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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JUNIO DEL AÑO 2010 (24/06/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 5

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de junio de 2010 421107 deportistas, técnicos, dirigentes, profesionales del deporte y agentes deportivos. 6. Promover la participación activa de la empresa privada y la sociedad en la promoción y desarrollo del deporte en general en sus diferentes disciplinas y modalidades, a fi n de alcanzar las metas y objetivos trazados en el Plan Nacional del Deporte. 7. Promover y coordinar con los gobiernos locales, gobiernos regionales, universidades, institutos superiores, escuelas de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional del Perú, instituciones educativas y centros laborales, comunidades campesinas y nativas, empresas privadas y la sociedad en su conjunto, la realización de actividades deportivas, recreativas y de educación física en su respectivo ámbito, en cumplimiento de la política del deporte en general y el Plan Nacional del Deporte. 8. Reconocer a las federaciones deportivas nacionales siempre que cumplan con los requisitos de ley, la política del deporte en general y el Plan Nacional del Deporte. 9. Autorizar el registro de las federaciones deportivas nacionales en el Registro Nacional del Deporte (RENADE) después de estar inscritas en los Registros Públicos. 10. Evaluar e inspeccionar a las federaciones deportivas nacionales, en el cumplimiento de lo siguiente: - El desarrollo de la política deportiva y el Plan Nacional del Deporte. - El plan anual, los programas y competencias deportivas. - El uso y manejo de los recursos públicos que reciban las federaciones deportivas nacionales. - El uso de la infraestructura deportiva cedida por el Instituto Peruano del Deporte (IPD) y de los recursos que ésta genere. 11. Cancelar la inscripción en el Registro Nacional del Deporte (RENADE) de las federaciones deportivas nacionales que incumplan con la normativa legal vigente o sus objetivos no guarden concordancia con la política del deporte en general y el Plan Nacional del Deporte. 12. Suscribir, en concordancia con las metas y objetivos señalados en el Plan Nacional del Deporte, convenios de cooperación técnico-deportivos y económicos a nivel nacional e internacional para el desarrollo de los componentes del deporte en general: el deporte, la recreación y la educación física en sus diferentes disciplinas y modalidades, de acuerdo con la ley. Los convenios o un extracto de lo principal que contienen son publicados en la página web del Instituto Peruano del Deporte (IPD), bajo responsabilidad y conforme lo determine el reglamento de la presente Ley. 13. Promover la implementación de infraestructura, accesos y equipos adecuados para la participación deportiva, recreativa y de educación física de personas con discapacidad física y mental. 14. Promover e impulsar medidas de prevención y control del uso de sustancias prohibidas y métodos no reglamentarios destinados a aumentar artifi cialmente la capacidad física del deportista, de acuerdo a la normativa nacional e internacional del deporte. 15. Implementar, desarrollar y mantener actualizado el Registro Nacional del Deporte (RENADE). 16. Aceptar donaciones y legados de personas e instituciones nacionales y extranjeras, los que se consideran bienes o recursos públicos para efectos de su disposición y fi scalización. 17. Adquirir bienes muebles e inmuebles para el cumplimiento de sus fi nes e inscribir su titularidad a nombre del Instituto Peruano del Deporte (IPD), o transferirlos, conforme a las normas legales pertinentes. 18. Proponer y promover estímulos e incentivos a la inversión de los sectores privado y público para el auspicio y promoción de las actividades físicas, recreativas y deportivas a nivel local, regional y nacional. 19. Determinar los símbolos deportivos nacionales como recursos que forman parte del patrimonio deportivo nacional y están representados por fi guras, lemas, imágenes, símbolos, membretes y otros que, ofi ciales o no ofi ciales, tangibles o intangibles, representen al país dentro y fuera de él, en cualquier modalidad, disciplina o forma deportiva. 20. Denunciar el uso o usufructo indebido de los símbolos deportivos nacionales y demandar la correspondiente indemnización y la aplicación de las sanciones que la presente Ley establece. 21. Crear e implementar Centros de Alto Rendimiento (CAR). 22. Autorizar, regular y fi scalizar la cesión en uso de los bienes y la concesión de su infraestructura deportiva en el ámbito nacional. 23. Elaborar y proponer normas reglamentarias y administrativas para la promoción y desarrollo del deporte en general a nivel local, regional y nacional. Artículo 9º.- Estructura orgánica El Instituto Peruano del Deporte (IPD) está conformado por los siguientes órganos: 1. Órganos de dirección, conformados por el Consejo Directivo y la Presidencia. 2. Órganos de línea. 3. Órganos de asesoría. 4. Órganos de apoyo. 5. El Registro Nacional del Deporte (RENADE). 6. Los consejos regionales del deporte. 7. El Consejo Superior de Justicia Deportiva y Honores del Deporte (CSJDHD). 8. La Comisión Nacional Antidopaje. 9. Los Centros de Alto Rendimiento (CAR). Artículo 10º.- Consejo Directivo El Instituto Peruano del Deporte (IPD) es dirigido por un Consejo Directivo, integrado por los siguientes miembros: 1. Un (1) presidente, designado por el Presidente de la República, quien ejerce las funciones de Presidente del Instituto Peruano del Deporte (IPD). 2. Un (1) miembro en representación del Ministerio de Educación. 3. Un (1) miembro en representación del Ministerio de Defensa. 4. Un (1) miembro en representación del Ministerio del Interior. El Vicepresidente y el Secretario del Consejo Directivo del Instituto Peruano del Deporte (IPD) son elegidos entre sus miembros. El sector al que está adscrito el Instituto Peruano del Deporte (IPD) determina el monto de la dieta de los miembros del Consejo Directivo por ejercer el cargo, con excepción de su presidente que ejerce el cargo remunerado. Artículo 11º.- Funciones del Consejo Directivo Son funciones del Consejo Directivo del Instituto Peruano del Deporte (IPD) las siguientes: 1. Dictar las políticas y lineamientos institucionales, evaluarlas permanentemente y fi scalizar su debido cumplimiento. 2. Proponer el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Peruano del Deporte (IPD), que es aprobado por decreto supremo, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros. 3. Proponer el presupuesto anual del Instituto Peruano del Deporte (IPD). 4. Aprobar el balance general y la memoria anual del Instituto Peruano del Deporte (IPD) y disponer bajo responsabilidad su publicación en la página web institucional, conforme lo disponga el reglamento de esta Ley. 5. Disponer, de ser el caso, las investigaciones, auditorías, inspecciones y medidas correctivas para supervisar el uso correcto de los recursos públicos asignados, informando a la Contraloría General de la República y a las autoridades pertinentes, de encontrarse irregularidades. 6. Aprobar los estatutos, sus modifi caciones y los planes anuales de trabajo de las federaciones deportivas antes de su inscripción en los Registros