Norma Legal Oficial del día 25 de marzo del año 2010 (25/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano MORDAZA, jueves 25 de marzo de 2010

NORMAS LEGALES

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Estando a lo opinado por el Departamento de Supervision Bancaria "D"; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 32° de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolucion N° 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolucion SBS N° 12883-2009 y Memorandum 123-2010-SABM del 5 de marzo de 2010; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a MORDAZA Factoring S.A. el traslado de su oficina principal, ubicada en Jr. Ucayali N° 266, distrito, provincia y departamento de MORDAZA, a su nueva ubicacion Av. MORDAZA Basadre Grohman N° 312, piso 4, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CORTES Intendente General de Banca (a.i.) 472121-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS
Aprueban Reglamento que Regula el MORDAZA del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional Amazonas para el Ano Fiscal 2011
ORDENANZA REGIONAL Nº 252 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS POR CUANTO: El Consejo Regional de la Region Amazonas, de conformidad con lo previsto en los articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre descentralizacion, Ley Nº 27680; Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783; Ley Organica de los Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias; en Sesion Ordinaria de fecha 03 de marzo del 2010, ha emitido por unanimidad la presente Ordenanza Regional: CONSIDERANDO: Que, el inciso 1) del articulo 17º, de la Ley de Bases de la Descentralizacion N° 27783, establece que los Gobiernos Regionales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus Planes de Desarrollo y Presupuestos, en la gestion publica, para este efecto deberan garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la informacion publica, asi como la conformacion y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertacion, control, evaluacion y rendicion de cuentas. Que, segun lo establecido en el articulo 5º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, es mision de los gobiernos regionales organizar y conducir la gestion publica regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales para contribuir y promover el desarrollo integral y sostenible de la region. Que, la Ley Nº 28056 - Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, se establecen las disposiciones generales,

la programacion y la vinculacion de la programacion participativa con los Planes de Desarrollo Regional Concertados y los mecanismos de vigilancia participativa. Que, mediante Decreto Supremo Nº 171-2003-EF se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056, el mismo que establece las disposiciones generales y las fases del MORDAZA de presupuesto participativo. Que, la Ley Nº 29298- modifica a la Ley Nº 28056 Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, en sus articulos 4º, 5º, 6º y 7º. Que, mediante comunicado Nº 026-2008-EF/76.01, el Instructivo N° 002-2008-EF/76.01, aprobado mediante Resolucion Directoral Nº 021-2008EF/76.01, el MORDAZA del presupuesto participativo, es de vigencia permanente y de cumplimiento obligatorio. Que, mediante Decreto Supremo Nº 097-2009-EF se precisan criterios para delimitar Proyectos de Impacto Regional. Que, el Presupuesto Participativo es un instrumento de politica y de gestion, a traves del cual las autoridades del Gobierno Regional Amazonas, asi como las organizaciones de la poblacion debidamente representadas, definen en conjunto, como y a que se van a orientar los recursos, teniendo en cuenta los Objetivos del Plan de Desarrollo Estrategico, los cuales estan directamente vinculados con la vision y objetivos del Plan de Desarrollo Regional Concertado 2009 al 2021. Que, es tarea permanente el reforzamiento de las relaciones entre el Gobierno Regional y la Sociedad Civil, en el MORDAZA del ejercicio de la ciudadania a traves de mecanismos de democracia directa y representativa, que generan responsabilidades y compromisos compartidos, creando conciencia, respeto de los derechos y obligaciones del ciudadano como contribuyente y como actor en el funcionamiento del Estado y el desarrollo colectivo. Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad del Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas, en Sesion Ordinaria de Consejo Regional Nº 005, mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 035, de fecha 03 de marzo del 2010; y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso a) del articulo Nº 37º, Concordante con el Art. Nº 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867. Se ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- APROBAR el "Reglamento que Regula el MORDAZA del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional Amazonas para el Ano Fiscal 2011", conforme al texto integrado por cinco (5) titulos, treinta y uno (31) articulos y dos (02) disposiciones finales y transitorias que forman parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- APROBAR la conformacion del Equipo Tecnico, que se indica en el Art. Nº 12, del Reglamento del MORDAZA del Presupuesto Participativo, anexo 01. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, y al Equipo Tecnico, para que en coordinacion con el Consejo de Coordinacion Regional y las dependencias y areas involucradas den cumplimiento a la Ordenanza Regional, para lo cual realizaran todas las acciones pertinentes relacionadas al MORDAZA, entendiendose como tal: La convocatoria, inscripcion, admision de proyectos, planificacion y adecuacion al Instructivo aprobado por el Ministerio de Economia y Finanzas. Articulo Cuarto.- DISPONER que a traves de la Secretaria del Consejo se publique la presente Ordenanza Regional, en el Diario Oficial El Peruano, y el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional Amazonas. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional Amazonas, para su promulgacion. En Chachapoyas, a los 3 dias del mes de marzo del ano 2010. MORDAZA MORDAZA CHUQUIMBALQUI Consejero Delegado Consejo Regional de Amazonas

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