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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 11 de junio de 2010 420516 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, en Sesión de fecha 29 de mayo de 2010; aprobó la siguiente; ORDENANZA MUNICIPAL: CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en el artículo 4 establece que el Estado protege a la familia y promueve el matrimonio, reconociéndolos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad y en el artículo 194, establece que las municipalidades como órganos de gobierno local tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, en el artículo 9 inciso 9, señala que son atribuciones del Concejo Municipal, crear, modifi car, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a ley; Que, el Matrimonio Civil Comunitario dirigido al personal de la Marina de Guerra del Perú, el día 24 de setiembre de 2010, contribuye al fortalecimiento de la unidad familiar del personal naval, por lo cual la Municipalidad Provincial del Callao exonera el pago correspondiente que debería efectuar cada pareja, así como la dispensa de la publicación del edicto; Que, en la sesión de la fecha el Concejo Provincial del Callao, adoptó el Acuerdo de Concejo Nº 000137, el mismo que cuenta como antecedentes el Informe Nº 076-2010-MPC/GGSSC-GRC, de la Gerencia de Registros Civiles, dependiente de la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales, el Memorando Nº 498-2010-MPC/GGPPR, emitido por la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización y el Informe Nº 359-2010-MPC-GGAJC, emitido por la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, todos los cuales son favorables a la expedición de la presente Ordenanza; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA EXONERACIÓN DE PAGO DE TODA TASA POR DERECHO DE TRÁMITE DE MATRIMONIO COMUNITARIO A LAS PAREJAS QUE SE INSCRIBAN EN EL MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO DEL PERSONAL DE LA MARINA DE GUERRA DEL PERÚ, A REALIZARSE EN LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO EL DIA 24 DE SETIEMBRE DE 2010 Artículo 1º.- Apruébase la exoneración de pago de toda tasa por derecho de trámite de Matrimonio Comunitario, a los contrayentes que se inscriban en el Matrimonio Civil Comunitario del personal de la Marina de Guerra del Perú, a realizarse en la Provincia Constitucional del Callao, el día 24 de setiembre de 2010. Artículo 2º.- Encárgase a la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 3º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. PIO SALAZAR VILLARÁN Alcalde del Callao 505259-1 MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA Autorizan viaje de representantes de la Municipalidad a España para participar en el VI Curso de Pasantía para Municipalistas Iberoamericanos RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 320-2010-MDB-AL Bellavista, 4 de junio de 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA VISTO: El Acuerdo de Concejo Nº 013-2010-CDB de fecha 23 de abril de 2010; CONSIDERANDO: Que, mediante el Acuerdo de visto se autoriza la participación de las señoras Celestina Mafalda Padilla Barbaran y Dina Grisel Moreno Bocanegra, en representación de la Municipalidad Distrital de Bellavista, en el VI Curso de Pasantía para Municipalistas Iberoamericanos, a realizarse del 07 al 25 de junio de 2010 en las ciudades de Madrid, Valladolid y otras – España, en mérito a la invitación formulada por la Organización Iberoamericana de Cooperación Intermunicipal (OICI), la Federación Española de Municipios y Provincias y el Ayuntamiento de Valladolid. Que, el artículo 2º del mencionado Acuerdo de Concejo autoriza el egreso de los costos de pasajes aéreos, tarifa Corpac y parte de los viáticos necesarios, de acuerdo a la evaluación que realice la administración municipal y según la disponibilidad presupuestal y fi nanciera de la entidad. Que, para la Municipalidad Distrital de Bellavista resulta indispensable la participación en este evento, toda vez que las conclusiones y experiencias obtenidas del mismo pueden contribuir al fortalecimiento institucional de la Entidad, constituyéndose además en una valiosa oportunidad para el establecimiento de alianzas estratégicas con diversas entidades vinculadas al quehacer municipal; debiéndose tener en cuenta la importancia y conveniencia de institucionalizar la capacitación de los integrantes de esta Corporación Edil, así como el hecho que los organizadores cubrirán gran parte de los gastos que demande la participación de los mencionados funcionarios ediles. Que, siendo esto así, resulta necesario expedir resolución de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27619 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, normas que regulan la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; Estando a lo expuesto, con el visto bueno de la Ofi cina de Administración y Finanzas, Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, Ofi cina de Asesoría Jurídica, Gerencia Municipal y en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades le confi ere; RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior de CELESTINA MAFALDA PADILLA BARBARAN (Procuradora Pública Municipal) y DINA GRISEL MORENO BOCANEGRA (Directora de Servicios Sociales), para asistir y representar a esta Corporación Edil en el en el VI Curso de Pasantía para Municipalistas Iberoamericanos, a realizarse del 07 al 25 de junio de 2010 en las ciudades de Madrid, Valladolid y otras – España, en mérito a la invitación formulada por la Organización Iberoamericana de Cooperación Intermunicipal (OICI), la Federación Española de Municipios y Provincias y el Ayuntamiento de Valladolid.