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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 7 de marzo de 2010 415227 Funcionamiento, Ley Nº 28976; en tanto que con Decreto de Alcaldía Nº 24-2008/MVES del 31.12.2008, se aprobó el ajuste de dicho TUPA a la nueva Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones de esta Municipalidad; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2010-EF, publicado en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 12.01.2010, se aprueban los Procedimientos para el Cumplimiento de Metas y la Asignación de los Recursos del Programa de Modernización Municipal; asimismo el artículo 3º de la referida norma señala que el Programa de Modernización Municipal es de aplicación para todas las municipalidades provinciales y distritales del país. Que, el Anexo 02 del mencionado dispositivo legal, sobre Metas a Febrero de 2010, Generación de Condiciones Favorables del Clima de Negocios: Simplifi cación de Trámites del referido Decreto Supremo, establece que la efi ciencia del procedimiento de Licencia de Funcionamiento se debe exigir únicamente los requisitos establecidos en la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, Ley Nº 28976. Que, mediante Informe Nº 26-2010-SGDLC-GDE/ MVES, de fecha 25.02.2010, la Sub Gerencia de Licencias y Defensa del Consumidor de la Gerencia de Desarrollo Económico de esta Municipalidad, en concordancia con lo estipulado por la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, Ley Nº 28976, recomienda que en el procedimiento Nº 23 del TUPA, se suprima el requisito Nº 4: Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil (ITSDC) Básica, de Detalle o Multidisciplinaria, según corresponda para todas las categorías; debiéndose modificar el requisito Nº 3 de la siguiente manera: Declaración Jurada de Observancia de Condiciones de Seguridad o Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil de Detalle o Multidisciplinaria; Que, la Ofi cina de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 098 -2010-OAJ/MVES de fecha 25.02.2010, opina que se realice la Fiscalización Posterior de la documentación presentada por el administrado dentro del procedimiento de Licencia de Funcionamiento, en base al artículo Nº 32.1 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, y el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 096-2007- PCM; Estando a lo expuesto, de conformidad con el Acuerdo de Concejo Nº 006-2010/MVES del 19.02.2010, en el cual se encarga el Despacho de Alcaldía al Dr. HIGINIO ARISTIDES GALINDO PUCHURI, y en uso de las atribuciones conferidas en el inciso 8 del Art. 9º, así como el Art. 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con el Voto Unánime del Concejo Municipal, así como con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se expide la siguiente, ORDENANZA: Artículo 1º.- Modifi car el Procedimiento Nº 23 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de Villa El Salvador, referido al procedimiento de Licencia de Funcionamiento, conforme al Anexo 01 que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Establecer que las licencias otorgadas en el marco de la presente Ordenanza, están sujetas a fi scalización posterior. En caso de incumplimiento de la normativa municipal y/o específi cas aplicables para la presente, la Municipalidad procederá a anular de ofi cio inmediatamente la licencia otorgada, debiendo imponer las sanciones administrativas, y de ser el caso iniciar acciones legales que correspondan. Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Económico a través de la Sub Gerencia de Licencia y Defensa del Consumidor o quien haga sus veces, el cumplimiento y difusión de la presente Ordenanza; y a la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto a través de la Unidad de Desarrollo Institucional, Tecnología de la Información y Estadística la publicación del íntegro de la presente Ordenanza en el portal institucional de esta Municipalidad: www.munives.gob.pe, en la misma fecha de la publicación ofi cial. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. HIGINIO A. GALINDO PUCHURI Teniente Alcalde Encargado de la Alcaldía 464960-1 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 205 -MVES Villa El Salvador, 26 de febrero de 2010 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Villa El Salvador, en Sesión de la fecha; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia para efectos de la creación, modifi cación y supresión de sus contribuciones, tasas, arbitrios, derechos y licencias; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 145-MVES, publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 31.12.2006, se aprobó el Texto único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad de Villa El Salvador, ratifi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante el Acuerdo de Concejo Nº 468-2006-MML del 22.12.2006; en tanto que con Decreto de Alcaldía Nº 24-2008/MVES del 31.12.2008, se aprobó el ajuste de dicho TUPA a la nueva Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones de esta Municipalidad; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2010-EF, publicado en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 12.01.2010, se aprueban los Procedimientos para el Cumplimiento de Metas y la Asignación de los Recursos del Programa de Modernización Municipal, asimismo el artículo 3º señala que el Programa de Modernización Municipal es de aplicación para todas las municipalidades provinciales y distritales del país; en tanto que el Anexo 02 sobre Metas a Febrero de 2010, Generación de Condiciones Favorables del Clima de Negocios: Simplifi cación de Trámites, establece que la efi ciencia del procedimiento de Licencia de Edifi cación debe estar en concordancia con la Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones, Ley Nº 29090, modifi cada por la Ley Nº 29476 y modifi catorias; Que, mediante Informe Nº 277-2010-MVES-GDESUR- sgCCU del 25.02.2010, la Sub Gerencia de Catastro y Control Urbano de la Gerencia de Desarrollo Urbano, en concordancia con lo establecido en la Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones, Ley Nº 29090, es de la opinión favorable en relación a la adecuación del TUPA de la Municipalidad a la Ley Nº 29090 de los procedimientos administrativos correspondientes a las Licencias de Edifi cación, para el cumplimiento del Decreto Supremo Nº 002-2010-EF; Estando a lo expuesto, de conformidad con el Acuerdo de Concejo Nº 006-2010/MVES del 19.02.2010, en el cual se encarga el Despacho de Alcaldía al Dr. HIGINIO ARISTIDES GALINDO PUCHURI, contando con la opinión favorable de la Gerente de Asesoría Jurídica, expresada mediante Informe Nº 099-2010-OAJ/MVES y en uso de las atribuciones conferidas en el inciso 8 del Art. 9º, así como el Art. 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con el Voto Unánime del Concejo Municipal, así como la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se expide la siguiente; ORDENANZA: Artículo 1º.- Modifi car el Procedimiento Nº 40 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de Villa El Salvador, en adelante “Licencia de Edifi cación”, conforme al Anexo 01 que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Establecer que las licencias otorgadas en el marco de la presente Ordenanza, están sujetas a fi scalización posterior. En caso de incumplimiento de la normativa municipal y/o específi cas aplicables para la presente, la Municipalidad procederá a anular de ofi cio inmediatamente la licencia otorgada, debiendo imponer las sanciones administrativa, y de ser el caso iniciar acciones legales que correspondan. Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano a través de la Sub Gerencia de Catastro y Control Urbano o quien haga sus veces, el cumplimiento y difusión de la presente Ordenanza; y a la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto a través de la Unidad de Desarrollo Institucional, Tecnología de la Información y Estadística la publicación del integro de la presente Ordenanza en el portal institucional de esta Municipalidad: www.munives.gob.pe, en la misma fecha de la publicación ofi cial. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. HIGINIO A. GALINDO PUCHURI Teniente Alcalde Encargado de la Alcaldía 464960-2