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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 20 de febrero de 2010 414267 presentar a su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros 460230-3 AGRICULTURA Autorizan viaje de representante del Ministerio a Bélgica para participar en reunión adicional en el marco de las negociaciones para suscribir un Acuerdo Comercial entre la Unión Europea, Colombia y Perú RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 002-2010-AG Lima, 19 de febrero de 2010 VISTO: El Facsímil Circular N° 21-2010-MINCETUR/VMCE/ DNINCI, de fecha 02 de febrero de 2010, del Director Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de las negociaciones para la suscripción de un Acuerdo Comercial entre la Unión Europea, Colombia y Perú, se llevará a cabo una Reunión Adicional del 22 al 26 de febrero de 2010, en la ciudad de Bruselas, Bélgica, para las mesas de Acceso a Mercados, Reglas de Origen, Propiedad Intelectual y Solución de Diferencias, las que no fueron cerradas y que son de suma importancia para el éxito de la negociación; Que, mediante el documento del visto, se solicita la participación de representantes del Ministerio de Agricultura en la citada Reunión; Que, el Viceministro de Agricultura, mediante Ofi cio N° 039-2010-AG-DVM, de fecha 09 de febrero de 2010, comunica los representantes del Ministerio de Agricultura, que participarán en la mesa de Acceso a Mercados; modifi cándose a los mismos mediante correo electrónico de fecha 16 de febrero de 2010; Que, la Ley N° 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, con excepción de aquellos que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución Suprema; Que, mediante Decreto de Urgencia N° 001-2010 se precisa que para el caso de las entidades públicas del Poder Ejecutivo, las excepciones a la restricción establecida en el primer párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, se canalizan a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, la Unión Europea es uno de los bloques comerciales con los que el Perú tiene priorizado interés de suscribir un Acuerdo Comercial, el que permitirá incrementar y consolidar el acceso de los productos nacionales a dicho mercado; Que, considerando que ésta será la última reunión para el cierre de las negociaciones, es necesario autorizar la participación de los representantes del Ministerio de Agricultura para sustentar sólidamente la posición del Sector en los compromisos a adoptarse; De conformidad con la Ley N° 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, el Decreto Legislativo N° 997, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor César Armando Romero del 20 al 27 de febrero de 2010, a la ciudad de Bruselas, Bélgica, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán con cargo a los recursos presupuestales asignados al Pliego 013: Ministerio de Agricultura, de acuerdo al siguiente detalle: CESAR ARMANDO ROMERO Pasajes US$ 2 655.40 Viáticos US$ 1 820.00 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 31.00 Total US$ 4 506.40 Artículo 3°.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario deberá presentar al Ministro de Agricultura un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros ADOLFO DE CÓRDOVA VÉLEZ Ministro de Agricultura 460230-4 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Delegan a la Cámara de Comercio, Producción y Turismo de San Martín - Tarapoto la facultad de expedir Certificados de Origen a empresas exportadoras domiciliadas en el departamento de San Martín - Tarapoto RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 032-2010-MINCETUR/DM Lima, 18 de febrero de 2010