Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2010 (10/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 10 de MORDAZA de 2010

elecciones de caracter nacional dentro de la circunscripcion en la que la organizacion desarrolla sus actividades; y II) Acta de constitucion de un comite en el distrito de La MORDAZA, provincia y departamento MORDAZA, suscrita por mas de 50 adherentes debidamente identificados; Que, mediante Oficio N° 3983-2010-SGAE/GOR/ RENIEC, de fecha 22 de junio del 2010, la Sub Gerencia de Actividades Electorales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (RENIEC), informo que de un total de 1,429 firmas presentadas por la OPLD se declararon validas 934 firmas, cantidad que supera las 913 firmas necesarias, es decir, el 1% requerido por ley. En cuanto al comite distrital, se ha verificado que el acta de constitucion de su comite distrital ha sido suscrita por mas de 50 adherentes debidamente identificados; asimismo se ha constatado el funcionamiento de dicho comite tal como se acredita con el Informe N° 137-2010-LGAA/DNFPE/JNE, de la Direccion Nacional de Fiscalizacion y Procesos Electorales; Que, tambien la OPLD, solicitante ha presentado un Acta de Fundacion, que contiene la denominacion, el domicilio legal, la designacion del apoderado, representante legal, personeros legales y tecnicos; el organo directivo con mencion de las personas que ocupan los cargos designados y la aprobacion de un ideario con los principios, objetivos y la vision del distrito de La Molina; Que, con fecha 30 de junio del 2010, se publico en el Diario Oficial "El Peruano", la sintesis de la solicitud de inscripcion, a efectos de que cualquier persona natural o juridica ejerciera su derecho de formular tacha contra la inscripcion de la OPLD solicitante dentro del plazo de 05 dias habiles posteriores a la publicacion, conforme lo senala el articulo 10º de la Ley Nº 28094; documentos que fueran remitidos a este Registro por los interesados el 05 de MORDAZA del presente, asimismo, de acuerdo a lo informado por la Oficina de Servicios al Ciudadano de nuestra institucion y conforme es de verse en el Informe N° 135-2010-Asistente Registrador KMV/ROP/JNE/LIMA no se ha presentado tacha alguna contra la indicada solicitud de inscripcion, dentro del plazo de ley; Que, las organizaciones politicas se constituyen por iniciativa y decision de sus fundadores, y luego de cumplidos los requisitos establecidos en la ley, se inscriben en el Registro de Organizaciones Politicas; Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con las funciones conferidas por Ley al Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Inscribir en el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones a la Organizacion Politica Local Distrital "LA MORDAZA MORDAZA Y SEGURA" del distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Articulo Segundo.- Abrir la partida registral correspondiente, en el Libro de Organizaciones Politicas Locales, tomo 17, partida electronica numero 39 y registrese la inscripcion en el asiento numero 1. Articulo Tercero.- Tengase acreditados como personero legal titular y alterno a los ciudadanos MORDAZA MORDAZA Mayoria MORDAZA y MORDAZA MORDAZA de MORDAZA MORDAZA, respectivamente. Registrese y notifiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Registrador Delegado del Registro de Organizaciones Politicas ­ MORDAZA 516393-1

VISTA el acta de proclamacion de resultados de computo de fecha 8 de MORDAZA de 2010, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Centro, de las elecciones de Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura por los miembros de los Colegios de Abogados y los Colegios Profesionales del MORDAZA, llevadas a cabo el MORDAZA 13 de junio de 2010. CONSIDERANDOS 1. Mediante Resolucion Jefatural N° 001-2010-J/ONPE de fecha 6 de enero de 2010, la Oficina Nacional de Procesos Electorales, en aplicacion de lo dispuesto por el articulo 19 de la Ley N° 26397 de la Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura, convoco a elecciones para designar a los Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura por los miembros de los Colegios de Abogados y los Colegios Profesionales del MORDAZA, para el dia 13 de junio de 2010. 2. En el acta de proclamacion de resultados de computo expedida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Centro se plasma los resultados de computo de votos de cada uno de los candidatos de acuerdo a los reportes de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales. Asimismo, se senala que no existen actas observadas, tachas ni nulidades pendientes por resolver; habiendo vencido los plazos para efectuar impugnaciones. Ademas, ante esta instancia no existe ningun recurso pendiente de resolver referido a las elecciones de Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura por los miembros de los Colegios de Abogados y los Colegios Profesionales del pais. 3. Del computo de votos se ha obtenido el resultado final del MORDAZA electoral, obteniendo las mas altas votaciones los siguientes candidatos: REPRESENTANTES DE LOS COLEGIOS DE ABOGADOS DEL MORDAZA CANDIDATOS VOTOS MORDAZA Paz de la MORDAZA 13,629 MORDAZA Delsa MORDAZA MORDAZA 8,638 REPRESENTANTES DE LOS OTROS COLEGIOS PROFESIONALES DEL MORDAZA CANDIDATOS VOTOS MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez 103,578 Luz MORDAZA MORDAZA MORDAZA 82,519 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 80,441 MORDAZA Ronaldi MORDAZA MORDAZA 78,091 4. De conformidad con lo dispuesto en el articulo 41 del Reglamento para la Eleccion de Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura por los miembros de los Colegios Profesionales del MORDAZA, aprobado por Resolucion del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 700-2009-CNM, el MORDAZA Nacional de Elecciones proclama los candidatos que obtengan la primera y MORDAZA mas alta votacion, como Consejero Titular y Suplente respectivamente, en el caso de los Colegios de Abogados del pais; y en el caso de los demas Colegios Profesionales del MORDAZA, proclama Consejeros Titulares, a los dos primeros candidatos que obtengan mas alta votacion, y como Suplentes, a los dos siguientes, respectivamente. 5. En tal sentido, el MORDAZA Nacional de Elecciones, con arreglo a lo dispuesto por el articulo 155 de la Constitucion Politica del Peru, el articulo 18 de la Ley N° 26397, y en cumplimiento de las funciones conferidas en los incisos i) y j) del articulo 5 de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones, Ley N° 26486, procede a proclamar y otorgar las respectivas credenciales a los candidatos electos. Por tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Articulo Primero.- PROCLAMAR miembros titulares del Consejo Nacional de la Magistratura a MORDAZA Paz de la MORDAZA, elegido por los Colegios de Abogados del MORDAZA, y a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez y Luz MORDAZA MORDAZA MORDAZA elegidos por los Colegios Profesionales del MORDAZA, para el periodo 2010-2015; otorgandoseles sus respectivas credenciales.

Proclaman a miembros titulares y suplentes del Consejo Nacional de la Magistratura elegidos por los Colegios de Abogados y los Colegios Profesionales del MORDAZA
MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES RESOLUCION N° 513-2010-JNE Expediente N° J-2010-0563 MORDAZA, nueve de MORDAZA de dos mil diez

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