Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2010 (13/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 13 de marzo de 2010

En el MORDAZA de la implementacion de las dos (02) nuevas MORDAZA Especializadas en el Tribunal Fiscal cuyo funcionamiento ha sido aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2010-EF, incorporase como MORDAZA parrafo de la Vigesima MORDAZA Disposicion Final de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, el texto siguiente: "VIGESIMA QUINTA.(...) Asimismo, seran de aplicacion las mismas autorizaciones y excepciones establecidas en el parrafo precedente para efecto del nombramiento de siete (7) vocales y dos (2) secretarios relatores, con el fin de implementar y poner en funcionamiento las dos (02) nuevas MORDAZA Especializadas en el Tribunal Fiscal cuyo funcionamiento ha sido aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2010-EF, asi como para cubrir una plaza vacante por renuncia, existente a la vigencia de la presente norma." Articulo 3°.- Derogatoria Deroguese o dejese en suspenso las disposiciones legales que se opongan a lo establecido por el presente Decreto de Urgencia, o limiten su aplicacion. Articulo 4°.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los doce dias del mes de marzo del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Economia y Finanzas 468247-1

De conformidad con el inciso 19) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Deroga el Decreto de Urgencia Nº 0612009 Deroguese el Decreto de Urgencia Nº 061-2009. Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los doce dias del mes de marzo del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Economia y Finanzas 468248-1

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en el departamento de Ica, las provincias de Canete y Yauyos en el departamento de MORDAZA y las provincias de Castrovirreyna, Huaytara y los distritos de Acobambilla y Manta de la provincia de Huancavelica del departamento de Huancavelica
DECRETO SUPREMO Nº 033-2010-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

DECRETO DE URGENCIA Nº 021-2010 DECRETO DE URGENCIA QUE DEROGA EL DECRETO DE URGENCIA Nº 061-2009
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 061-2009 se preciso la participacion de acreedores vinculados a los deudores en procedimientos concursales regidos por la Ley General del Sistema Concursal; disponiendose que ellos no podran solicitar, en calidad de acreedores, que el deudor sea sometido a un procedimiento concursal y tampoco votar en las Juntas de Acreedores que se celebren; Que, el citado Decreto de Urgencia se fundamento en la crisis internacional, no obstante ello, actualmente las condiciones que motivaron la dacion de esta MORDAZA han cambiado; Que, segun reportes de organismos internacionales, existen debilidades en el MORDAZA regulatorio concursal asi como dificultades procesales y administrativas durante el proceso; Que, es de necesidad e interes nacional la simplificacion administrativa en esta materia debido a que el MORDAZA esta sometido a una fuerte competencia internacional para atraer inversion extranjera directa, lo cual es un factor importante para el crecimiento y desarrollo asi como para paliar los efectos de la crisis financiera internacional. Que, el Articulo 59º de la Ley Nº 27809, Ley General del Sistema Concursal, regula la votacion de los acreedores vinculados y los no vinculados;

CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo N° 068-2007PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 0762007-PCM, se declaro el estado de emergencia en el departamento de Ica y la provincia de Canete del departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias naturales, debido a los fuertes sismos registrados en el MORDAZA el dia 15 de agosto de 2007; habiendose MORDAZA dicha declaratoria de estado de emergencia a las provincias de Castrovirreyna, Huaytara y al distrito de Acobambilla de la provincia de Huancavelica del departamento de Huancavelica, y a los distritos de Huanec y Tupe de la provincia de Yauyos del departamento de MORDAZA, mediante el Decreto Supremo N° 071-2007-PCM; Que, asimismo, mediante el Decreto Supremo N° 075-2007-PCM se amplio la declaracion del estado de emergencia, dispuesta por el Decreto Supremo N° 0682007-PCM, a toda la provincia de Yauyos del departamento de Lima; Que, mediante el Decreto Supremo N° 0842007-PCM, el Decreto Supremo N° 097-2007-PCM, el Decreto Supremo N° 011-2008-PCM, el Decreto Supremo N° 026-2008-PCM, el Decreto Supremo N° 040-2008-PCM, el Decreto Supremo N° 054-2008PCM y el Decreto Supremo N° 068-2008-PCM se prorrogo sucesivamente el estado de emergencia en las circunscripciones territoriales MORDAZA mencionadas, hasta el 8 de diciembre de 2008;

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