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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JULIO DEL AÑO 2010 (13/07/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 30

El Peruano Lima, martes 13 de julio de 2010 422152 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 324-2010-MTC/03 Lima, 9 de julio de 2010 CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones (en adelante, Ley de Telecomunicaciones) aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, fi ja la política de telecomunicaciones a seguir y controla sus resultados; Que, la citada Ley de Telecomunicaciones establece como una de las funciones a cargo del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL, garantizar la calidad y efi ciencia de los servicios públicos de telecomunicaciones que son brindados al usuario; Que, según la información reportada por el OSIPTEL, las empresas operadoras del servicio público de distribución de radiodifusión por cable incluyen en sus señales de programación mensajes publicitarios con una duración y frecuencia excesivas; así también, los usuarios no vienen siendo debidamente informados de la programación de cada señal que conforma la parrilla de las empresas operadoras del servicio público de distribución de radiodifusión por cable, incluyendo los infomerciales y la duración máxima de los mensajes publicitarios al día; Que, esta situación viene perjudicando la adecuada prestación del servicio público que debe ser provisto a los usuarios, afectando de esta manera su calidad e idoneidad; Que, la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, mediante Informe Nº -2010-MTC/26 de fecha 8 de julio de 2010, recomienda la publicación del proyecto de norma que “Regula los tiempos de la publicidad en el servicio público de Distribución de Radiodifusión por Cable y establece obligaciones de información en protección de los usuarios”, por un plazo de quince (15) días calendario, en el marco de la Resolución Ministerial Nº 191-2008-MTC/01, modifi cada por la Resolución Ministerial Nº 342-2008-MTC/01, que aprobó la “Directiva que establece el procedimiento para la prepublicación de Normas Legales” – Directiva Nº 003-2008-MTC/01, la misma que es de cumplimiento obligatorio para todos los casos, a fi n de garantizar que el proyecto de norma legal a publicar cuente con sufi ciente sustentación técnica y legal, y de facilitar su entendimiento por parte de los usuarios; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29370 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y la Resolución Ministerial Nº 191-2008-MTC/01, modifi cada por la Resolución Ministerial Nº 342-2008-MTC/01; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que regula los tiempos de la publicidad en el servicio público de Distribución de Radiodifusión por Cable y establece obligaciones de información en protección de los usuarios, en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, www.mtc.gob.pe, a efectos de recibir las respectivas sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general, dentro del plazo de quince (15) días calendario, contados a partir de la publicación de la presente Resolución. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, la recepción, procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten al citado proyecto de norma. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones PROYECTO TRANSPORTES Y COMUNICACIONES PROYECTO DE DECRETO SUPREMO QUE REGULA LOS TIEMPOS DE LA PUBLICIDAD EN EL SERVICIO PÚBLICO DE DISTRIBUCIÓN DE RADIODIFUSIÓN POR CABLE Y ESTABLECE OBLIGACIONES DE INFORMACIÓN EN PROTECCIÓN DE LOS USUARIOS El Ministerio de Transportes y Comunicaciones pone a consideración del público interesado, el contenido del presente proyecto de norma, a fi n que remitan sus opiniones y sugerencias por escrito a la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, Jr. Zorritos Nº 1203 – Lima 1, vía fax al 615-7479 o vía correo electrónico a Consultas-DGRAIC@ mintc.gob.pe, dentro del plazo de quince (15) días calendario y de acuerdo al formato siguiente: Formato para la presentación de comentarios al proyecto de norma que regula los tiempos de la publicidad en el servicio público de Distribución de Radiodifusión por Cable y establece obligaciones de información en protección de los usuarios. Artículo del Proyecto Comentarios 1º 2º Comentarios Generales DECRETO SUPREMO Nº -2010-MTC DECRETO SUPREMO QUE REGULA LOS TIEMPOS DE LA PUBLICIDAD EN EL SERVICIO PÚBLICO DE DISTRIBUCIÓN DE RADIODIFUSIÓN POR CABLE Y ESTABLECE OBLIGACIONES DE INFORMACION EN PROTECCION DE LOS USUARIOS Lima, CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones (en adelante, Ley de Telecomunicaciones) aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, fi ja la política de telecomunicaciones a seguir y controla sus resultados; Que, la citada Ley de Telecomunicaciones establece como una de las funciones a cargo del Organismo Supervisor TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Proyecto de Decreto Supremo que regula los tiempos de la publicidad en el servicio público de distribución de radiodifusión por cable y establece obligaciones de información en protección de los usuarios PROYECTO