Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 2010 (11/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 11 de junio de 2010

remitido por la Gerencia General del Proyecto Especial Olmos Tinajones ­ PEOT, y;
CONSIDERANDO: Que, con fecha 25 de junio de 2008, el Consorcio Irrigacion Olmos, presento la iniciativa privada denominada "Proyecto Irrigacion Olmos", a fin de solicitar la implementacion de un contrato de concesion al MORDAZA del Decreto Supremo N° 059-96-PCM, que comprende la construccion y explotacion de las obras del Proyecto Irrigacion Olmos. Que, mediante Acuerdo Regional N° 109-2008GR.LAMB/CR, se admitio a tramite la iniciativa privada presentada por el Consorcio Irrigacion Olmos, denominada "Proyecto Irrigacion Olmos". Que, el Consejo Regional mediante Acuerdo Regional Nº 049-2009-GR.LAMB./CR del 06 de MORDAZA de 2009 declaro de Interes la Iniciativa Privada denominada "Proyecto Irrigacion Olmos" presentada por el Consorcio Irrigacion Olmos. Que, el Consejo Regional mediante Acuerdo Regional Nº 127-2009-GR.LAMB/CR, del 13 de agosto de 2009, otorgo la adjudicacion directa del Proyecto Irrigacion Olmos al Consorcio Irrigacion Olmos. Que, el Consejo Regional, mediante Acuerdo Regional Nº 073-2010-GR.LAMB/CR, de fecha 20 de MORDAZA de 2010, aprobo la version definitiva del Contrato de Concesion para el diseno, financiamiento, construccion, operacion y mantenimiento de las Obras de Distribucion del Proyecto Olmos. Que el referido Contrato de Concesion dispone que para la firma del mismo el Gobierno Regional de MORDAZA y el Proyecto Especial Olmos Tinajones hayan aprobado un Contrato de Fideicomiso de Administracion, el mismo que debera ser suscrito por el Gobierno Regional de MORDAZA, el Proyecto Especial Olmos Tinajones, el Consorcio Irrigacion Olmos y una entidad fiduciaria, en este caso, La Fiduciaria S.A., el mismo que tiene como objetivo: i) Realizar el MORDAZA de independizacion de las tierras que seran subastadas, ii) Llevar a cabo el MORDAZA de subasta de tierras y, como resultado de dicho MORDAZA, transferir los lotes a favor de los usuarios, de acuerdo a lo establecido en el contrato de concesion y en el presente contrato; y, iii) Administrar los bienes fideicometidos y los flujos dinerarios del proyecto, para lo cual, de conformidad con lo previsto en los articulos 241º y siguientes de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, los fideicomitentes transfieren en dominio fiduciario a la fiduciaria los bienes fideicometidos. Que, mediante Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, se establecieron las normas que regulan el ambito, organizacion, atribuciones y funcionamiento del Sistema Nacional de Bienes Estatales, en el MORDAZA del MORDAZA de modernizacion de la gestion del Estado y en apoyo y fortalecimiento al MORDAZA de descentralizacion. Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, publicado el 15 de marzo del 2008, se aprobo el Reglamento de la Ley Nº 29151, en donde en su Articulo 32º se estipula que los actos de disposicion de los bienes estatales de propiedad de los Gobiernos Regionales se tramita y se aprueba ante los mismos Gobiernos Regionales. Que, el Articulo 60º del Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA, establece que la transferencia en dominio fiduciario solo procedera respecto de bienes inmuebles de dominio privado estatal y sera aprobada por Resolucion de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales SBN o por los Gobiernos Regionales de acuerdo con sus competencias; requiriendose para tal efecto adjuntar los documentos que acrediten la titularidad del predio y el valor del mismo, asi como un informe tecnico legal. La resolucion que aprueba la constitucion del fideicomiso debe ser publicada, por unica vez, en el Diario Oficial El Peruano. Que, son bienes de dominio privado del Estado, aquellos bienes estatales que siendo propiedad del Estado, o de alguna Entidad, no estan destinados al uso publico ni afectados a algun servicio publico, y respecto de los cuales sus titulares ejercen el derecho de propiedad con todos sus atributos. Que, el acto de disposicion implica el desplazamiento de dominio de los bienes estatales como es la venta, permuta, transferencia de dominio fiduciario, transferencia de domino en el Estado y la constitucion de derecho de superficie. Que, la Ley N° 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales, en su Articulo 5º senala que la mision de los Gobiernos Regionales es organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la region. Teniendo como MORDAZA rector de las politicas y la gestion regional, entre otros, el de Eficacia, mediante el cual los Gobiernos Regionales organizan su gestion en torno a los planes

y proyectos de desarrollo regional concertados, al cumplimiento de objetivos y metas explicitos y de publico conocimiento; y de Eficiencia, conforme al cual la politica y la gestion regional se rigen con criterios de eficiencia, desarrollando las estrategias necesarias para la consecucion de los objetivos trazados con la utilizacion optima de los recursos. Que, mediante Acuerdo Regional Nº 022-2010 de fecha 04 de junio de 2010, el Consejo Directivo del Proyecto Especial Olmos Tinajones aprobo la version final del Contrato de Fideicomiso a ser puesta a consideracion del Consejo Regional. Que, asimismo, se ha cumplido con sustentar la propuesta con el correspondiente Informe Tecnico para el Fideicomiso de Tierras de Propiedad del Proyecto Especial Olmos Tinajones emitido por el PEOT; asi como el Informe Legal Nº 047/2010GR.LAMB/PEOT-GG-60 de la Oficina de Asesoria Juridica del PEOT, conforme al cual el Contrato de Fideicomiso en materia esta redactado conforme a ley; debidamente concordado con el Contrato de Concesion del Proyecto Irrigacion Olmos; y, tutela los intereses del Gobierno Regional de Lambayeque. Que, de conformidad con los Arts. 15º, Inc. a) y 39° de la Ley Nº 27867, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decision de este organo sobre asuntos internos, de interes publico, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; Por lo que, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Articulo 37°, Inc. a) de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, de conformidad con los considerandos expuestos y en atencion a lo aprobado por unanimidad por el Consejo Regional en su Sesion Extraordinaria de fecha 08.JUN.2010; SE ACUERDA: Articulo Primero.- APRUEBASE el Contrato de Fideicomiso a ser suscrito entre el Gobierno Regional de MORDAZA, el Proyecto Especial Olmos Tinajones, la empresa H2Olmos S.A. y la empresa La Fiduciaria S.A., el mismo que en cincuenta (50) folios se anexa y forma parte integrante de la presente disposicion regional. Articulo Segundo.- AUTORIZAR a la Presidenta Regional Lic. Nery Enny MORDAZA de Kroll, para que ennombre y en representacion del Gobierno Regional de MORDAZA suscriba el Contrato de Fideicomiso a que se refiere el Articulo Primero de la presente disposicion regional. Articulo Tercero.- APROBAR la transferencia a favor del Fideicomiso, de las 82,435.0200 hectareas del Poligono de Tierras de propiedad del Proyecto Especial Olmos Tinajones, cuyo dominio, area y linderos corren inscrito en la Partida Nº 02301441 del Registro de Propiedad Inmueble de la MORDAZA de Chiclayo. Articulo Cuarto.- REMITIR el presente Acuerdo Regional y sus antecedentes a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN, para su Registro en el Sistema de Informacion Nacional de Bienes Estatales, conforme lo establece el Articulo 9º de la Ley Nº 29151. Articulo Quinto.- REMITIR todo lo actuado al Comite Especial de Promocion de la Inversion Privada para los fines legales pertinentes y encargar a la Sub Gerencia de Racionalizacion e Informatica la publicacion del presente Acuerdo Regional en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional de Lambayeque. Articulo Sexto.- NOTIFICAR el presente Acuerdo de Consejo Regional al Proyecto Especial Olmos Tinajones y a las empresas H2Olmos S.A. y La Fiduciaria S.A. Articulo Septimo: DISPONER la Publicacion del presente acuerdo regional por unica vez en el Diario Oficial El Peruano Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejera Delegada Consejo Regional

505759-1

Disponen publicar relacion de concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en los meses de marzo y MORDAZA de 2010
RESOLUCION DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL Nº 87-2010-GR.LAMB/DREMH MORDAZA, 2 de junio del 2010. VISTOS: La relacion de Titulos Mineros otorgados por la Direccion Regional de Energia, Minas e Hidrocarburos

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