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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 25 de marzo de 2010 416180 POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas a los 04 MAR. 2010. OSCAR RAMIRO ALTAMIRANO QUISPE Presidente Gobierno Regional de Amazonas 472079-1 GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Autorizan viaje del Presidente del Gobierno Regional a la República Popular China CONSEJO REGIONAL GOBIERNO REGIONAL TACNA LEY 27867 ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 007-2010-CR/GOB.REG.TACNA Tacna, 22 de marzo del dos mil diez. CONSIDERANDO: Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Estado establece: “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; Que, el artículo 39 de la Ley 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma”. Asimismo el artículo 15 de la misma Ley señala las atribuciones del Consejo Regional: “a) Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; s) Las demás que les corresponda de acuerdo a Ley”; Que, mediante documento de fecha 19.Marzo.2010 el señor Presidente Regional solicita se emita la norma regional correspondiente que permita efectivizar el viaje al extranjero aprobado con Acuerdo de Consejo Regional Nro.006-2010-CR/GOB.REG.TACNA; dado que a la fecha se ha establecido el programa de visita de la Delegación Peruana; siendo las fechas entre 22 de marzo al 03 de abril del 2010. Es necesario establecer que el motivo del viaje continúa siendo el mismo aprobado por el Acuerdo de Consejo Regional antes señalado del 26.Febrero.2010; Por lo expuesto, el Pleno en Sesión Extraordinaria de la fecha, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Reglamento Interno del Consejo Regional y demás artículos pertinentes, con el quórum reglamentario, el Pleno del Consejo Regional; ACUERDA: Artículo Primero.- Autorizar el viaje al señor Presidente Regional Econ. Hugo Ordoñez Salazar a la República Popular China, entre los días 22 de marzo al 3 de abril del año 2010. Articulo Segundo.- PUBLICAR el presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la institución, conforme lo dispone el Artículo 42 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. POR TANTO: Mando se registre, notifi que, difunda y cumpla. JAVIER TELLEZ MAITA Consejero Delegado Consejo Regional de Tacna 472983-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban ajuste del Sistema Vial Metropolitano, correspondiente al distrito de San Martín de Porres ORDENANZA N° 1363 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 18 de marzo del 2010, el Dictamen Nº 031-2010-MML- CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL AJUSTE DEL SISTEMA VIAL METROPOLITANO, CORRESPONDIENTE AL DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES Artículo Primero.- Aprobar el Ajuste del Sistema Vial Metropolitano, en consecuencia, modifi car el Anexo 2 de la Ordenanza N° 341-MML, en lo que respecta a la Reducción de la Sección Vial Normativa de la Av. Prolongación Pacasmayo, del distrito de San Martín de Porres, Provincia y Departamento de Lima, de 30.00 ml. a 23.00 ml. en el tramo: Frente a la Huaca, según se muestran en las Láminas Nº 01 y 02 que como Anexo forman parte integrante de la presente Ordenanza, las cuales serán publicadas en el portal electrónico de la Municipalidad Metropolitana de Lima. (www.munlima.gob. pe). Artículo Segundo.- El Instituto Metropolitano de Planifi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima efectuará las modifi caciones necesarias del Plano del Sistema Vial Metropolitano y de las Secciones Viales Normativas, de acuerdo a la modifi cación aprobada en el Artículo Primero. Artículo Tercero.- Las entidades competentes de la Municipalidad Metropolitana de Lima y la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, efectuarán el control urbano necesario para cautelar el Derecho de Vía aprobado, denegando cualquier solicitud que se efectúe sobre las áreas reservadas. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, 22 de marzo de 2010 LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 472513-1