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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 7 de marzo de 2010 415214 g) Mecánica Automotriz avanzada según la categoría del vehículo que corresponda. h) Enseñanza de normas tributarias sobre el uso de la guía de remisión de transportista. i) Uso de tecnología aplicable al transporte de mercancías. La Escuela de Conductores Integrales GLOBAL TRANSPORT SOCIEDAD ANONIMA; está obligada a actualizar permanentemente la información propia de sus operaciones, a informar sobre sus actividades y aplicar el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, así como las normas legales pertinentes. Artículo Segundo.-. La Escuela de Conductores Integrales GLOBAL TRANSPORT SOCIEDAD ANONIMA; impartirá los cursos con la siguiente plana docente: Cargo de Instrucción Docente a cargo Director • Luis Ángel Ugarelli Arana Instructor Teórico de Tránsito • Cesar Manuel Rodríguez Briones • Alejandro Magno Alva Díaz Instructores Prácticos de Manejo • Eleuterio Perfecto Mamani Pomaleque • Eduardo Valladares Cedano Instructores Teórico – Práctico de Mecánica • Jorge Rafael Mamani Pacheco Instructor Teórico Práctico en Primeros Auxilios • Jaquelin Rocío Avalos Soldevilla Psicóloga • Mariluz Antonieta Antúnez Rodríguez Artículo Tercero.- La Escuela de Conductores Integrales GLOBAL TRANSPORT SOCIEDAD ANONIMA. deberá colocar en un lugar visible dentro de su local una copia de la presente Resolución Directoral, debiendo iniciar el servicio dentro de los sesenta (60) días calendario, computados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- La Escuela de Conductores Integrales GLOBAL TRANSPORT SOCIEDAD ANONIMA deberá presentar: a) En plazo no mayor de sesenta (60) días calendario de obtenida la autorización como Escuela de Conductores, su reglamento interno. b) En un plazo no mayor de treinta (30) días calendario de obtenida la autorización como Escuela de Conductores, presentará el original de la Carta Fianza Bancaria, conforme a lo señalado en el numeral 43.6 del artículo 43º del Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, bajo sanción de declararse la nulidad de la Resolución Directoral de autorización. c) En un plazo no mayor de noventa (90) días calendario de publicada la Resolución Directoral que establece las características especiales del circuito donde se realizarán las prácticas de manejo, presentará copia de la Póliza de Seguros de Responsabilidad Civil extracontractual a favor de terceros, conforme lo señala el literal e) numeral 43.4 del artículo 43º del Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, bajo sanción de declararse la nulidad de la Resolución Directoral de autorización. Artículo Quinto.- Remitir a la Dirección de Supervisión, Fiscalización y Sanciones, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo Sexto.- Encargar a la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, la ejecución de la presente Resolución Directoral. Artículo Séptimo.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación, siendo de cargo de la Escuela de Conductores Integrales GLOBAL TRANSPORT SOCIEDAD ANONIMA los gastos que origine su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE G. MEDRI GONZALES Director General Dirección General de Transporte Terrestre 464763-1 ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Declaran bajas de oficio del Registro de Asegurados Titulares y Derechohabientes ante el ESSALUD INTENDENCIA REGIONAL AREQUIPA RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 054-024-0001044/SUNAT Arequipa, 13 de enero del 2010 Visto el resultado de la fi scalización de las aportaciones a Essalud efectuado al contribuyente COPSER S.R.L. con RUC Nº 20209229073, con domicilio fi scal en AV. El Sol Nº 125 P.J. Miguel Grau distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa. CONSIDERANDO : Que, con fecha 29 de abril del 2009, se da inicio al proceso de fi scalización de tributos ESSALUD, mediante el Requerimiento Nº 0521090000233, por los períodos de diciembre 2002 a enero 2008. ESSALUD Período Nº de Formulario Nº de Orden Fecha de Presentación Nº de Trabajadores s/ DD.JJ. Aportación Declarada Aportación Pagada S/. Diciembre-02 0600 48653127 14/01/2003 1 18 0 Enero-03 (1) Febrero-03 0600 56507202 17/03/2003 1 18 0 Marzo-03 0600 48654372 16/04/2003 1 18 0 Abril-03 0600 48654854 20/05/2003 1 18 0 Mayo-03 0600 48655290 19/06/2003 1 18 0 Junio-03 0600 48655700 21/07/2003 1 18 0 Julio-03 0600 150009097 14/04/2008 1 0 0 Agosto-03 0600 150009098 14/04/2008 1 0 0 Septiembre-03 0600 150009099 14/04/2008 1 0 0 Octubre-03 0600 150009100 14/04/2008 1 0 0 Noviembre-03 0600 150009101 14/04/2008 1 0 0 Diciembre-03 0600 150009103 14/04/2008 1 0 0 Enero-04 0600 150009071 14/04/2008 1 0 0 Febrero-04 0600 150009072 14/04/2008 1 0 0 Marzo-04 0600 150009073 14/04/2008 1 0 0 Abril-04 0600 150009095 14/04/2008 1 0 0 Mayo-04 0600 150009075 14/04/2008 1 0 0 Junio-04 0600 150009074 14/04/2008 1 0 0 Julio-04 0600 150009096 14/04/2008 1 0 0 Agosto-04 0600 150009077 14/04/2008 1 0 0 Septiembre-04 0600 150009078 14/04/2008 1 0 0 Octubre-04 0600 150009079 14/04/2008 1 0 0 Noviembre-04 0600 150009080 14/04/2008 1 0 0 Diciembre-04 0600 150009081 14/04/2008 1 0 0 Enero-05 0600 150009083 14/04/2008 1 0 0 Febrero-05 0600 150009105 14/04/2008 1 0 0 Marzo-05 0600 150009106 14/04/2008 1 0 0 Abril-05 0600 150009107 14/04/2008 1 0 0 Mayo-05 0600 150009108 14/04/2008 1 0 0 Junio-05 0600 150009109 14/04/2008 1 0 0 Julio-05 0600 150009110 14/04/2008 1 0 0 Agosto-05 0600 150009111 14/04/2008 1 0 0 Septiembre-05 0600 150009141 14/04/2008 1 0 0 Octubre-05 0600 150009112 14/04/2008 1 0 0