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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MARZO DEL AÑO 2010 (11/03/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 11 de marzo de 2010 415371 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Nº 1636 de fecha 6 de setiembre de 1923, se expidió el Reglamento de la Condecoración de la Orden “El Sol del Perú”, y se señaló asimismo la descripción de cada una de las insignias que correspondían a los distintos grados de la Orden; Que, es necesario diferenciar las distinciones que se otorgan a los Soberanos y Jefes de Estado así como de personalidades universalmente reconocidas; En uso de las facultades conferidas en el numeral 8 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y en concordancia con la Ley que establece que el Presidente es el Gran Maestre de la Orden “El Sol del Perú”; DECRETA: Artículo Único.- Modifíquese el último párrafo del Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 086-2001-RE de 19 de noviembre de 2001, en los siguientes términos: “Cuando se conceda la Orden “El Sol del Perú” a Soberanos y Jefes de Estado de Naciones amigas o a personalidades nacionales o extranjeras universalmente reconocidas se les otorgará como insignia un Gran Collar cuya placa llevará un círculo de diamantes”. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de marzo del año dos mil diez ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 467063-10 Nombran Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Helénica RESOLUCIÓN SUPREMA N° 100-2010-RE Lima, 10 de marzo de 2010 De conformidad con el inciso 12 del artículo 118° de la Constitución Política del Perú, que establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros y con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; Estando a lo dispuesto en los artículos 26º y 27º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; y los artículos 62º, 63º numeral b) y 64º numeral a) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Helénica al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Eduardo Martinetti Macedo. Artículo 2º.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3º.- La fecha en que el Embajador Eduardo Martinetti Macedo asuma sus funciones será fi jada mediante resolución ministerial. Artículo 4º.- Aplicar el egreso que origine la presente resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 467063-21 Autorizan al Instituto Nacional de Cultura efectuar pago de cuotas a diversos organismos internacionales RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 101-2010-RE Lima, 10 de marzo de 2010 VISTO: El ofi cio Nº 0160-2010-DN/INC, de fecha 16 de febrero de 2010, del Instituto Nacional de Cultura, mediante el cual solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de adeudos al Fondo para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial y al Fondo del Patrimonio Mundial de la UNESCO; CONSIDERANDO: Que el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de cuotas a los mencionados organismos internacionales, con cargo al presupuesto del Instituto Nacional de Cultura; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Instituto Nacional de Cultura a efectuar el pago de cuotas a los siguientes organismos internacionales: Fondo para la Salvaguardia del US$ 2,939.00 Patrimonio Cultural Inmaterial Cuota 2010 Fondo del Patrimonio Mundial de US$ 5,400.00 la UNESCO Cuota 2010 Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 467063-22 Cancelan Exequátur que reconoce a Cónsul Honorario de la República Federativa de Brasil en el Cusco RESOLUCIÓN SUPREMA N° 102-2010-RE Lima, 10 de marzo de 2010 Vista la Resolución Suprema Nº 386-2000-RE, de fecha 14 de agosto del 2000, que reconoce al señor Lorenzo Sousa de Barbieri, como Cónsul Honorario de la República Federativa de Brasil en el Cusco, con