Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2010 (02/11/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 2 de noviembre de 2010 428571 bajo relación de dependencia, las que pagan pensiones y las cooperativas de trabajadores”. Asimismo, conforme al artículo 3° de la mencionada Ley, son asegurados del Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud, los afi liados regulares o potestativos y sus derechohabientes. Siendo afi liados regulares, entre otros, los trabajadores activos que laboran bajo relación de dependencia o en calidad de socios de cooperativas de trabajadores. Asimismo, conforme el artículo 4° del Decreto Supremo N° 003-97-TR, toda prestación de servicios remunerados y subordinados, se presume la existencia de un contrato de trabajo a plazo indeterminado. Por su parte el artículo 3° del Decreto Ley N° 19990 que aprueba el Sistema Nacional de Pensiones de la Seguridad Social, señala que “son asegurados obligatorios del Sistema Nacional de Pensiones de la Seguridad Social, entre otros, los trabajadores que prestan servicios bajo el régimen de la actividad privada a empleadores particulares, cualquiera que sea la duración del contrato de trabajo y el tiempo de trabajo por días, semana o mes”. Según informe N° 0002 OAAQP SGCR GO GCASEG ESSALUD 2008 del 18 de junio del 2008, la representante legal de la empresa Sra. Enriquez Delgado María Consuelo, identifi cada con D.N.I. 29695315 a través de una comunicación telefónica manifestó no tener los documentos solicitados. El 19 de febrero del 2008 se realizó una visita al domicilio del contador identifi cándolo como MARIO ENRIQUE BARRIGA PAZ con DNI 29421038 quien no contaba con la documentación solicitada en ese momento, exhibiendo posteriormente comprobantes de pago de aportaciones correspondientes a los periodos tributarios de noviembre del 2006 a junio del 2007, constancias de presentación de noviembre del 2006 a junio del 2007 y reportes de PDT Remuneraciones de diciembre del 2006 a febrero del 2007. El 22 de febrero del 2008 el Sr. Gustavo Gaspar Delgado Gonzales con D.N.I. Nro. 29528488 declara que se contactó con el Sr. Mario Enrique Barriga Paz, recomendado por unos amigos, el mismo que para asegurarlo le pidió la suma de S/. 107.50 mensuales, suma que le entregó durante 3 meses de noviembre del 2007 a enero del 2008 y a cambio el Sr. Barriga le dio boletas de pago a nombre de la contribuyente. La Srta. Jesús Karim Cuadros Acosta con D.N.I. Nro. 29659621 el 22 de febrero del 2008 declaró que por intermedio del Sr. Mario Enrique Barriga Paz logró asegurarse a cargo de un empleador distinto a la contribuyente. La Srta. Obando Fernández Eveling Araceli con DNI Nro. 29611486 el 22 de febrero del 2008 manifi esta que sí labora para una empresa distinta a la contribuyente, para lo cual indica el horario, la labor que realiza, el monto de pago de las remuneraciones y cumplimiento de entrega de boletas de pago por parte de su empleador. La Sra. Eva Meza de Carpio con D.N.I. 29243046 manifi esta haber trabajado para la contribuyente hasta octubre del 2007 como cocinera para el personal de la obra, sin embargo esta función la realizaba en la Picantería La Tomasita de propiedad de la Sra. María Consuelo Enriquez Delgado. Con fecha 19 de marzo del 2008 la contribuyente mediante carta con número de mesa de parte 6393 solicita dar de baja a 32 trabajadores los cuales fueron declarados indebidamente como sus trabajadores. Por lo expuesto, se determina que los trabajadores declarados en los PDT 0600 Remuneraciones correspondientes a los periodos tributarios de octubre del 2006 a enero del 2008 no tienen ningún vínculo laboral con la contribuyente puesto que no laboran bajo relación de dependencia ya que no se comprobó la concurrencia de los tres elementos de una relación laboral al no demostrar el trabajo o prestación de servicio realizado, así como no sustentar los pagos ni controles que indiquen la existencia de remuneración ni subordinación, además de reconocer el representante legal de la empresa en mención no haberlos tenido como trabajadores en los periodos mencionados. Que, conforme a lo establecido en el artículo 5° de la Ley General de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT, aprobada por el Decreto Legislativo N° 501, modifi cado por el artículo 1° de la Ley N° 27334, la SUNAT ejerce las funciones de administración de las aportaciones al Seguro Social de Salud – ESSALUD y de la Ofi cina de Normalización Previsional – ONP. Que, mediante los incisos a), b) y c) del artículo 4° del reglamento de la Ley N° 27334, aprobado por el Decreto Supremo N° 039-2001 - EF, la SUNAT proporcionará al ESSALUD y ONP, según corresponda: a) El Registro de Entidades Empleadoras: contribuyentes y/o responsables de las Aportaciones a la Seguridad Social; b) El registro de Asegurados Titulares y Derechohabientes ante el ESSALUD; c) El Registro de Afi liados Obligatorios y Facultativos ante la ONP. Que, asimismo el primer párrafo del artículo 5° y del artículo 12° del Decreto Supremo N° 039-2001-EF, establecieron que la administración de las Aportaciones a la Seguridad Social, incluye lo relacionado a la inscripción y/o declaración de las entidades empleadoras y de sus trabajadores y/o pensionistas, sin distinción del período tributario, para lo cual corresponde a la SUNAT la elaboración y aprobación de las normas y los procedimientos necesarios para llevar a cabo dicha función. Que, de la fi scalización efectuada y en aplicación de la Ley N° 26790 – Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud y del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728 – Ley de Productividad y Competitividad y del Decreto Ley N° 19990 – Sistema Nacional de Pensiones de la Seguridad Social, se ha determinado que la contribuyente CARPIO & ENRIQUEZ INGENIEROS Y ASOCIADOS S.R.L. – C & E INGENIEROS S.R.L. declara personas sin vinculación laboral por lo que no cumple con los requisitos para ser considerados Asegurados Titulares ante Essalud y Afi liados Obligatorios ante la ONP. Asimismo, tal contribuyente en su condición de declarante no sustenta con los documentos pertinentes su calidad de entidad prestataria de los elementos de trabajo para requerir una determinada prestación de servicio que obligue a la retribución de ley y subordinación, como elementos intrínsecos a la relación laboral. Que en uso de las facultades conferidas por el Decreto Legislativo N° 501 - Ley General de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria y normas modifi catorias, el Texto Único Ordenado del Estatuto de la SUNAT aprobado por Resolución de Superintendencia N° 041-98/SUNAT y normas modifi catorias, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM, la Resolución de Superintendencia N° 190- 2002/SUNAT, y la Ley N° 27334 que amplía las funciones de la SUNAT y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 039-2001-EF y normas modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar la Baja de Ofi cio en el: a) Registro de Asegurados Titulares y Derechohabientes ante el ESSALUD, a las siguientes personas: Datos de la persona dada de baja Períodos a dar de Baja Documento de Identidad Apellidos Nombres Del Al Tipo N° Paterno Materno DNI 01340118 Monroy Ortiz Giovana Milagros dic-07 ene-08 DNI 07566357 Córdova García Fernando Moisés dic-07 ene-08 DNI 29290968 Puma De la Torre Enrique Manuel dic-07 ene-08 DNI 29292648 Puma De la Torre Zenaida Andrea dic-07 ene-08 DNI 29371375 Samame Chávez Gloria Angélica dic-07 ene-08 DNI 29374426 Bentura Rendón Celestino dic-07 ene-08 DNI 29392313 Vera Olivera Juan Manuel dic-07 ene-08 DNI 29406397 Medina Yucra Domingo dic-07 ene-08 DNI 29494978 Cosio Mamani Cornelio dic-07 ene-08 DNI 29542204 Cayo Zevallos Oscar Juan dic-07 ene-08 DNI 29611486 Obando Fernández Evelyng Araceli dic-07 ene-08 DNI 29659621 Cuadros Acosta Jesús Karim dic-07 ene-08 DNI 29690231 Concha Vizcarra Víctor Jesús dic-07 ene-08 DNI 29696736 Maldonado Puma Melquiades dic-07 ene-08 DNI 30480889 Espinoza De Farfán Mercedes Clemencia dic-07 ene-08 DNI 30676817 Alvarez Medina Fernanda Diosolinda dic-07 ene-08 DNI 42056909 Torres Guerra Anthony Jeremy dic-07 ene-08 DNI 29243046 Meza De Carpio Eva oct-06 y jun-07 nov-07 DNI 29291959 Milon Jimenez Hugo ago-07 ene-08 DNI 29327584 Puma De la Torre Víctor Jorge jul-07 ene-08 DNI 29391934 Heresi Horta Nelly Mercedes oct-06 jun-07 DNI 29404607 Colque Merma Gladys Maruja jul-07 ago-07 DNI 29406234 Linares Zapata Mario Dionisio oct-06 ene-08 DNI 29416211 Heresi Orta Ygnasio Rafael jul-07 ene-08 DNI 29487083 Salazar Escobedo Cleofe Esperanza jun-07 ene-08 DNI 29528488 Delgado Gonzales Gustavo Gaspar nov-07 ene-08 DNI 29700232 Guerra Chávez Fredy Paul oct-06 ene-08 DNI 29721259 Flores Gutierrez Claudia Eugenia jun-07 ene-08 DNI 30960093 Velazco Villasante Victor Hugo jul-07 ago-07 DNI 41029439 Castillo Monteagudo Ximena Pilar jul-07 ago-07