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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 19 de febrero de 2010 414255 años de destierro, el Partido Aprista Peruano lo postula por primera vez a la Presidencia de la República. Alguna vez en 1934, hablando a los textiles dijo: “Toda mi vida he sido un luchador social. Por accidente, un político”. Su libro fundamental “El Antimperialismo y el APRA” tiene su propia historia. Escrito en México en 1928, y parcialmente conocido o comentado, sólo alcanzó a editarse en Chile en 1936. Como Haya de la Torre se encontraba entonces a la cabeza de la resistencia aprista contra las dictaduras, los originales tuvieron que viajar eludiendo la inquisición totalitaria. Su asilo en la Embajada de Colombia durante cerca de 5 años (1948-1954) genera una polémica jurídica de carácter internacional. Su caso es visto en la Corte Internacional de La Haya. Recibe muestras de solidaridad de hombres de la talla de Albert Einstein. Luego de un largo período dictatorial (1968-1978) es elegido como Presidente de la Asamblea Constituyente de 1978, siendo este el único y el más alto cargo ofi cial que desempeñó en el Perú. Bajo su presidencia se elaboró la Constitución de 1979, tarea cumplida después de la cual falleció el 02 de agosto de 1979. Sus restos reposan en el Cementerio Mirafl ores de su ciudad natal, bajo una roca que lleva como epitafi o “Aquí yace la Luz”. En cumplimiento de las atribuciones conferidas por los Artículos 9º. de la Ley Nº. 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, con la votación UNÁNIME del Cuerpo de Regidores: y con la dispensa del trámite de la lectura y aprobación del acta; ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR la Moción de saludo del Señor Alcalde José Antonio Gordillo Abad, por el 115º. Aniversario del Natalicio del compañero Jefe, Maestro y Guía Víctor Raúl Haya de la Torre, aunándose al saludo el Honorable Concejo Distrital de Breña. Artículo Segundo.- APROBAR la Sesión Solemne para el día 22 de Febrero del 2010 a horas: 7.00 p.m.,. la misma que se llevará a cabo en el Salón de Actos de la Municipalidad Distrital de Breña, sito en la Av. Arica Nº 500- Breña. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano y un diario de mayor circulación, bajo responsabilidad. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General notifi car el presente Acuerdo a los interesados para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSÉ ANTONIO GORDILLO ABAD Alcalde 458930-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Aprueban la “Norma que Reglamenta el Retiro, Retención y/o Decomiso de Bienes y su Disposición Final en el distrito de San Martín de Porres” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2010/MDSMP San Martín de Porres, 15 de febrero de 2010 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES VISTO: Los Informes Nºs. 006-2010-GPP/MDSMP y 014-2010-GPP/MDSMP de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, sobre la Norma que reglamenta el retiro, retención y/o decomisos de bienes y su disposición fi nal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 256-MDSMP se modifi có el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, norma que regula, entre otras, las funciones de la Gerencia de Desarrollo Económico y Fiscalización, encontrándose entre ellas la de ordenar la disposición fi nal de los bienes decomisados, retenidos y retirados, declarados en abandono a favor de entidades religiosas o instituciones sin fi nes de lucro, propuesto por la Gerencia de Desarrollo Humano con conocimiento de la Gerencia Municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 259-MDSMP se aprobó el nuevo Régimen de Aplicación de Sanciones (RAS) de esta entidad municipal, norma que regula los procedimientos de retención y decomiso de bienes, en concordancia con lo establecido en el artículo 48º de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades; Que, en ese sentido, es necesario reglamentar el procedimiento de retiro, retención y/o decomiso de bienes y su disposición fi nal en el ámbito jurisdiccional del distrito de San Martín de Porres, teniendo en cuenta el marco normativo establecido por la Ley Orgánica de Municipalidades y las Ordenanzas referidas en los considerando que anteceden; Que, el artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, el artículo 48º de la Ley Orgánica de Municipalidades ya referido establece que la autoridad municipal debe disponer el decomiso de artículos de consumo adulterado, falsifi cados o en estado de descomposición; de productos que constituyen peligro contra la vida o la salud y de los artículos de circulación o consumo prohibidos por Ley; Que, los Informes Nºs. 898-2009-GAJ/MDSMP, 1243- 2009-GAJ/MDSMP y 1299-2009-GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica analizan y recomiendan la aprobación de la Norma que reglamenta el retiro, retención y/o decomiso de bienes y su disposición fi nal en el distrito de San Martín de Porres, propuesta por la Gerencia de Desarrollo Económico y Fiscalización a través de su Memorando Nº 397-2009-GDEyF/MDSMP, la que cuenta asimismo con opinión favorable de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto conforme a los Informes de Visto; De conformidad con los artículos 20º, inciso 6) y 42º de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades, así como la Ordenanza Nº 259-MDSMP que aprueba el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS); DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR la “NORMA QUE REGLAMENTA EL RETIRO, RETENCION Y/O DECOMISO DE BIENES Y SU DISPOSICION FINAL EN EL DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES”, la misma que consta de tres (03) Capítulos, dieciséis (16) Artículos y tres (03) Disposiciones Complementarias Finales. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Económico y Fiscalización el estricto cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, publicándose en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Tercero.- HACER de conocimiento este dispositivo municipal a las instancias administrativas que correspondan. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 459635-1