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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JUNIO DEL AÑO 2010 (11/06/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 33

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 11 de junio de 2010 420503 RESOLUCIÓN N° 349-2010-JNE Lima, siete de junio de dos mil diez VISTOS el Ofi cio N° 1296-2010-P-CSJLI/PJ recibido el 1 de junio de 2010, suscrito por el doctor César Javier Vega Vega, comunicando la renuncia del doctor Julio Alberto Pachas Ávalos, en el cargo de presidente del Jurado Electoral Especial de Lima Sur, y los escritos presentados el 31 de mayo de 2010 y el 5 de junio de 2010 por el doctor Julio Alberto Pachas Ávalos sustentando las razones de su renuncia. CONSIDERANDO 1. En atención de los procesos de Elecciones Regionales, Municipales y Referéndum Nacional para la Aprobación o Desaprobación del “Proyecto de la Ley de devolución de dinero del Fonavi a los trabajadores que contribuyeron al mismo” del año 2010, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33º de la Ley N° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, y artículo 45º de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, la Corte Superior de Justicia de Lima designó en el cargo de presidente del Jurado Electoral Especial de Lima Sur al magistrado Julio Alberto Pachas Ávalos. 2. Mediante Resolución N° 304-2010-JNE de fecha 18 de mayo de 2010 se estableció la conformación del Jurado Electoral Especial de Lima Sur, consignándose en la presidencia al doctor Julio Alberto Pachas Ávalos, quien el 11 de mayo de 2010 prestó juramento ante el presidente de la Corte que lo designó. 3. Con posterioridad a ello, el referido magistrado presenta su renuncia al cargo justifi cando su decisión en razones de salud; por lo que, teniendo en cuenta lo expuesto por el renunciante y el documento que respalda su pedido, en aplicación del artículo 34º de la Ley N° 26486, concordado con el artículo 46º de la Ley N° 26858, que señala que el cargo de miembro de Jurado Electoral Especial es irrenunciable salvo por impedimento debidamente fundamentado, este Colegiado tiene por aceptada la renuncia formulada, correspondiendo asumir la función al presidente suplente, doctor Hugo Antonio Molina Ordóñez. Por tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- ACEPTAR la renuncia del doctor Julio Alberto Pachas Ávalos al cargo de presidente del Jurado Electoral Especial de Lima Sur para los procesos de Elecciones Regionales, Municipales y Referéndum Nacional para la Aprobación o Desaprobación del “Proyecto de la Ley de devolución de dinero del Fonavi a los trabajadores que contribuyeron al mismo” del año 2010. Artículo Segundo.- DECLARAR que el doctor Hugo Antonio Molina Ordóñez presidirá el Jurado Electoral Especial de Lima Sur para los procesos de Elecciones Regionales, Municipales y Referéndum Nacional para la Aprobación o Desaprobación del “Proyecto de la Ley de devolución de dinero del Fonavi a los trabajadores que contribuyeron al mismo” del año 2010, previa juramentación en el cargo ante la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima. Artículo Tercero.- Poner en conocimiento de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, de la Presidencia del Poder Judicial, del Ministerio Público, de la Contraloría General de la República, de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Economía y Finanzas, del Ministerio de Relaciones Exteriores, del Ministerio del Interior, del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de la Asamblea Nacional de Rectores y de los interesados, la presente resolución, para los fi nes pertinentes. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Jurado Nacional de Elecciones www.jne.gob. pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SIVINA HURTADO PEREIRA RIVAROLA MINAYA CALLE MONTOYA ALBERTI VELARDE URDANIVIA Bravo Basaldúa Secretario General 505777-2 RESOLUCIÓN N° 352-2010-JNE Lima, nueve de junio de dos mil diez VISTO el Ofi cio N° 4135-2010-P-CSJLL/PJ recibido el 8 de junio de 2010, suscrito por el doctor Pedro Guillermo Urbina Ganvini, presidente de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, con el que remite la Resolución Administrativa N° 379-2010-P-CSJLL/PJ de la misma fecha, que deja sin efecto la designación del presidente del Jurado Electoral Especial de Trujillo por fallecimiento del magistrado Marco Capurro Arroyo, y designa en dicho cargo al magistrado Juan Martín Ramírez Sáenz. CONSIDERANDO 1. En atención de los procesos de Elecciones Regionales, Municipales y Referéndum Nacional para la Aprobación o Desaprobación del “Proyecto de la Ley de devolución de dinero del Fonavi a los trabajadores que contribuyeron al mismo” del año 2010, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 33 de la Ley N° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, y 45 de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones; la Corte Superior de Justicia de La Libertad designó en el cargo de presidente del Jurado Electoral Especial de Trujillo al magistrado Marco Capurro Arroyo. 2. Mediante la Resolución N° 324-2010-JNE de fecha 25 de mayo de 2010 se estableció la conformación del Jurado Electoral Especial de Trujillo, consignándose en la presidencia al doctor Marco Capurro Arroyo, cuyo fallecimiento producido con posterioridad hace necesario recomponer el referido Jurado, bajo la presidencia del magistrado designado por la Corte Superior de Justicia correspondiente. Por tal motivo, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, bajo la Presidencia del doctor José Luis Velarde Urdanivia, por licencia del Presidente titular, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DECLARAR que el doctor Juan Martín Ramírez Sáenz presidirá el Jurado Electoral Especial de Trujillo para los procesos de Elecciones Regionales, Municipales y Referéndum Nacional para la Aprobación o Desaprobación del “Proyecto de la Ley de devolución de dinero del Fonavi a los trabajadores que contribuyeron al mismo” del año 2010, previa juramentación en el cargo ante la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de La Libertad. Artículo Segundo.- Poner en conocimiento de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, de la Presidencia del Poder Judicial, del Ministerio Público, de la Contraloría General de la República, de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Economía y Finanzas, del Ministerio de Relaciones Exteriores, del Ministerio del Interior, del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de la Asamblea Nacional de Rectores y de los interesados, la presente resolución, para los fi nes pertinentes. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en