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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MARZO DEL AÑO 2010 (03/03/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 42

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 3 de marzo de 2010 414942 la Industria de la Construcción –SENCICO, y el Decreto Supremo Nº 032-2001-MTC, que aprueba el Estatuto del SENCICO; modifi cado por el Decreto Supremo Nº 004- 2006-VIVIENDA; Con la visación del Gerente de Administración y Finanzas, de la Asesora Legal, del Jefe de la Ofi cina de Secretaría General, y del Jefe del Departamento de Recursos Humanos (e); SE RESUELVE: Artículo Único.- Dar por concluida, a partir del 26 de febrero de 2010, la designación del C.P.C. José Armando García Barrera como Gerente General del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, efectuada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 082-2009-02.00 de fecha 30 de Setiembre del 2009. Regístrese, comuníquese y publíquese OTILIO FERNANDO CHAPARRO TEJADA Presidente Ejecutivo SENCICO 462749-1 Dan por concluida designación de Gerente Zonal Huancayo del SENCICO RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 018-2010-02.00 San Borja, 25 de febrero de 2010 VISTO: El Acuerdo Nº 1001.02 del Consejo Directivo Nacional del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO adoptado en su Sesión Ordinaria Nº 1001, del 24 de febrero de 2010, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 147 – se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, considerando a esta entidad, Institución Pública Descentralizada del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con autonomía técnica, administrativa y económica, encargada de la formación, capacitación integral, califi cación y certifi cación profesional de los trabajadores de la actividad de la construcción, en todos los niveles y de realizar las investigaciones y estudios necesarios para atender a sus fi nes; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 052-2008-02.00 de fecha 20 de Junio del 2008, se designó al Sr. Antonio Peregrino Hidalgo Villanueva como Gerente Zonal Huancayo del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, cargo considerado de confi anza; Que, estando el Acuerdo de visto, resulta necesario dar por concluida la designación antes mencionada; Que, el Articulo 33° del Estatuto de SENCICO, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2001-MTC señala como función de la Presidencia Ejecutiva, entre otras, j) Expedir las disposiciones que estime necesarias para la buena marcha del SENCICO, n) Ejercer las demás atribuciones conferidas por Ley, y c) Disponer la ejecución de los Acuerdos del Consejo Directivo Nacional y de las resoluciones que éste adopte; De conformidad con lo establecido en Ley 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos, el Decreto Legislativo Nº 147 Ley de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción –SENCICO, y el Decreto Supremo Nº 032-2001- MTC, que aprueba el Estatuto del SENCICO; modifi cado por el Decreto Supremo Nº 004-2006-VIVIENDA; Con la visación del Gerente de Administración y Finanzas, de la Asesora Legal, del Jefe de la Ofi cina de Secretaría General, y del Jefe del Departamento de Recursos Humanos (e); SE RESUELVE: Artículo Único.- Dar por concluida, a partir del 26 de febrero de 2010, la designación del Sr. Antonio Peregrino Hidalgo Villanueva como Gerente Zonal Huancayo del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, efectuada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 052-2008-02.00 de fecha 20 de Junio del 2008. Regístrese, comuníquese y publíquese. OTILIO FERNANDO CHAPARRO TEJADA Presidente Ejecutivo SENCICO 462749-2 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Aprueban Procedimiento de sustitución de las válvulas de paso existentes por válvulas de paso que cumplan con las normas vigentes y modifican la Tipificación y Escala de Multas y Sanciones de Hidrocarburos RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 055-2010-OS/CD Lima, 25 de febrero de 2010 VISTO: El Memorando Nº 060-2010-GFHL/DGLP de la Gerencia de Fiscalización de Hidrocarburos Líquidos. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido por el inciso c) del artículo 3º de la Ley Nº 27332 - Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, la función normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos OSINERGMIN, comprende la facultad exclusiva de dictar, en el ámbito y materia de su respectiva competencia, entre otros, los reglamentos de los procedimientos a su cargo, normas de carácter general referidas a actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, según lo dispuesto por el artículo 22º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, la función normativa de carácter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo de OSINERGMIN a través de resoluciones; Que, asimismo, según lo dispuesto por el artículo 3º de la Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, Ley Nº 27699, el Consejo Directivo está facultado para aprobar procedimientos administrativos especiales que normen los procedimientos administrativos vinculados, entre otros, a la función supervisora; Que, de conformidad con el artículo 45º del Reglamento para la Comercialización de Gas Licuado de Petróleo aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-EM, las Empresas Envasadoras son responsables de mantener