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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 4 de junio de 2010 420136 AGRICULTURA Establecen requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importación de plántulas en vitro de higuera de origen y procedencia EE.UU. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 30-2010-AG-SENASA-DSV. La Molina, 31 de mayo de 2010 VISTO: El ARP Nº 012-2010-AG-SENASA-DSV-SARVF de fecha 23 de marzo de 2010, el cual busca establecer los requisitos fi tosanitarios para la importación de plántulas in vitro de higuera (Ficus carica L.) de origen Estados Unidos de América (Estado de California) y procedencia Estados Unidos de América; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 1059 - Ley General de Sanidad Agraria, el ingreso al país como importación, tránsito internacional o cualquier otro régimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos benéfi cos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, así como los medios utilizados para transportarlos, se sujetarán a las disposiciones que establezca, en el ámbito de su competencia, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria; Que, en el Artículo 12º del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, establece que el SENASA publicará los requisitos fi to y zoosanitarios en el Diario Ofi cial El Peruano y se notifi carán a la OMC; Que, ante el interés de la empresa CAMPOSOL S.A. de importar al país plántulas in vitro de higuera (Ficus carica L.) procedente de Estados Unidos de América; la Subdirección de Análisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria del SENASA, inició el respectivo estudio con la fi nalidad de establecer los requisitos fi tosanitarios para la importación del mencionado producto; Que, como resultado de dicho estudio la Subdirección de Cuarentena Vegetal, ha establecido los requisitos fi tosanitarios necesarios para garantizar un nivel adecuado de protección al país, minimizando los riesgos en el ingreso de plagas cuarentenarias; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008- AG, el Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, la Resolución Directoral Nº 09- 2010-AG-SENASA-DSV y con el visto bueno del Director General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Único.- Establecer los requisitos fi tosanitarios de necesario cumplimiento en la importación de plántulas in vitro de higuera (Ficus carica L.) de origen Estados Unidos de América (Estado de California) y procedencia Estados Unidos de América de la siguiente manera: 1. Que el envío cuente con el Permiso Fitosanitario de Importación emitido por el SENASA, obtenido por el importador o interesado, previo a la certifi cación y embarque en el país de origen o procedencia. 2. El envío deberá venir acompañado de un Certifi cado Fitosanitario ofi cial del país de origen. 3. Los envases serán nuevos, transparentes, herméticamente cerrados y que contengan un medio de cultivo estéril 4. El importador deberá contar con su Registro de Importadores, lugares de producción y responsables técnicos de material sujeto a cuarentena posentrada vigente. 5. Inspección fi tosanitaria en el punto de ingreso al país. 6. El proceso de cuarentena posentrada tendrá una duración de seis (06) meses. En dicho lapso, el material instalado en el lugar de producción será sometido por parte del SENASA a tres (3) inspecciones obligatorias para el seguimiento de la cuarentena posentrada, y a una (1) inspección obligatoria fi nal para el levantamiento de la cuarentena posentrada, de cuyos resultados se dispondrá el destino fi nal del producto. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE BARRENECHEA CABRERA Director General Dirección de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria 501824-1 Aceptan renuncia de Jefe de la Agencia Zonal Caylloma de la Dirección Zonal de Arequipa de AGRO RURAL RESOLUCION DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 049-2010-AG-AGRO RURAL-DE Lima, 1 de junio de 2010 Nº Departamento Gobierno Local Proyecto Código SNIP Resolución de aprobación Cronograma de Desembolso Unico (S/.) Financiamiento PCM (S/.) 16 HUANUCO MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE DANIEL ALOMIA ROBLES INSTALACION DE LA RED MATRIZ DE DESAGUE EN EL CASERIO ALTO PENDENCIA, DISTRITO DE DANIEL ALOMIA ROBLES - LEONCIO PRADO - HUANUCO 123774 Resolución de Alcaldía Nº 099-2009-MDDAR/A 99,000.00 99,000.00 17 HUANUCO FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES EN GESTION COMUNITARIA EN EL CASERIO DE TOPA, DISTRITO DE DANIEL ALOMIA ROBLES - LEONCIO PRADO - HUANUCO 122805 Resolución de Alcaldía Nº 098-2009-MDDAR/A 99,000.00 99,000.00 18 SAN MARTIN MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES EN GESTION COMUNITARIA DE LA LOCALIDAD DE SAN MARTIN ALAO, DISTRITO DE SAN MARTIN - EL DORADO - SAN MARTIN 126799 Resolución de Alcaldía Nº 088-2009/MDSM 100,000.00 100,000.00 19 SAN MARTIN MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE AGUA BLANCA FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES EN GESTION COMUNITARIA DE LA LOCALIDAD DE AZANGIHUA, EN EL DISTRITO DE AGUA BLANCA, PROVINCIA DE EL DORADO - SAN MARTIN 122647 Resolución de Alcaldía Nº 22-MDAB-2010 97,565.00 97,565.00 20 SAN MARTIN MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAMPANILLA AMPLIACION Y EQUIPAMIENTO DEL PUESTO DE SALUD EN EL CASERIO DE BALSAYACU, DISTRITO DE CAMPANILLA, PROVINCIA DE MARISCAL CACERES - SAN MARTIN 123539 Resolución de Alcaldía Nº 178-A-2009-A-MDC 94,092.00 94,092.00 21 UCAYALI MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PADRE ABAD FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES EN GESTION COMUNITARIA DEL CASERIO HUACAMAYO, PROVINCIA DE PADRE ABAD - UCAYALI 124328 Resolución de Alcaldía N° 185-2010-MPPA-A 100,000.00 100,000.00 22 UCAYALI MEJORAMIENTO DE TROCHA CARROZABLE DEL CASERIO INCA GARCILASO DE LA VEGA, PROVINCIA DE PADRE ABAD - UCAYALI 122045 Resolución de Alcaldía N° 186-2010-MPPA-A 100,000.00 100,000.00 TOTAL 2,186,847.00 2,186,847.00 502306-1