Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 2010 (11/06/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 48

420518

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 11 de junio de 2010

El Eje, por ende el desabastecimiento de combustible (petroleo) las diferentes unidades vehiculares de la Municipalidad. Que, la Sub Gerencia de Gerencia de Asesoria Juridica, a traves del Dictamen Nº 171-2010-SGAJ/MDM senala que el literal c) del articulo 20º del D.L 1017 Ley de Contrataciones del Estado exonera de los procesos de seleccion, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con dicha MORDAZA legal, contrataciones que en virtud del articulo 21º de la citada Ley se realizaran mediante acciones inmediatas, debiendo ser aprobadas en el caso de la Municipalidad, mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, (...), requiriendo MORDAZA de su expedicion un informe tecnico legal previo, debiendo ser publicado en el MORDAZA electronico de contrataciones del estado (SEACE), como remitirse la Resolucion a la Contraloria General de la Republica, bajo responsabilidad del Titular del Pliego dentro del plazo de diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion, en virtud del articulo 21º de la citada Ley. Que, el articulo 22º de la referida Ley, establece que la situacion de desabastecimiento inminente se produce ante una situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda Que, agrega la Sub Gerencia de Asesoria Juridica en el Dictamen de antecedentes, con los informes presentados se ha demostrado que se han llevado a cabo dos convocatorias a procesos de seleccion para la adquisicion del combustible en referencia (la Adjudicacion Directa Publica Nº 005-2010-CE/ ADP/DMD, y la AMC Nº 23-2010-CEP/AD/MDM.), los mismas que fueron declaradas desiertas, como constan en las actas de fecha 21 de MORDAZA del 2010, y la de fecha 18 de MORDAZA del 2010, ha constituido un hecho imprevisible y extraordinario que origina la ausencia de un servicio esencial que venia prestandose, lo que permite concluir que se ha configurado la situacion de desabastecimiento inminente, causal prevista en el literal c) del articulo 20º de la Ley de Contrataciones del Estado por lo que se requiere se tomen las medidas del caso de manera urgente para poder seguir con el normal abastecimiento de dicho bien y el mismo es consecuencia de hechos extraordinarios e imprevisibles, son situaciones inesperadas para la Entidad, por ello el hecho de no contar con este suministro puede afectar

la operatividad de los vehiculos y maquinaria de la Municipalidad, por lo que se debe declarar la situacion de desabastecimiento inminente. Que, el articulo 20º numeral 6 de la Ley Organica referida, prescribe que es atribucion del MORDAZA dictar Decretos y Resoluciones de Alcaldia, con sujecion a las leyes y ordenanzas. Estando a las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Peru, la Ley Organica de Municipalidades Nº. 27972 y a la parte considerativa de la presente; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER la Declaracion de desabastecimiento inminente del suministro de combustible petroleo D-2, para ser usado en las unidades vehiculares y maquinaria de la Municipalidad Distrital de Majes, por el plazo MORDAZA de dos (02) meses o hasta que se suscriba el MORDAZA contrato, lo que ocurra primero, de conformidad con el literal c) del articulo 20º de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1017. Articulo Segundo.- EXONERAR del MORDAZA de seleccion correspondiente para la Adquisicion y suministro de Petroleo D-2, para las unidades vehiculares y maquinaria de la Municipalidad, por un monto de Veintiun Mil Quinientos Ochenta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 21,580.00), equivalente a una cantidad de 2000 galones aproximadamente, incluido los impuestos de ley, y con cargo a la fuente de financiamiento 07 Fondo de Compensacion Municipal, y la fuente 08 Otros Impuestos Municipales. Articulo Tercero .- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Administracion llevar a cabo las acciones inmediatas a fin de contratar el servicio respectivo. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Administracion que comunique el contenido de la presente Resolucion y los Informes Tecnico y Legal a la Contraloria General de la Republica y a la Gerencia de Normas y Procesos, dentro del plazo de diez (10) dias siguientes a la fecha de su aprobacion, publicar la presente resolucion en el diario oficial El Peruano en el plazo legal, en la pagina Web de la Entidad y en el SEACE. Articulo Quinto.- PONGASE A CONOCIMIENTO de Gerencia Municipal, Sub Gerencia de Administracion, Sub Gerencia de Asesoria Juridica, Area de Logistica, Almacen, Contrataciones y Adquisiciones, y demas areas de la Municipalidad el contenido de la presente Resolucion, para el tramite respectivo, conforme lo establece la ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA D. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

505443-1

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos publicos que, para efecto de la publicacion en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Publicos del Estado, se debera tomar en cuenta lo siguiente: 1. 2. 3. La solicitud de publicacion se efectuara mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberan entregarse selladas y rubricadas en original por un funcionario de la entidad solicitante. La publicacion se realizara de acuerdo al orden de recepcion del material y la disponibilidad de espacio que hubiere en las diversas secciones del diario. La documentacion a publicar se enviara ademas en archivo electronico (diskette o cd) y/o al correo electronico: dj@ editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la version electronica es identico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumira la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicacion o de la Fe de Erratas a publicarse. Las declaraciones juradas deberan trabajarse en Excel. Si se hubiere utilizado el formato de la Seccion MORDAZA aprobada por Decreto Supremo Nº 080-2001-PCM, se presentara en dos columnas, una linea por celda. La informacion se guardara en una sola hoja de calculo, colocandose una declaracion jurada debajo de otra. LA DIRECCION

4. 5.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.