TEXTO PAGINA: 27
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 4 de junio de 2010 420153 Estados Unidos de América para Mayores Oportunidades Económicas para los pobres en el Perú”, USAID Nº 527- 0411, fue suscrita el 25 de julio de 2006, en la ciudad de Lima, República del Perú. Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase la “Enmienda Nº Cuatro al Convenio de Donación de Objetivo Estratégico entre la República del Perú y los Estados Unidos de América para Mayores Oportunidades Económicas para los pobres en el Perú”, USAID Nº 527-0411, suscrita el 25 de julio de 2006, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de junio del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 502918-5 Ratifican el “Acuerdo entre la República del Perú y la República Portuguesa sobre Supresión de Visas en Pasaportes Diplomáticos y Especiales” DECRETO SUPREMO Nº 083-2010-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el “Acuerdo entre la República del Perú y la República Portuguesa sobre Supresión de Visas en Pasaportes Diplomáticos y Especiales”, suscrito el 7 de abril de 2010, en la ciudad de Lima, República del Perú. Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional. Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley N° 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherirse a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso. DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el “Acuerdo entre la República del Perú y la República Portuguesa sobre Supresión de Visas en Pasportes Diplomáticos y Especiales”, suscrito el 7 de abril de 2010, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de junio del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 502918-6 Ratifican la Enmienda Nº Cinco al Convenio de Donación de Objetivo Especial entre Perú y EE.UU. para la reducción sostenida de los cultivos de coca para fines ilícitos, mediante el Desarrollo Alternativo para Áreas Seleccionadas del Perú DECRETO SUPREMO Nº 084-2010-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la “Enmienda Nº Cinco al Convenio de Donación de Objetivo Especial entre la República del Perú y los Estados Unidos de América para la reducción sostenida de los cultivos de coca para fi nes ilícitos, mediante el Desarrollo Alternativo para Areas Seleccionadas del Perú”, USAID Nº 527-0404, fue suscrita el 06 de julio de 2006, en la ciudad de Lima, República del Perú. Que es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase la “Enmienda Nº Cinco al Convenio de Donación de Objetivo Especial entre la República del Perú y los Estados Unidos de América para la reducción sostenida de los cultivos de coca para fi nes ilícitos, mediante el Desarrollo Alternativo para Areas Seleccionadas del Perú”, USAID Nº 527- 0404, suscrita el 06 de julio de 2006, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de junio del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 502918-7 Ratifican la Enmienda N° Ocho al Convenio de Donación de Objetivos Estratégico entre Perú y EE.UU. para Gestión Fortalecida del Medio Ambiente para atender Problemas Prioritarios DECRETO SUPREMO N° 085-2010-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la “Enmienda N° Ocho al Convenio de Donación de Objetivo Estratégico entre la República del Perú y los Estados Unidos de América para Gestión Fortalecida del Medio Ambiente para atender Problemas Prioritarios”, USAID No 527-0407, fue suscrita el 25 de julio de 2006, en la ciudad de Lima, República del Perú. Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional;