Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2010 (24/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 24 de junio de 2010

Articulo 33º.- Areas de accion El deporte en general se desarrolla a traves de tres (3) areas de accion que son las siguientes: 1. Deporte para todos. 2. Deporte estudiantil. 3. Deporte de afiliados. (...) Articulo 36º.- Deporte de afiliados El deporte de afiliados tiene caracter competitivo y busca el alto rendimiento en las diferentes disciplinas deportivas a traves de las organizaciones deportivas inscritas en los Registros Publicos, en el Registro Nacional del Deporte (RENADE) y en el organismo de base que le corresponde. Articulo 37º.- Organizaciones deportivas Son organizaciones deportivas con arreglo a lo normado en la presente Ley, su reglamento y demas normas las siguientes: 1. Las universidades, institutos superiores, escuelas de las Fuerzas Armadas, Escuela de la Policia Nacional del Peru, las instituciones de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional del Peru, las instituciones educativas publicas o privadas. Las personas juridicas, constituidas conforme a cualquiera de las modalidades establecidas en la Ley General de Sociedades, con arreglo a lo dispuesto en la Ley. Las asociaciones deportivas comunales autogestionarias. Los clubes deportivos. Las ligas deportivas distritales, provinciales, departamentales o regionales. Las federaciones deportivas. Otras que se senale por ley.

distrital, de la misma forma tres (3) ligas distritales conforman una (1) liga regional de MORDAZA Metropolitana, por cada disciplina deportiva. Se inscriben segun corresponda, en el registro de la liga o federacion deportiva que constituye el organismo deportivo inmediato superior y en el RENADE. En el caso del futbol, tambien se constituyen a nivel de zonas intradistritales, pudiendo crearse subligas deportivas zonales, como organos desconcentrados de sus respectivas ligas deportivas distritales, de acuerdo con la cantidad de clubes deportivos afiliados. Asimismo, se constituyen las ligas deportivas regionales de MORDAZA Metropolitana, de las diversas disciplinas deportivas, sobre las bases de sus respectivas ligas deportivas provinciales de Lima. (...) Articulo 43º.- Organos de gobierno Los organos de gobierno de una liga son en orden de preeminencia: la asamblea de bases y la junta directiva. La asamblea de bases es la MORDAZA instancia de gobierno, elige a los miembros de su junta directiva y a sus representantes ante los organismos de nivel superior. La junta directiva dirige la liga de acuerdo con lo aprobado por la asamblea de bases. Sus integrantes se eligen democraticamente por un periodo de cuatro (4) anos, plazo que debe coincidir con el ciclo olimpico, pudiendo ser revocados por la asamblea de bases conforme a sus estatutos. (...) Articulo 45º.- Funciones Son funciones de las federaciones deportivas nacionales las siguientes: Dirigir, orientar, coordinar, controlar, desarrollar, promover, supervisar y evaluar su respectiva disciplina deportiva en el MORDAZA de la politica del deporte en general y del Plan Nacional del Deporte. 2. Administrar los bienes, recursos economicos y financieros publicos, privados y los que, para efectos de su disposicion y fiscalizacion, esta Ley considera recursos publicos. 3. Apoyar tecnicamente a las organizaciones del sistema deportivo de su respectiva jurisdiccion (municipalidades, instituciones educativas, institutos superiores, universidades y centros laborales). 4. Conocer y sancionar las faltas y transgresiones en materia deportiva cometidas por sus afiliados. 5. Participar en las competencias de nivel internacional. 6. Acreditar a los representantes elegidos por sus bases ante los niveles de organizacion superior. 7. Proponer ante el Consejo Directivo del Instituto Peruano del Deporte (IPD) a deportistas, dirigentes, tecnicos y demas agentes deportivos a fin de que se les otorguen premios, estimulos y otros beneficios que les MORDAZA aplicables. 8. Inscribir sus estatutos y modificaciones al mismo, previamente aprobados administrativamente por el Consejo Directivo del Instituto Peruano del Deporte (IPD), en el Registro Nacional del Deporte (RENADE) y, anualmente, a sus organizaciones de base en actividad, dirigentes y las metas alcanzadas de su plan anual de desarrollo. 9. Presentar bajo responsabilidad, cada ano, al Consejo Directivo del Instituto Peruano del Deporte (IPD) su plan anual, programas y presupuesto; y, semestralmente, los avances de ejecucion con recursos publicos y los que, para efectos de su disposicion y fiscalizacion, esta Ley considera recursos publicos. 10. Establecer mecanismos que permitan la afiliacion del mayor numero de organizaciones deportivas, a partir de la determinacion de requisitos objetivos para la afiliacion. 11. Celebrar convenios de cooperacion economica, tecnico-deportiva con las federaciones de otros paises, conforme a ley, remitiendo bajo responsabilidad MORDAZA del convenio y anexos al Consejo Directivo del Instituto Peruano del Deporte (IPD) para su conocimiento y publicacion en la 1.

2.

3. 4. 5. 6. 7.

Tienen por finalidad promover y desarrollar la practica de una o mas disciplinas deportivas, con excepcion de las federaciones deportivas, que se rigen de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 44º en concordancia con la politica deportiva y el plan nacional del deporte en general. Articulo 38º.- Clubes deportivos Los clubes deportivos reunen a deportistas, socios, dirigentes, padres de familia y aficionados para la practica de una o mas disciplinas deportivas. Constituyen las organizaciones de base del deporte de afiliados y se inscriben en el registro de asociados de la liga o federacion deportiva respectiva y en el RENADE. Procede el registro de un club deportivo en una liga o federacion deportiva nacional si ejerce como minimo una actividad deportiva especifica, real, durable y reconocida por el Instituto Peruano del Deporte (IPD); si sus estatutos guardan concordancia con la politica del deporte en general y el plan nacional del deporte en general; y si acepta regirse y acatar las disposiciones de su respectiva liga o federacion deportiva nacional. Articulo 39º.- Obligacion de los clubes deportivos Los clubes deportivos estan obligados a poner a disposicion a sus deportistas cuando MORDAZA convocados para representar a su respectiva federacion deportiva nacional. La presente Ley determina las sanciones aplicables por incumplir con lo dispuesto en el primer parrafo de este articulo. Articulo 40º.- Apoyo al deporte de menores Las organizaciones deportivas promueven y apoyan el desarrollo del deporte de menores. Articulo 41º.- Ligas deportivas Las ligas son entes que coordinan y organizan la actividad recreativa, deportiva y administrativa de sus afiliados. Las ligas se conforman en los niveles distrital, provincial y departamental o regional; una distrital se conforma minimo con tres (3) clubes deportivos; una provincial, minimo con tres (3) ligas distritales; y una departamental o regional, minimo con tres (3) ligas provinciales por cada disciplina deportiva. En la jurisdiccion de MORDAZA Metropolitana, tres (3) clubes conforman una (1) liga

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