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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2010 (06/11/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 6 de noviembre de 2010 428760 4.5. LINEAMIENTO 5. 4.5.1. Promover la incorporación gradual al Sistema de Fortalecimiento de Capacidades para el subsector Saneamiento de los diferentes actores vinculados al tratamiento para el reuso de aguas residuales domésticas y municipales. 4.5.2. Capacitar a los distintos actores vinculados al subsector Saneamiento para facilitar y garantizar el acceso a la información pública disponible en relación al tratamiento para el reuso de las aguas residuales domésticas y municipales en el riego de áreas verdes urbanas y periurbanas. 4.5.3. Diseñar estrategias diferenciadas por tipo de actor (Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, Prestadores de Servicios de Saneamiento, usuarios y otros), para atender sus demandas y necesidades específi cas de capacitación en el tratamiento para el reuso de las aguas residuales domésticas y municipales en el riego de áreas verdes urbanas y periurbanas. 4.5.4. Proponer la incorporación de la temática sobre el tratamiento para el reuso de las aguas residuales municipales y domésticas en la currícula del Ministerio de Educación. 5. MEDIDAS PARA LA IMPLEMENTACIÓN 5.1. COMITÉ MULTISECTORIAL Conformado por representantes del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la Autoridad Nacional del Agua-ANA, Ministerio de Salud, Ministerio del Ambiente y la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento-SUNASS. El Comité Multisectorial podrá convocar para asesoría u opinión en temas de su competencia a instituciones representantes del gobierno nacional, regional y local, así como a Prestadores de Servicios de Saneamiento, Sociedad Civil, Universidades y usuarios de las aguas residuales domésticas y municipales tratadas. 5.1.1. Objetivo del Comité Multisectorial: Planifi cación y monitoreo de la implementación de los Lineamientos de Política antes descritos. 5.1.2. Coordinación del Comité Multisectorial: A cargo de la Ofi cina del Medio Ambiente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Responsable de elaborar en coordinación con las instituciones involucradas el Plan de Implementación de los Lineamientos de Política, que será presentado para la aprobación del Comité Multisectorial. 5.2. PROYECTO PILOTO El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento en coordinación con la Asociación Nacional de Empresas Prestadoras de Servicios-ANEPSSA, planifi cará, programará y coordinará la ejecución de uno o más Proyectos Piloto, que incorporen las propuestas técnico- normativas que disponen los Lineamientos de Política establecidos. Octubre, 2010 563983-1 Autorizan incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Intitucional del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para el Año Fiscal 2010, para la ejecución de proyectos de saneamiento en la provincia de Pisco RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 177-2010-VIVIENDA Lima, 5 de noviembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo señalado en el numeral 2.1 del artículo 2° del Decreto de Urgencia N° 089-2009, los recursos del “Fondo para la Reconstrucción - Sismo 15 de agosto de 2007” creado por el artículo 3° del Decreto de Urgencia N° 026-2007 son incorporados en los pliegos presupuestarios que realicen las actividades, proyectos y programas priorizados por el Directorio de FORSUR o quien haga sus veces, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, para cuyo efecto FORSUR comunica, mediante resolución de su más alta autoridad, al Ministerio de Economía y Finanzas para que a través de la Dirección Nacional de Tesoro Público, efectúe directamente la asignación fi nanciera correspondiente, con cargo a los citados recursos, a favor de la entidad pública benefi ciaria a través de la unidad ejecutora o Gobierno Local respectivo y por el monto que determine FORSUR conforme al Acuerdo de su Directorio o de quien haga sus veces. Cada asignación fi nanciera será publicada en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas Que, asimismo, el citado numeral señala que los pliegos presupuestarios que reciben asignaciones fi nancieras, incorporan dichos recursos en sus presupuestos mediante Resolución de su Titular y conforme a lo dispuesto por el artículo 42° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, siendo que las referidas resoluciones se publican en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el portal institucional de las entidades públicas benefi ciarias; Que, el numeral 2.2 del artículo 2° del Decreto de Urgencia N° 089-2009, dispone que “Cuando la actividad, proyecto o programa esté a cargo de una empresa pública de saneamiento o por el Banco de Materiales, la asignación fi nanciera con cargo a los recursos señalados en el numeral precedente, se efectúa directamente a favor del pliego Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para que a su vez dicho ministerio transfi era fi nancieramente los recursos conforme a lo establecido en el artículo 3° del Decreto de Urgencia N° 046-2009 y por resolución de su Titular que se publica en el Diario Ofi cial El Peruano”; Que, mediante los Ofi cios N° 1452-2010/FORSUR-CG y N° 1483-2010/FORSUR-CG, el Coordinador General del FORSUR informa que en el marco de lo dispuesto por el artículo 2° del Decreto de Urgencia N° 089-2009, la Dirección Nacional de Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas, ha realizado la asignación fi nanciera a favor del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – MVCS, por un monto de S/. 11 144 771,55, para ser destinados al fi nanciamiento para la ejecución y supervisión de tres (03) proyectos de saneamiento ubicados en la provincia de Pisco del Departamento de Ica, conforme se detalla en el Anexo de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 090-2010-FORSUR/PE, cuya Unidad Ejecutora es la EPS EMAPISCO S.A.; Que, con Memorándum N° 1227-2010/VIVIENDA/ VMCS/PAPT/1.0, la Dirección Ejecutiva del Programa Agua Para Todos – PAPT, solicita la incorporación de los recursos transferidos por el FORSUR con cargo a los recursos del “Fondo para la Reconstrucción – Sismo 15 de agosto de 2007”, para lo cual adjunta el Informe Nº 044-2010/VIVIENDA/VMCS/ PAPT/2.0 de la Unidad de Administración del PAPT en el cual se señala que el Programa en mención, cuenta con una asignación fi nanciera por el importe de S/. 11 144 771,55, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, para ser destinados al fi nanciamiento para la ejecución y supervisión tres (03) proyectos de saneamiento a que se refi ere el considerando precedente; Que, mediante el Memorándum Nº 2119-2010/ VIVIENDA-OGPP, la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto, en el marco de lo dispuesto por el artículo 2° del Decreto de Urgencia N° 089-2009, emite opinión favorable respecto de la incorporación de mayores fondos públicos solicitada por la Dirección Ejecutiva del PAPT; Que, el numeral 42.1 del artículo 42° de la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las incorporaciones de mayores fondos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobados mediante resolución del Titular de la Entidad cuando provienen, entre otros, de Fuentes de Financiamiento distintas a las de Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito que se produzcan durante el año fi scal; Que, el acápite ii) del numeral 2.1 del artículo 2° del Anexo N° 1: Ejecución del Presupuesto de los Pliegos del