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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 17 de febrero de 2010 414075 Alcaldía, conforme a lo señalado en el numeral 13.4) del artículo 13º de la Ordenanza Municipal Nº 186 que aprobó el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo del distrito de San Juan de Lurigancho. Que, mediante informe Nº 050-2010-GAJ/MSJL de fecha 08/02/2010, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, luego del análisis legal de las normas vigentes pertinentes sobre la materia concluye opinando que resulta procedente que el Titular de la Corporación Municipal mediante Decreto de Alcaldía, apruebe el cronograma y propuesta metodológica del Presupuesto Participativo del año fi scal 2011. Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado modifi cada por Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo la Alcaldía el órgano ejecutivo de la Municipalidad. Que, mediante Ordenanza Nº 186 de fecha 20/01/2010 se aprobó el Reglamento del Presupuesto Participativo en el distrito de San Juan de Lurigancho, el cual contiene los mecanismos de identificación y acreditación de los agentes participantes, las responsabilidades de los mismos, y las fases para el desarrollo de las acciones del proceso del presupuesto participativo. Que, la citada Ordenanza Nº 186, en el numeral 13.4) del Artículo 13º señala que la metodología y programación del presupuesto participativo se aprobará mediante Decreto de Alcaldía. Que, la Ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo y su modifi catoria Ley Nº 29298, establecen las disposiciones y lineamientos que permitan asegurar la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de programación participativa del presupuesto, el mismo que se tiene que desarrollar en armonía con los planes de desarrollo concertado de los gobiernos regionales y locales. Que, el primer párrafo del Articulo 53º de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades señala que “Las municipalidades se rigen por presupuesto participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la Ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción. El presupuesto participativo forma parte del sistema de planifi cación”. Que, es necesario convocar a la población debidamente organizada y no organizada, a las organizaciones públicas y privadas que ejecutan acciones en el distrito de San Juan de Lurigancho, a la cooperación técnica, a las autoridades, entre otros para el proceso del presupuesto participativo 2011. Que, es necesario que el distrito para el presente proceso del presupuesto participativo, sea segmentado para una mejor distribución de los recursos públicos, y para una mejor coordinación y concertación con la población. Que, el proceso participativo se llevará a cabo a partir de la identificación de los principales problemas del distrito y en las comunas que se precisan en el presente Decreto, los cuales servirán de base para la propuesta y priorización de acciones orientadas a dar soluciones integrales a dichos problemas. Que, el Artículo 42º de la Ley N° 27972, señala que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean competencia del Concejo Municipal”. Estando a lo antes expuesto y en virtud a lo dispuesto en el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, y de la Ordenanza Municipal Nº 186; DECRETA: Artículo Primero.- Convocar a la población debidamente organizada y no organizada, a las organizaciones públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil, entre otros, al proceso del Presupuesto Participativo del Año Fiscal 2011 en el distrito de San Juan de Lurigancho. Artículo Segundo.- Aprobar el Cronograma y Propuesta Metodológica que regula el proceso del Presupuesto Participativo del Año Fiscal 2011 en el distrito de San Juan de Lurigancho, conforme a lo detallado en el Anexo Nº 1 que se adjunta y que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- Conformar las comunas para el proceso del Presupuesto Participativo del Año Fiscal 2011 en el distrito de San Juan de Lurigancho, conforme a lo detallado en el Anexo Nº 2 que se adjunta y que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Cuarto.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planifi cación, Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia de Desarrollo Urbano y Equipo Técnico del Presupuesto Participativo. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS JOSE BURGOS HORNA Alcalde REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electrónico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL