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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JUNIO DEL AÑO 2010 (25/06/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 25 de junio de 2010 421186 por cada declaratoria de emergencia, hasta tres veces por Año; b) no perjudicará económicamente al Inversionista; c) no afectará la Instalación, Operación y Mantenimiento ni la capacidad requerida por el Inversionista para el desarrollo de la Instalación, Operación y Mantenimiento, las cuales se mantendrán bajo el exclusivo control del Inversionista; d) implicará el pago al Inversionista de una retribución a ser fi jada por la autoridad competente; e) no convertirá al Ducto principal de Gas en un ducto de acceso abierto; y, f) estará cubierta por los benefi cios y garantías tributarias y cambiarias aplicables a la Instalación, Operación y Mantenimiento. Si el Inversionista suscribiera un acuerdo de conformidad con lo establecido en el Artículo 81° del Decreto Supremo N° 081-2007-EM y el segundo párrafo del acápite 1.10 del presente Convenio, mediante el cual se diera acceso abierto al Ducto principal de Gas de manera anticipada al plazo descrito en el primer párrafo del acápite 1.10 del presente Convenio, la utilización del Ducto principal de Gas durante una declaratoria de emergencia por el Ministerio de Energía y Minas mediante Resolución Ministerial debido a un problema en el Ducto principal de Gas, también deberá tener en cuenta los principios descritos en el párrafo precedente, excepto que respecto de lo establecido en el literal c) en cuanto a la capacidad y los literales, d) y e), se deberá tener en cuenta lo dispuesto en el mencionado Artículo 81° y en el acuerdo que en virtud a dicha norma suscriba el Inversionista. 3.4 Incluir como Anexo D del Convenio de Inversión el Acuerdo para el Incremento y Uso de la Capacidad de Transporte del Ducto Principal, aprobado mediante Resolución Suprema Nº .......................... Agregue usted, Señor Notario, lo que fuera de ley y eleve a escritura pública la presente Minuta. Lima, ….. de ……. de 2010. 511961-6 PRODUCE Disponen que Director de la Oficina de Cooperación Técnica y Asuntos Internacionales actúe como miembro del Comité de Coordinación Multisectorial a que se refiere la Ley Nº 27692 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 153-2010-PRODUCE Lima, 22 de junio de 2010 VISTOS: El Memorando Nº 3359-2010-PRODUCE/SG, de fecha 11 de junio de 2010, de la Secretaría General; el Memorando Nº 0473-2010-PRODUCE/OGPP, de fecha 11 de junio de 2010, de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto; el Informe Nº 045-2010-PRODUCE/ OGPP-Octai, de fecha 10 de junio de 2010, de la Ofi cina de Cooperación Técnica y Asuntos Internacionales de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto; así como el Informe Nº 00081-2010-PRODUCE/OGAJ-ncarpio, de fecha 16 de junio de 2010, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 11º de la Ley Nº 27692 - Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, establece que ésta cuenta con un Comité de Coordinación Multisectorial de cooperación que actúa como la instancia de enlace y coordinación para fortalecer los espacios de concertación y diálogo de la política y gestión de la cooperación internacional; Que, el numeral 13.1 del artículo 13º de la Ley mencionada en el considerando precedente dispone que el Comité de Coordinación Multisectorial estará conformado por el Director Ejecutivo de la APCI; los Directores o Jefes de las ofi cinas responsables de la cooperación técnica de los Ministerios o quienes hagan sus veces; un representante de los Gobiernos Regionales; y, un representante de los Gobiernos Locales; Que, atendiendo a dicho marco, mediante Resolución Ministerial Nº 166-2003-PRODUCE, de fecha 15 de mayo de 2003, se designó al señor Víctor Manuel Loyola Rosario, entonces Director de la Ofi cina de Cooperación Técnica y Asuntos Internacionales de la Ofi cina General de Desarrollo y Planeamiento Estratégico (actualmente Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto), como miembro del Comité de Coordinación Multisectorial a que se refi ere el artículo 13º de la Ley Nº 27692; Que, mediante Decreto Supremo Nº 028-2007-RE, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 18 de mayo de 2007, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia Peruana y Cooperación Internacional - APCI, el cual en su artículo 52º establece que entre los miembros del Comité de Coordinación Multisectorial se encuentran los directores o jefes de las ofi cinas responsables de cooperación de los Ministerios o quienes hagan sus veces, los que serán designados por Resolución del titular de la entidad; Que, mediante Resolución Directoral Nº 036-2009- PRODUCE/OGA-ORH, de fecha 21 de junio de 2009, se designó al señor Gustavo Adolfo Morales Tarazona como Director de la Ofi cina de Cooperación Técnica y Asuntos Internacionales de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto del Ministerio de la Producción; Que, en consecuencia, corresponde emitir la Resolución Ministerial por la cual se designe al Director de la Ofi cina de Cooperación Técnica y Asuntos Internacionales como miembro del Comité de Coordinación Multisectorial a que se refi ere el artículo 11º de la Ley Nº 27692; Con el visado de la Secretaría General; así como las Ofi cinas Generales de Asesoría Jurídica, y de Planifi cación y Presupuesto; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27692 - Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI; el Decreto Supremo Nº 028-2007-RE, que aprueba Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia Peruana y Cooperación Internacional - APCI; el Decreto Legislativo Nº 1047 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y el Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE - Aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y su modifi catoria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Objeto Disponer que, a partir de la fecha, el funcionario que ejerce el cargo de Director de la Ofi cina de Cooperación Técnica y Asuntos Internacionales de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto del Ministerio de la Producción, será quien actúe como miembro del Comité de Coordinación Multisectorial a que se refi ere el artículo 11º de la Ley Nº 27692 - Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI. Artículo 2º.- Notifi cación Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ NICANOR GONZALES QUIJANO Ministro de la Producción 511030-1 Ratifican o designan representantes titular y alterno del Ministerio y del IMARPE ante la Comisión Multisectorial constituida mediante R.M. Nº 039- 2006-PCM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 154-2010-PRODUCE Lima, 22 de junio de 2010