Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2010 (28/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 28 de febrero de 2010

NORMAS LEGALES

414851

Exoneran de MORDAZA de seleccion por causal de proveedor unico la contratacion del Servicio de BANCARED por el periodo de 12 meses
ACUERDO DE CONCEJO Nº 16-2010-ACSS MORDAZA de MORDAZA, 25 de febrero del 2010 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de la fecha; VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 010-2010-CGMCAJ-MSS de las Comisiones de Gestion Municipal y Asuntos Juridicos, la Carta Nº 496-2010-SG-MSS de la Secretaria General, el Memorandum Nº 214-2010-GMMSS de la Gerencia Municipal, el Memorando Nº 0192010-GSP-MSS de la Gerencia de Sistemas y Procesos, el Informe Nº 138-2010-SGAB-GA/MSS de la Subgerencia de Abastecimientos, el Memorandum Nº 126-2010-GATMSS de la Gerencia de Administracion Tributaria, el Informe Nº 27-2010-SGR-GAT-MSS de la Subgerencia de Recaudacion, los Memorandos Nros. 078 y 80-2010GF-MSS de la Gerencia de Finanzas, el Memorandum Nº 113-2010-GPP-MSS de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 177-2010-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, entre otros documentos, sobre propuesta de exoneracion del MORDAZA de Seleccion por causal de Proveedor Unico para la contratacion del servicio de BANCARED por un periodo de 12 meses; y CONSIDERANDO Que, el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, con Acuerdo de Concejo Nº 25-2009-ACSS del 26.03.2009, se aprobo la exoneracion por causal de Proveedor Unico, del MORDAZA de Seleccion para la contratacion del Servicio de BANCARED, por el periodo de 12 meses, por el valor referencial de S/. 55,692.00 Nuevos Soles; Que, con Memorando Nº 019-2010-GSP-MSS del 18.01.2010, la Gerencia de Sistemas y Procesos se pronuncia favorablemente con relacion a la renovacion del servicio de BANCARED, dado que es politica de la Municipalidad brindar las mayores facilidades a los contribuyentes para el pago de sus obligaciones tributarias, confirmando la condicion de la ASBANC de Proveedor Unico, en el MORDAZA nacional del servicio de interconexion al nodo de intercambio de datos de las instituciones financieras del MORDAZA, toda vez que la integracion a BANCARED proporcionada por ASBANC ofrece el enlace que conecta directamente a todos los bancos asociados con cualquier otra organizacion interesada en esta integracion; Que, mediante Informe Nº 138-2010-SGAB-GA/MSS del 11.02.2010, la Subgerencia de Abastecimientos senala que, ASBANC tiene como objetivo representar a los Bancos y Empresas y Financieras del Peru, ofreciendo a traves del servicio de BANCARED una Red Privada de Comunicaciones, convirtiendose en el unico medio de transporte para el intercambio de informacion y ejecucion de transacciones entre las entidades financieras y las instituciones publicas y privadas. En tal sentido, senala que la Asociacion de Bancos del Peru ­ ASBANC, se constituye en el unico proveedor en el MORDAZA del servicio de BANCARED, el cual no admite sustitutos, situacion que se enmarca dentro de la causal contemplada en el inciso e) del Articulo 20º de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017, concordante con el articulo 131º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF;

Que, con Memorandum Nº 126-2010-GAT-MSS del 25.01.2010, la Gerencia de Administracion Tributaria remite el Informe Nº 27-2010-SGR-GAT-MSS del 25.01.2010 de la Subgerencia de Recaudacion, en el cual opina favorablemente por la contratacion exonerada de dicho servicio, dado que se requiere seguir contando con dicho servicio el cual permite a la Municipalidad interconectarse con las entidades bancarias afiliadas a ASBANC, logrando con ello calidad y sobre todo seguridad en la entrega de la informacion; Que, en atencion al Memorando Nº 078-2010-GF-MSS del 12.02.2010 de la Gerencia de Finanzas, a traves del Memorandum Nº 113-2010-GPP-MSS de fecha 12.02.2010, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto respecto a la contratacion del Servicio de BANCARED, senala que via modificacion presupuestal en el nivel Funcional Programatico, se han otorgado los creditos presupuestarios en el Centro de Gestion 2201 "Gerencia de Finanzas", actividad 54 "Evaluacion de la Gestion de las Subgerencias a cargo a traves del monitoreo de actividades", especifica de gasto 2.3.2.7.11.99 "Servicios Diversos", en el rubro de financiamiento 08 "Impuestos Municipales" y 09 "Recursos Directamente Recaudados", hasta por el importe de S/. 50,552.00 Nuevos Soles; Que, con Informe Nº 177-2010-GAJ-MSS del 17.02.2010 la Gerencia de Asesoria Juridica senala que, el Decreto Legislativo Nº 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, en su Articulo 20° inciso e) establece que estan exoneradas de los procesos de seleccion las contrataciones que se realicen: "Cuando exista proveedor unico de bienes o servicios que no admiten sustitutos, o cuando por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor", concordante con el Articulo 131° del Decreto Supremo Nº 184-2008-EF- Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; Que, del mismo modo, el primer parrafo del Articulo 21° de la misma Ley de Contrataciones del Estado, establece que "Las contrataciones derivadas de exoneracion de procesos de seleccion se realizaran de manera directa, previa aprobacion mediante Resolucion del Titular de la entidad, Acuerdo del Directorio, del Concejo Regional o del Concejo Municipal, segun corresponda, en funcion a los informes tecnico y legal previos que obligatoriamente deberan emitirse. (...)"; Que, la Gerencia de Asesoria Juridica concluye opinando que: 1.- Procede la exoneracion por causal de Proveedor Unico, del MORDAZA de Seleccion para la contratacion del Servicio de BANCARED, por el periodo de 12 meses, estableciendose como valor referencial el siguiente:
Descripcion del Servicio Servicio de BANCARED Cantidad 1 Monto Total S/. 50,552.00

2.- Se autorice a la Gerencia de Administracion efectue la contratacion para dicho servicio de acuerdo a las especificaciones tecnicas y a lo dispuesto en el Articulo 135° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado (Decreto Supremo Nº 184-2008-EF); Que, con Memorandum Nº 214-2010-GM-MSS del 17.02.2010, la Gerencia Municipal teniendo en cuenta la documentacion generada, opina por encontrarse conforme con la exoneracion del MORDAZA de seleccion por causal de Proveedor Unico para la contratacion del Servicio de BANCARED, por un periodo de 12 meses; Estando al Dictamen Conjunto Nº 010-2010-CGM-CAJMSS de las Comisiones de Gestion Municipal y Asuntos Juridicos, el Informe Nº 177-2010-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica y de acuerdo a las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Decreto Legislativo N° 1017 Ley de Contrataciones del Estado y el Decreto Supremo N° 184-2004-PCM Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, el Concejo Municipal adopto por UNANIMIDAD con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el siguiente: ACUERDO: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion por la causal de Proveedor Unico, del MORDAZA de Seleccion para

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