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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JULIO DEL AÑO 2010 (10/07/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 53

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 10 de julio de 2010 422031 Tercero: En mérito a lo resuelto precedentemente se disponga suspender la ejecución de la Resolución N° 126- 2010-PCNM. Regístrese, comuníquese y publíquese MAXIMILIANO CARDENAS DIAZ ANIBAL TORRES VASQUEZ CARLOS MANSILLA GARDELLA LUIS MAEZONO YAMASHITA GASTÓN SOTO VALLENAS JAVIER PIQUÉ DEL POZO 516433-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Disponen inscripción de la Organización Política Local Distrital “Barranco Somos Todos” en el Registro de Organizaciones Políticas del JNE REGISTRO DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS RESOLUCIÓN Nº 031-2010-ROP/JNE/LIMA Lima, 3 de julio de 2010. VISTA: La solicitud de inscripción presentada por el ciudadano Miguel Ángel Anchante Santillana, Personero Legal Titular de la Organización Política Local Distrital (OPLD) “BARRANCO SOMOS TODOS”, del distrito de Barranco, provincia y departamento Lima; CONSIDERANDO: Que, el 5 de junio de 2010, el ciudadano Miguel Ángel Anchante Santillana, Personero Legal Titular de la Organización Política Local Distrital (OPLD) “BARRANCO SOMOS TODOS”, del distrito de Barranco, provincia y departamento Lima; solicitó la inscripción de dicha agrupación ante el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones; Que, de acuerdo al artículo 17º de la Ley 28094 de Partidos Políticos, modifi cado por el artículo 2º de la Ley Nº 28581, para la inscripción de una Organización Política Local Distrital se requiere: I) Relación de adherentes en número no menor al 1% de los ciudadanos que sufragaron en las últimas elecciones de carácter nacional dentro de la circunscripción en la que la organización desarrolla sus actividades; y II) Acta de constitución de un comité en el distrito de Barranco, provincia y departamento Lima, suscrita por más de 50 adherentes debidamente identifi cados; Que, mediante Ofi cio Nº 3685-2010-SGAE/GOR/ RENIEC, de fecha 18 de junio del 2010, la Sub Gerencia de Actividades Electorales del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil (RENIEC), informó que de un total de 717 fi rmas presentadas por la OPLD se declararon válidas 513 fi rmas, cantidad que supera las 391 fi rmas necesarias, es decir, el 1% requerido por ley. En cuanto al comité distrital, se ha verifi cado que el acta de constitución de su comité distrital ha sido suscrita por más de 50 adherentes debidamente identifi cados; asimismo se ha constatado el funcionamiento de dicho comité tal como se acredita con el Informe Nº 171-2010-LGAA/DNFPE/ JNE, de la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales; Que, también la OPLD, solicitante ha presentado un Acta de Fundación, que contiene la denominación, el domicilio legal, la designación del apoderado, representante legal, personeros legales y técnicos; el órgano directivo con mención de las personas que ocupan los cargos designados y la aprobación de un ideario con los principios, objetivos y la visión del distrito de Barranco; Que, con fecha 24 de junio del 2010, se publicó en el Diario Ofi cial El Peruano, la síntesis de la solicitud de inscripción, a efectos de que cualquier persona natural o jurídica ejerciera su derecho de formular tacha contra la inscripción de la OPLD solicitante dentro del plazo de 05 días hábiles posteriores a la publicación, conforme lo señala el artículo 10º de la Ley Nº 28094; documentos que fueran remitidos a este Registro por los interesados el 24 de junio del presente, asimismo, de acuerdo a lo informado por la Ofi cina de Servicios al Ciudadano de nuestra institución y conforme es de verse en el Informe Nº 123-2010-Asistente Registrador KMV/ROP/JNE/LIMA no se ha presentado tacha alguna contra la indicada solicitud de inscripción, dentro del plazo de ley; Que, las organizaciones políticas se constituyen por iniciativa y decisión de sus fundadores, y luego de cumplidos los requisitos establecidos en la ley, se inscriben en el Registro de Organizaciones Políticas; Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con las funciones conferidas por Ley al Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Inscribir en el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones a la Organización Política Local Distrital “BARRANCO SOMOS TODOS” del distrito de Barranco, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- Abrir la partida registral correspondiente, en el Libro de Organizaciones Políticas Locales, tomo 17, partida electrónica número 04 y regístrese la inscripción en el asiento número 1. Artículo Tercero.- Téngase acreditados como personero legal titular y alterno a los ciudadanos Miguel Ángel Anchante Santillana y Dino Alberto Ojeda Suárez, respectivamente. Regístrese y notifíquese. YURI FRANK ROMERO ROMERO Registrador Delegado del Registro de Organizaciones Políticas – Lima Jurado Nacional de Elecciones 516852-1 Disponen inscripción de la Organización Política Local Distrital “La Molina Bella y Segura” en el Registro de Organizaciones Políticas del JNE REGISTRO DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS RESOLUCIÓN N° 050-2010- ROP/JNE/LIMA Lima, 5 de julio de 2010. VISTA: La solicitud de inscripción presentada por el ciudadano Carlos Enrique Mayoría Téllez, Personero Legal Titular de la Organización Política Local Distrital (OPLD) “LA MOLINA BELLA Y SEGURA”, del distrito de La Molina, provincia y departamento Lima; CONSIDERANDO: Que, el 25 de mayo de 2010, el ciudadano Carlos Enrique Mayoría Téllez, Personero Legal Titular de la Organización Política Local Distrital (OPLD) “LA MOLINA BELLA Y SEGURA”, del distrito de La Molina, provincia y departamento Lima; solicitó la inscripción de dicha agrupación ante el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones; Que, de acuerdo al artículo 17° de la Ley 28094 de Partidos Políticos, modifi cado por el artículo 2º de la Ley N° 28581, para la inscripción de una Organización Política Local Distrital se requiere: I) Relación de adherentes en número no menor al 1% de los ciudadanos que sufragaron en las últimas