Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2010 (13/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, sabado 13 de marzo de 2010

NORMAS LEGALES

415501

se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 467701-2

Encargan el Despacho del Viceministerio de Recursos para la Defensa al Viceministro de Politicas para la Defensa
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 213-2010/DE/SG MORDAZA, 12 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema N° 111 ­ 2010 DE/SG de fecha 10 de marzo de 2010, se autorizo del 12 al 20 de marzo de 2010, el viaje en Comision de servicio al exterior del Licenciado MORDAZA MORDAZA Aita Campodonico, Viceministro de Recursos para la Defensa a la MORDAZA de MORDAZA, Reino de Espana y a la MORDAZA de MORDAZA, Republica Italiana, a fin de participar en las reuniones de trabajo y conversaciones con las autoridades espanolas e Italianas con la finalidad de promover y fortalecer aun mas la cooperacion en el MORDAZA de defensa y seguridad; Que, el articulo 26° de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, senala que el Ministro puede encargar a un viceministro para que, con retencion de su cargo, desempene el de otro viceministro por ausencia del titular; Que, resulta necesario encargar las funciones del Viceministerio de Politicas para la Defensa al Viceministro de Recursos para la Defensa, en tanto dure la ausencia de su titular; De conformidad con lo dispuesto por Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Encargar el Despacho del Viceministerio de Recursos para la Defensa al Embajador MORDAZA MORDAZA BELLINA MORDAZA, Viceministro de Politicas para la Defensa, del 12 al 20 de marzo de 2010, y mientras dure la ausencia del titular. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 467701-3

de caracter social y mediante Decreto Supremo N° 0822008-EF se aprobo su Reglamento; Que, las Disposiciones Complementarias y Transitorias del Decreto Supremo Nº 184-2005-EF, incorporadas mediante el Decreto Supremo Nº 082-2008-EF, regulan la sustitucion del "Fideicomiso Social" por el "Fondo Social"; Que, de acuerdo con lo dispuesto en la Primera Disposicion Complementaria y Transitoria del Decreto Supremo N° 184-2005-EF, los programas de caracter social que a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Legislativo Nº 996 se encuentren en ejecucion a traves de un fideicomiso en el MORDAZA de la Ley N° 28401, podran aplicar lo dispuesto en el referido Decreto Legislativo y su Reglamento en un plazo de 60 dias habiles; Que, mediante Decreto Supremo N°112-2008-EF se aprobo la ampliacion del plazo MORDAZA referido; Que, conforme a lo acordado por el Consejo Directivo de PROINVERSION, resulta necesario otorgar un plazo adicional con el fin de permitir la adecuacion de fideicomisos sociales a fondos sociales; De conformidad con lo establecido en el numeral 8) del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru, Ley Organica del Poder Ejecutivo - Ley Nº 29158, y el Decreto Supremo N° 082-2008-EF y modificatorias; DECRETA: Articulo 1º.- Otorgamiento de Plazo Otorguese un plazo adicional de seis (6) meses contados a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo, para el cumplimiento de las condiciones a las que se refiere el MORDAZA parrafo de la Primera Disposicion Complementaria y Transitoria del Decreto Supremo N° 184-2005-EF, de acuerdo con la modificacion dispuesta por el Decreto Supremo N° 082-2008-EF. Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por la Ministra de Economia y Finanzas y por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los doce dias del mes de marzo del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 468247-3

Aprueban Operacion de Endeudamiento Externo con JICA
DECRETO SUPREMO Nº 088-2010-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 4.1 del Articulo 4º de la Ley Nº 29466, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento externo hasta por US$ 2 137 630 000,00 (DOS MIL CIENTO TREINTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS); Que, en el MORDAZA de la citada autorizacion, la Republica del Peru acordara una operacion de endeudamiento externo con el Japan International Cooperation Agency­JICA, hasta por ¥ 9 301 000 000,00 (NUEVE MIL TRESCIENTOS UN MILLONES Y 00/100 YENES JAPONESES), destinada a financiar parcialmente el "Proyecto de Mejoramiento de Agua Potable y Alcantarillado en Areas Marginales de Lima";

ECONOMIA Y FINANZAS
Otorgan ampliacion del plazo establecido en el MORDAZA parrafo de la Primera Disposicion Complementaria y Transitoria del Decreto Supremo Nº 184-2005-EF
DECRETO SUPREMO Nº 087-2010-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 996 se aprobo el regimen aplicable a la utilizacion de los recursos provenientes de los procesos de promocion de la inversion privada, destinados a la ejecucion de programas

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