Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2010 (13/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 13 de junio de 2010

NORMAS LEGALES

420573

Principios Generales de Higiene, las Buenas Practicas Agricolas, Buenas Practicas de Manufactura, Sistema de Analisis de Peligros y Puntos Criticos de Control (HACCP, por sus siglas en ingles); Que, mediante Resolucion Directoral Nº 194-2009AG-SENASA-DIAIA, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria-SENASA, comunico diversas disposiciones que deben cumplirse en la exportacion de paprika al MORDAZA europeo a fin de no ser sujetos a sanciones sanitarias; Que, los Reglamentos (CE) Nº 165/2010 y Reglamento (UE) Nº 105/2010 de la Union Europea, establecen niveles maximos permitidos para Aflatoxinas y Ocratoxina A en el genero Capsicum sp., respectivamente; Que, el SENASA viene recibiendo notificaciones de rechazo y alertas sanitarias de embarques de Capsicum provenientes de Peru, detectados a nivel de frontera de paises europeos, por presencia de micotoxinas u otros contaminantes en niveles superiores a los maximos permitidos por la normativa sanitaria alimentaria del MORDAZA europeo; Que, es de interes comercial del Peru el mantenimiento de mercados existentes en productos agropecuarios, asi como la apertura de otros que mejoren la condicion economica y social de la poblacion dedicada a la actividad agraria y del MORDAZA en general; garantizando con ello la inocuidad de los alimentos destinados al consumo humano; De conformidad con lo dispuesto y, en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto Legislativo Nº 1062, Decreto Supremo Nº 034-2008-AG y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del SENASA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2005-AG; y con el visto MORDAZA del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Poner en conocimiento de todos los operadores involucrados en la produccion, comercializacion y exportacion de los frutos del genero Capsicum la Guia de Buenas Practicas para prevenir la Contaminacion de Micotoxinas en Capsicum, la cual se adjunta como anexo y se encuentra publicada en la pagina web del SENASA: www.senasa.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria Servicio Nacional de Sanidad Agraria 506287-1

Que, mediante Acuerdo de Consejo Directivo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada PROINVERSION, de fecha 10 de junio de 2010, se aprobo un MORDAZA esquema financiero de la citada Concesion, segun el cual: a) El monto de la Retribucion Anual por Recuperacion de Inversiones (RPI) sera hasta por US$ 29 768 067,00 (VEINTINUEVE MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y OCHO MIL SESENTA Y SIETE Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) mas IGV; b) El monto de la Retribucion Anual por Operacion y Mantenimiento (RPMO) sera hasta por US$ 4 880 349,32 (CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE Y 32/100 DOLARES AMERICANOS) mas IGV. Dicho pago estara sujeto a los mecanismos de ajuste por inflacion que se establezcan en el contrato de concesion; c) Asimismo, se otorga la Garantia Soberana del Estado para respaldar los pagos anuales de la Retribucion Anual por Recuperacion de Inversiones (RPI) mas IGV, por los 16 anos del periodo de operacion de la concesion; los montos ejecutados seran reembolsados por el Gobierno Regional del Departamento de Arequipa; y, d) El cofinanciamiento del Estado sera hasta por US$ 207 700 000,00 (DOSCIENTOS SIETE MILLONES SETECIENTOS MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), de los cuales el Aporte del Gobierno Nacional, con cargo a devolucion por parte del Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA, es hasta de US$ 150 000 000,00 (CIENTO CINCUENTA MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) y el Aporte del Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA es de US$ 57 700 000,00 (CINCUENTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), y solo en el caso que dicho Gobierno Regional incumpla parcial o totalmente con este aporte, el Gobierno Nacional proporcionara, sujeto a reembolso por parte del citado Gobierno Regional, los recursos necesarios para este fin. Que, en tal sentido, es necesario modificar los Articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 065-2006-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 264-2009-EF; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y su modificatoria; DECRETA: Articulo 1º.- Modifican el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 065-2006-PCM modificado por el Decreto Supremo Nº 264-2009-EF Modifiquese el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 0652006-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 264-2009EF, en el sentido que el compromiso del Gobierno Nacional de otorgar la Garantia Soberana y un cofinanciamiento en la Concesion de la construccion, operacion y mantenimiento de las Obras Mayores de Afianzamiento Hidrico y de Infraestructura para Irrigacion de las Pampas de MORDAZA, se efectuara hasta por los montos y en los terminos establecidos en el Acuerdo de Consejo Directivo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, de fecha 10 de junio de 2010, mencionado en el MORDAZA considerando de esta MORDAZA legal. Articulo 2º.- Modifican el Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 065-2006-PCM modificado por el Decreto Supremo Nº 264-2009-EF Modifiquese el Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 065-2006-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 264-2009-EF, en el sentido que el Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA es el responsable de efectuar el aporte y reembolsos a su cargo, en los montos y terminos senalados en el Acuerdo de Consejo Directivo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, de fecha 10 de junio de 2010, mencionado en el MORDAZA considerando de la presente MORDAZA legal. Articulo 3º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entra en vigencia al dia siguiente de la publicacion del Acuerdo del Consejo Regional del Departamento de MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano, en el que se ratifique el compromiso

ECONOMIA Y FINANZAS
Modifican Decreto Supremo Nº 0652006-PCM
DECRETO SUPREMO Nº 127-2010-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 065-2006PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 264-2009EF, se ratifico el compromiso del Gobierno Nacional de otorgar la Garantia Soberana y un cofinanciamiento en la Concesion de la construccion, operacion y mantenimiento de las Obras Mayores de Afianzamiento Hidrico y de Infraestructura para Irrigacion de las Pampas de MORDAZA, hasta por los montos y en los terminos establecidos en los Acuerdos de Consejo Directivo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, de fechas 15 de setiembre y 30 de octubre de 2009;

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