntamente con sus seis subcentrales y cuarenta y un bases han hecho publico su total respaldo a las familias beneficiarias por el sistema de agua potable MORDAZA de agua- el cual se ordena su destruccion, la imposibilidad de su ejecucion; por lo tanto, este Colegiado aprecia que la sancion propuesta equivalente para la infraccion cometida no podria ser otra que la destitucion; Decimo: Que, las sanciones previstas en el citado texto legal se graduaran en atencion a la gravedad, trascendencia del hecho, antecedentes del infractor y la afectacion institucional; por ello, teniendo en cuenta que Ia conducta disfuncional del quejado, al haber contravenido los deberes y prohibiciones establecidas por ley, afecta gravemente la imagen del Poder Judicial; corresponde imponerle Ia MORDAZA sancion disciplinaria contemplada en el articulo doscientos once de la mencionada norma; por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con el informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en sesion ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Primero: lmponer Ia medida disciplinaria de Destitucion al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Juez de Paz de MORDAZA Nominacion de MORDAZA MORDAZA - Morropon, Corte Superior de Justicia de Piura. Segundo: Disponer la inscripcion de la medida disciplinaria impuesta en el Registro Nacional de Sanciones de Destitucion y Despido. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA STEIN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 458516-1

Imponen medida disciplinaria de destitucion a Juez de Paz del distrito de Punta MORDAZA, Corte Superior de Justicia de MORDAZA
QUEJA ODICMA N° 1186-2008-LIMA MORDAZA, catorce de octubre de dos mil nueve.VISTA: La Queja ODICMA numero mil ciento ochenta y seis guion dos mil ocho guion MORDAZA seguida contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por su actuacion como Juez de Paz del Distrito de Punta MORDAZA, Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a merito de la propuesta de destitucion formulada por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial mediante resolucion numero veinticinco expedida con fecha catorce de MORDAZA del presente ano, obrante de fojas doscientos treinta y seis a doscientos cincuenta y cinco; y, CONSIDERANDO: Primero: Que la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial propone la destitucion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Juez de Paz del Distrito de Punta MORDAZA, atribuyendole como conducta disfuncional haber ingresado violentamente al terreno de propiedad de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, sin ninguna autorizacion y mandato judicial, asi como haber otorgado de manera irregular una MORDAZA

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