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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 21 de febrero de 2010 414320 Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 008-2004- DE/SG del 30 de junio de 2004. Artículo 5º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 460285-8 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 089-2010-DE/FAP Lima, 20 de febrero de 2010 Visto, la Papeleta de Trámite NC-50-SGFA-Nº 5706 de fecha 9 de noviembre de 2009, del Secretario General de la Fuerza Área del Perú; CONSIDERANDO: Que, con Resolución Suprema Nº 230-2008-DE/ FAP de fecha 2 de julio de 2008, se autorizó el viaje al exterior en Misión de Estudios en la República Federativa del Brasil, del 4 de julio al 31 de diciembre de 2008, al Personal de Alumnos FAP que se indica en la parte resolutiva, para que participen en el “Curso de Formación de Sargentos (CFS)”; a desarrollarse del 4 de julio de 2008 al 25 de junio de 2010, en la Escuela de Especialistas de Aeronáutica - EEAR de la Fuerza Aérea Brasileña; asimismo, la ampliación de permanencia en el extranjero se autorizará anualmente hasta la culminación del curso; Que, con Resolución Suprema Nº 079-2009-DE/FAP de fecha 21 de febrero de 2009, se amplía la autorización de viaje a que se refi ere la resolución citada en el primer considerando, a partir del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009; Que, el viaje de los citados Alumnos se encuentra incluido en el rubro 1.- Formación/Califi cación/ Especialización, en el ítem 25, del Plan Anual de Viajes, del Sector Defensa para los meses de enero y febrero del año 2010, aprobado con Resolución Suprema Nº 534- 2009-DE/SG del 18 de diciembre de 2009; Que, es conveniente para los intereses institucionales ampliar la autorización de viaje que se refi ere en la resolución citada, en el sentido de considerar la permanencia en Misión de Estudios, en la República Federativa del Brasil, al Personal de Alumnos FAP que se indica en la parte resolutiva, a partir del 1 de enero al 25 de junio de 2010; Que, el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778- 2008-DE/SG del 25 de julio de 2008, dispone que los órganos competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del personal militar y civil del sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento por concepto de Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad de los referidos viajes, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE-SG; Que, según lo previsto en el numeral 17.1 del artículo 17º de la “Ley de Procedimiento Administrativo General”, Ley Nº 27444 de fecha 21 de marzo de 2001, señala textualmente: “La autoridad podrá disponer en el mismo Acto Administrativo que tenga efi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe, legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que se pretenda retrotraer la efi cacia del acto el supuesto de hecho justifi cativo para su adopción”; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 29075 - Ley que Establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004 y Ley Nº 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar, con efi cacia anticipada, la autorización de viaje a que se refi ere la Resolución Suprema Nº 079-2009-DE/SG de fecha 21 de febrero de 2009, en el sentido de considerar la permanencia en Misión de Estudios, en la República Federativa del Brasil, al Personal de Alumnos FAP que se indica, del 1 de enero al 25 de junio de 2010; a mérito de lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución: Alumno FAP RICARDO ERNESTO ALGUEDAS LAZARTE Alumno FAP CHRISTIAN VIRGILIO GUTIERREZ HUAMANI Alumno FAP PATRICIO TORRES MONTERO Alumno FAP EVERT JUSTINO BAUTISTA MORALES Alumno FAP LORENA PILAR PORRAS AGUILAR Alumno FAP VIOLETA CECILIA FLORES SAAVEDRA Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará el pago correspondiente, con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, de acuerdo a los conceptos siguientes: Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero US$ 500.00 x 05 meses x 3 personas US$ 16.67 x 25 días x 6 personas Artículo 3º.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE-SG. Artículo 4º.- El citado personal deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y a la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 008-2004- DE/SG del 30 de junio de 2004. Artículo 5º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 460285-9 Autorizan la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú a partir del 22 de febrero en prevención de las acciones de fuerza que puedan realizarse con ocasión de la Asamblea General de la Coordinadora Macro Regional del Norte y Oriente del Perú RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 090-2010-DE Lima, 20 de febrero de 2010