Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2010 (13/03/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, sabado 13 de marzo de 2010

NORMAS LEGALES

415511

las disposiciones establecidas en el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2003-PRODUCE, asi como las normas sobre sanidad y medio ambiente y demas que le MORDAZA aplicables. Articulo 4°.- El inicio de las operaciones de pesca de la embarcacion pesquera a que se refiere el Articulo 1° de la presente Resolucion, esta condicionado a llevar a bordo a un Observador de la Comision Interamericana del Atun Tropical (CIAT) acreditado, conforme a lo establecido en el numeral 9.1 del Articulo 9º del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2003-PRODUCE. Asimismo debera condicionarse el inicio de operaciones de la citada embarcacion a la instalacion del Sistema de Seguimiento Satelital ­ SISESAT a bordo de la referida embarcacion, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 0082006-PRODUCE. Articulo 5°.- De acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 70º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PE que aprueba el Reglamento de la Ley General de Pesca, el armador propietario de la embarcacion pesquera a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion Directoral, debera contratar como minimo un treinta por ciento (30%) de tripulantes peruanos sujetandose al cumplimiento de las disposiciones que les fueran aplicables conforme a la legislacion nacional. Articulo 6°.- Terminada la vigencia del permiso de pesca otorgado mediante la presente resolucion, la empresa pesquera a traves de su representante legal en el MORDAZA, debera entregar mediante declaracion jurada expresa a la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, la captura realizada por la embarcacion pesquera por especies y expresadas en toneladas, para fines estadisticos del Ministerio de la Produccion. Articulo 7°.- El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion Directoral, sera causal de caducidad del permiso de pesca o de la aplicacion de las sanciones que pudieran corresponder, segun sea el caso, de conformidad con las disposiciones establecidas en el Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PE. Articulo 8°.- La Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia, del Ministerio de la Produccion, efectuara las acciones correspondientes a efecto de vigilar el cumplimiento del derecho administrativo otorgado a traves de la presente Resolucion, debiendo informar a la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion, para las acciones a que MORDAZA lugar. Articulo 9°.- La Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a solicitud de la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, impedira que la embarcacion a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion abandone aguas jurisdiccionales peruanas, si al finalizar el plazo de vigencia de su permiso de pesca, registrara alguna obligacion pendiente frente al Ministerio de la Produccion, derivada de las obligaciones de pesca autorizada por la presente Resolucion. Articulo 10°.- La autorizacion que se otorga por la presente Resolucion no exime a la empresa senalada en el Articulo 1º de la presente Resolucion, de los procedimientos administrativos cuya competencia corresponda al Ministerio de Defensa y demas dependencias de la Administracion Publica. Articulo 11°.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 467251-7

RELACIONES EXTERIORES
Dan por terminadas las funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en Canada
RESOLUCION SUPREMA Nº 103-2010-RE MORDAZA, 12 de marzo de 2010 Vista la Resolucion Suprema Nº 101-2008-RE, que nombro al Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA Castaneda MORDAZA, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en Canada; Vista la Resolucion Ministerial Nº 0543-2008-RE, que fijo el 01 de junio de 2008, como la fecha en que el citado funcionario diplomatico asumio funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en Canada; De conformidad con los articulos 7º, 13º inciso a) y 30° de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica y su modificatoria la Ley N° 29318; y los articulos 62º, 185º inciso b), 187º y 189º inciso b) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y su modificatoria el Decreto Supremo N° 065-2009-RE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA Castaneda MORDAZA, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en Canada. Articulo 2º.- Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes. Articulo 3º.- La fecha de termino de funciones sera fijada mediante Resolucion Ministerial. Articulo 4º.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolucion a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 468247-9

Autorizan viaje de funcionario diplomatico para participar en la III Reunion de Alto Nivel del Dialogo ALCUE sobre Migracion que se realizara en el Reino de Espana
RESOLUCION SUPREMA Nº 104-2010-RE MORDAZA, 12 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Que, se ha recibido una invitacion de la Presidencia de la Union Europea, para que un funcionario de la Subsecretaria de Comunidades Peruanas en el Exterior, asista a la "III Reunion de Alto Nivel del Dialogo ALC-UE sobre Migracion", a llevarse a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, Reino de Espana, del 15 al 16 de marzo de 2010; Que, el objetivo de dicha Reunion, de caracter tecnico, es contribuir a la generacion de politicas publicas a traves del intercambio de ideas y experiencias en la perspectiva de la gobernabilidad migratoria y la proteccion de los derechos humanos de los migrantes; Teniendo en cuenta el Memorandum de la Subsecretaria de Comunidades Peruanas en el

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.