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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de junio de 2010 421123 Año Fiscal 2010, prorrogó, durante el presente año fi scal, la autorización efectuada por Decreto de Urgencia Nº 031- 2009 para el nombramiento de siete (7) vocales y dos (2) secretarios relatores para implementar dos (2) nuevas Salas Especializadas y cubrir una (1) plaza vacante de vocal producida en el año 2008 en el Tribunal Fiscal; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 020-2010, se incorporó, dentro de los alcances de la citada Ley, el nombramiento de siete (7) vocales y dos (2) secretarios relatores para implementar, adicionalmente, dos (2) nuevas Salas Especializadas en el Tribunal Fiscal y cubrir una (1) plaza vacante de vocal producida en el año 2009; Que, por Decreto Supremo Nº 097-2002-EF se establece que en forma previa al nombramiento de los secretarios relatores se efectuará proceso de selección por concurso de méritos abierto al público, que estará a cargo de una Comisión conformada por un representante del Ministro de Economía y Finanzas, quien la presidirá y tendrá voto dirimente, el Presidente del Tribunal Fiscal, los Decanos de la Facultad de Derecho de las Universidades Nacional y Privada más antigua; Que, mediante Carta de fecha 3 de junio de 2010, la Comisión del Concurso Nº 1-TF-2010 - Concurso de Méritos Abierto al Público para selección de vocales y de secretarios relatores del Tribunal Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas constituida en el marco del Decreto Supremo Nº 097-2002-EF, comunica que ha culminado el proceso de selección para las cuatro (4) plazas de secretarios relatores; Que, el artículo 98º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF establece que corresponde al Presidente del Tribunal Fiscal proponer a los Secretarios Relatores, cuyo nombramiento se efectuará mediante Resolución Ministerial; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594, la Ley Nº 29465, el artículo 98º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y el Decreto Supremo Nº 097-2002-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Nombrar como Secretarios Relatores del Tribunal Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas, a las personas que a continuación se indican: - FLORES PINTO, Luis Enrique. - BARRERA VÁSQUEZ, Sarita Emperatriz. - SÁNCHEZ GÓMEZ, Silvana Ofelia. - TOLEDO SAGÁSTEGUI, Claudia Elizabeth. Regístrese, comuníquese y publíquese. MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas 511437-3 EDUCACION Modifican R.M. N° 0134-2010-ED que aprobó convocatoria para incorporación a la Carrera Pública Magisterial y ratifican lo dispuesto en la R.M. N° 0131-2010-ED en lo referente al puntaje a obtener en la Prueba Nacional Clasificatoria RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0185-2010-ED Lima, 23 de junio de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0134-2010- ED se aprueba la convocatoria para la Incorporación a la Carrera Pública Magisterial, para profesores con título pedagógico de las Áreas de Gestión Pedagógica e Institucional que están nombrados según el Régimen de la Ley Nº 24029, Ley del Profesorado modifi cada por Ley Nº 25212; Que, en el artículo 3º de la Resolución Ministerial Nº 0134-2010-ED, se aprueban las metas de incorporación para los niveles magisteriales II, III, IV y V de la Carrera Pública Magisterial, para el año 2010; Que, de acuerdo al cronograma establecido por la referida resolución las inscripciones al Programa de Incorporación a la Carrera Pública Magisterial 2010, culminaron el 05 de junio del 2010, estableciéndose un número de postulantes inscritos por niveles magisteriales, tal como se detalla a continuación: II nivel magisterial 1,528 postulantes inscritos III nivel magisterial 18,798 postulantes inscritos IV nivel magisterial 4,704 postulantes inscritos V nivel magisterial 544 postulantes inscritos Que, uno de los objetivos de la Ley de la Carrera Pública Magisterial es hacer un reconocimiento profesional y económico, acorde con las capacidades, conocimientos y méritos de los profesores, las que se verifi can a través de las evaluaciones que se han previsto en el Programa de Incorporación 2010; Que, es afán del Gobierno brindar la oportunidad de gozar del referido reconocimiento, a todos los profesores que logren aprobar las evaluaciones señaladas, por lo que el Ministerio de Educación considera pertinente reajustar las metas de incorporación para el presente proceso; De conformidad con la Ley Nº 29062, Decreto Ley Nº 25762, modifi cado por la Ley Nº 26510, y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modifi car el artículo 3º de la Resolución Ministerial Nº 0134-2010-ED, el cual queda redactado de la siguiente manera: “Aprobar las siguientes metas de vacantes para la incorporación de los profesores a la Carrera Pública Magisterial, para el año 2010”: - 1,500 para el II nivel magisterial - 18,500 para el III nivel magisterial - 4,500 para el IV nivel magisterial - 500 para el V nivel magisterial” Artículo 2°.- Ratificar lo dispuesto en la Resolución Ministerial N° 0131-2010-ED, en el sentido que para lograr clasificar en la primera etapa se requiere necesariamente obtener 70/100 o más puntos en la Prueba Nacional Clasificatoria y para lograr la incorporación se requiere alcanzar 55/100 o más puntos en la sumatoria de los puntajes obtenidos en las evaluaciones de los diferentes criterios que componen la segunda etapa. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 511345-1 ENERGIA Y MINAS Decreto Supremo que crea la Tarifa Única de Transporte de Gas Natural DECRETO SUPREMO Nº 036-2010-EM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Artículo 72 del Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, cualquier persona natural o jurídica, nacional o extranjera, podrá construir, operar y mantener ductos para el transporte de Hidrocarburos y de sus productos derivados, de acuerdo a un contrato de concesión para el transporte, que se otorgará con sujeción a las disposiciones que establezca el reglamento que dictará el Ministerio de Energía y Minas;