Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2010 (25/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 25 de junio de 2010

Que, el numeral 16.5 del articulo 16º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF - Reglamento de la Ley de Regalia Minera, dispone que por Resolucion Ministerial se aprobaran los Indices de Distribucion de la Regalia Minera; Que, el literal b) del numeral 15.5 del articulo 15º de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que los Indices de Distribucion de la Regalia Minera seran aprobados por el Ministerio de Economia y Finanzas mediante Resolucion Ministerial sobre la base de los calculos realizados por la Direccion General de Asuntos Economicos y Sociales ­ DGAES de dicho ministerio, segun los criterios establecidos en el MORDAZA legal correspondiente; Que, en virtud de lo senalado en los considerandos precedentes resulta conveniente aprobar los Indices de Distribucion de la Regalia Minera pagada en el mes de MORDAZA de 2010; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28258 - Ley de Regalia Minera, el literal b) del numeral 15.5 del articulo 15° de la Ley N° 28411, el Decreto Supremo Nº 1572004-EF y sus normas modificatorias y complementarias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Apruebense los Indices de Distribucion de la Regalia Minera, correspondientes al mes de MORDAZA de 2010, a aplicar a los Gobiernos Locales, Gobiernos Regionales y Universidades Nacionales del MORDAZA beneficiados con la Regalia Minera, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Los Indices de Distribucion de la Regalia Minera correspondientes al mes de MORDAZA de 2010 consideran la informacion remitida por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica ­ INEI, la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria ­ SUNAT y la Asamblea Nacional de Rectores - ANR, segun los porcentajes y criterios de participacion y distribucion establecidos en el articulo 8º de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalia Minera, y el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF - Reglamento de la Ley de Regalia Minera. Articulo 3°.- La presente Resolucion Ministerial sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. El Anexo a que se refiere el articulo 1° sera publicado en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas: www. mef.gob.pe/DGAES/DistribucionRecursos/RegaliaMinera. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Economia y Finanzas 511610-2

de Energia y Minas, y la empresa Peru LNG S.R.L.. Al respecto, el Convenio incluye la construccion de un Ducto Principal para el transporte de gas natural hasta la planta de procesamiento; Que, mediante carta s/n de fecha 14 de diciembre de 2009, Peru LNG S.R.L y Transportadora de Gas del Peru S.A. presentaron para la aprobacion del Ministerio de Energia y Minas, el "Acuerdo para el Incremento y Uso de la Capacidad de Transporte del Ducto Principal" (en adelante "Acuerdo"), al MORDAZA del Articulo 81º del Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, aprobado por Decreto Supremo Nº 081-2007-EM; Que, de acuerdo con lo indicado en el "Acuerdo para el Incremento y Uso de la Capacidad de Transporte del Ducto Principal", los efectos del mismo quedaran suspendidos, hasta que se produzca la modificacion del Contrato BOOT y del "Convenio de Inversion para la Instalacion, Operacion y Mantenimiento de una Planta de Procesamiento de Gas Natural", conforme a los procedimientos aplicables para cada caso; Que, el Ministerio de Energia y Minas ha emitido opinion favorable a la propuesta de modificacion del Convenio referido, ya que unicamente tiene por finalidad incorporar los alcances, derechos y obligaciones provenientes del Acuerdo citado en los considerandos precedentes, sin incrementar en ningun aspecto los derechos que previamente tenia Peru LNG S.R.L; Que, de conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 24) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, la Ley de Promocion de la Inversion en Plantas de Procesamiento de Gas Natural, Ley Nº 28176, Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, aprobado por Decreto Supremo Nº 081-2007-EM, DECRETA: Articulo 1º.- Modificacion del "Convenio de Inversion para la Instalacion, Operacion y Mantenimiento de una Planta de Procesamiento de Gas Natural" Aprobar la modificacion del Convenio para la Instalacion, Operacion y Mantenimiento de una Planta de Procesamiento de Gas Natural, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2006-EM, suscrito con fecha 12 de enero de 2006, entre el Estado Peruano y la empresa PERU LNG S.R.L., de acuerdo con el texto que como Anexo forma parte del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Autorizacion Autorizar al Director General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas, Ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tamayo a suscribir con PERU LNG S.R.L., la modificacion a que se refiere el Articulo 1º del presente Decreto Supremo, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 4º del Reglamento de la Ley de Promocion de la Inversion en Plantas de Procesamiento de Gas Natural, Ley Nº 28176, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2004-EM. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de Economia y Finanzas y por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de junio del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas SENOR NOTARIO: Sirvase usted extender en su Registro de Escrituras Publicas una de Modificacion del Convenio de Inversion para la Instalacion, Operacion y Mantenimiento de una Planta de Procesamiento de Gas Natural, que celebran de una parte

ENERGIA Y MINAS
Modificacion del "Convenio de Inversion para la Instalacion, Operacion y Mantenimiento de una Planta de Procesamiento de Gas Natural"
DECRETO SUPREMO Nº 037-2010-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 101-2000EM se otorgo a Transportadora de Gas del Peru S.A., la concesion de transporte de gas natural por ductos de Camisea al City Gate en Lima. En tal sentido, el Estado Peruano suscribio con TGP el "Contrato BOOT Concesion de Transporte de Gas Natural por Ductos de Camisea al City Gate" (en adelante "Contrato BOOT"); Que, el 12 de enero de 2006, se suscribio el "Convenio de Inversion para la Instalacion, Operacion y Mantenimiento de una Planta de Procesamiento de Gas Natural", aprobado por Decreto Supremo Nº 0052006-EM, entre el Estado Peruano, representado por la Direccion General de Hidrocarburos del Ministerio

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