Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2010 (24/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, jueves 24 de junio de 2010

NORMAS LEGALES

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Ano Fiscal 2010, prorrogo, durante el presente ano fiscal, la autorizacion efectuada por Decreto de Urgencia Nº 0312009 para el nombramiento de siete (7) vocales y dos (2) secretarios relatores para implementar dos (2) nuevas MORDAZA Especializadas y cubrir una (1) plaza vacante de vocal producida en el ano 2008 en el Tribunal Fiscal; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 020-2010, se incorporo, dentro de los alcances de la citada Ley, el nombramiento de siete (7) vocales y dos (2) secretarios relatores para implementar, adicionalmente, dos (2) nuevas MORDAZA Especializadas en el Tribunal Fiscal y cubrir una (1) plaza vacante de vocal producida en el ano 2009; Que, por Decreto Supremo Nº 097-2002-EF se establece que en forma previa al nombramiento de los secretarios relatores se efectuara MORDAZA de seleccion por concurso de meritos abierto al publico, que estara a cargo de una Comision conformada por un representante del Ministro de Economia y Finanzas, quien la presidira y tendra MORDAZA dirimente, el Presidente del Tribunal Fiscal, los Decanos de la Facultad de Derecho de las Universidades Nacional y Privada mas antigua; Que, mediante Carta de fecha 3 de junio de 2010, la Comision del Concurso Nº 1-TF-2010 - Concurso de Meritos Abierto al Publico para seleccion de vocales y de secretarios relatores del Tribunal Fiscal del Ministerio de Economia y Finanzas constituida en el MORDAZA del Decreto Supremo Nº 097-2002-EF, comunica que ha culminado el MORDAZA de seleccion para las cuatro (4) plazas de secretarios relatores; Que, el articulo 98º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF establece que corresponde al Presidente del Tribunal Fiscal proponer a los Secretarios Relatores, cuyo nombramiento se efectuara mediante Resolucion Ministerial; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594, la Ley Nº 29465, el articulo 98º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y el Decreto Supremo Nº 097-2002-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Nombrar como Secretarios Relatores del Tribunal Fiscal del Ministerio de Economia y Finanzas, a las personas que a continuacion se indican: - MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Enrique. - MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Emperatriz. - MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Ofelia. - MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Elizabeth. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Economia y Finanzas

para los niveles magisteriales II, III, IV y V de la MORDAZA Publica Magisterial, para el ano 2010; Que, de acuerdo al cronograma establecido por la referida resolucion las inscripciones al Programa de Incorporacion a la MORDAZA Publica Magisterial 2010, culminaron el 05 de junio del 2010, estableciendose un numero de postulantes inscritos por niveles magisteriales, tal como se detalla a continuacion: II nivel magisterial III nivel magisterial IV nivel magisterial V nivel magisterial 1,528 18,798 4,704 544 postulantes inscritos postulantes inscritos postulantes inscritos postulantes inscritos

Que, uno de los objetivos de la Ley de la MORDAZA Publica Magisterial es hacer un reconocimiento profesional y economico, acorde con las capacidades, conocimientos y meritos de los profesores, las que se verifican a traves de las evaluaciones que se han previsto en el Programa de Incorporacion 2010; Que, es afan del Gobierno brindar la oportunidad de gozar del referido reconocimiento, a todos los profesores que logren aprobar las evaluaciones senaladas, por lo que el Ministerio de Educacion considera pertinente reajustar las metas de incorporacion para el presente proceso; De conformidad con la Ley Nº 29062, Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modificar el articulo 3º de la Resolucion Ministerial Nº 0134-2010-ED, el cual queda redactado de la siguiente manera: "Aprobar las siguientes metas de vacantes para la incorporacion de los profesores a la MORDAZA Publica Magisterial, para el ano 2010": - 1,500 - 18,500 - 4,500 500 para el II nivel magisterial para el III nivel magisterial para el IV nivel magisterial para el V nivel magisterial"

Articulo 2°.- Ratificar lo dispuesto en la Resolucion Ministerial N° 0131-2010-ED, en el sentido que para lograr clasificar en la primera etapa se requiere necesariamente obtener 70/100 o mas puntos en la Prueba Nacional Clasificatoria y para lograr la incorporacion se requiere alcanzar 55/100 o mas puntos en la sumatoria de los puntajes obtenidos en las evaluaciones de los diferentes criterios que componen la MORDAZA etapa. Registrese, comuniquese y publiquese.

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EDUCACION
Modifican R.M. N° 0134-2010-ED que aprobo convocatoria para incorporacion a la MORDAZA Publica Magisterial y ratifican lo dispuesto en la R.M. N° 0131-2010-ED en lo referente al puntaje a obtener en la Prueba Nacional Clasificatoria
RESOLUCION MINISTERIAL N° 0185-2010-ED
MORDAZA, 23 de junio de 2010

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion

511345-1

ENERGIA Y MINAS
Decreto Supremo que crea la Tarifa Unica de Transporte de Gas Natural
DECRETO SUPREMO Nº 036-2010-EM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO:

CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0134-2010ED se aprueba la convocatoria para la Incorporacion a la MORDAZA Publica Magisterial, para profesores con titulo pedagogico de las Areas de Gestion Pedagogica e Institucional que estan nombrados segun el Regimen de la Ley Nº 24029, Ley del Profesorado modificada por Ley Nº 25212; Que, en el articulo 3º de la Resolucion Ministerial Nº 0134-2010-ED, se aprueban las metas de incorporacion

Que, de acuerdo con el Articulo 72 del Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, cualquier persona natural o juridica, nacional o extranjera, podra construir, operar y mantener ductos para el transporte de Hidrocarburos y de sus productos derivados, de acuerdo a un contrato de concesion para el transporte, que se otorgara con sujecion a las disposiciones que establezca el reglamento que dictara el Ministerio de Energia y Minas;

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