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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2010 (11/11/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 71

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 11 de noviembre de 2010 428979 ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL PLANO URBANO Y EXPANSIÓN URBANA DEL CENTRO POBLADO EL TUCO, DEL DISTRITO DE BAMBAMARCA, PROVINCIA DE HUALGAYOC, DEPARTAMENTO Y REGION CAJAMARCA Artículo Primero.- APRUEBASE el PLANO DE DELIMITACIÓN DEL ÁREA URBANA Y DEL ÁREA DE EXPANSIÓN URBANA DEL CENTRO POBLADO “EL TUCO”, de acuerdo a los datos técnicos establecidos por la Gerencia de Infraestructura Urbana y Rural de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc – Bambamarca en las que se delimitan las áreas Urbanas y de Expansión Urbana, georeferenciados a las Coordenadas UTM Cartesianas PSAD 56 Zona 17; incorporando todos los datos técnicos establecidos en el Decreto Supremo Nº 041-2007-EM, norma que regula el otorgamiento de las Concesiones Mineras en Áreas Urbanas y de Expansión Urbana. Artículo Segundo.- PRECISAR que en las zonas determinadas como áreas urbanas y de expansión Urbana del Centro Poblado El Tuco comprensión del distrito de Bambamarca, provincia de Hualgayoc, región Cajamarca, no se permita actividad minera de ninguna clase. Artículo Tercero.- PUBLIQUESE la presente Ordenanza y remítase el plano conjuntamente con los datos técnicos indicados en el artículo Nº 01 de la presente ordenanza a la Dirección de Catastro Minero del Instituto Geológico Minero y Metalúrgico para su ingreso en el sistema catastral. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Infraestructura Urbana y Rural, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. ESTEBAN CAMPOS BENAVIDES Alcalde 565716-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARI Nombran Auxiliar Coactivo de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 2775-2010-MPHi. Huari, 29 de octubre del 2010. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARI, ZONA DE LOS CONCHUCOS DE LA REGIÓN ANCASH VISTO: El Informe Nº 001-2010/CECPM de la Comisión Evaluadora para la designación del Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Provincial de Huari, designada mediante Resolución de Alcaldía Nº 2673-2010-MPHi. CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local, con personería jurídica de Derecho Público y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el primer párrafo del Artículo 194° de la Constitución Política, modifi cado por Ley de Reforma Constitucional - Ley N° 27680, y concordante con lo dispuesto en el Artículo 2o de la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, la Ley N° 26979 - Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, establece de forma expresa en su artículo 7º, que la designación del Ejecutor como la del Auxiliar Coactivo se efectuará mediante Concurso Público de Méritos, ingresando los mismos como funcionarios de la Entidad a la cual representan, y ejercerán su cargo a tiempo completo y dedicación exclusiva, percibiendo una remuneración de carácter permanente, encontrándose impedidos de percibir comisiones, porcentajes o participaciones cuyo cálculo se haga en base a los montos recuperados en los procedimientos a su cargo; Que, el artículo 1º de la Ley N° 27204 precisa que el Ejecutor y el Auxiliar Coactivo son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representan, y su designación, en los términos señalados en el Artículo 7º de la Ley N° 26979, “Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva”, no implica que dichos cargos sean de confi anza; Que, con Ordenanza Municipal No. 084-2009-MPHi de fecha 15 de Setiembre del 2009 se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal – CAP de la Municipalidad Provincial de Huari, donde se considera la plaza de Auxiliar Coactivo; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 2618-2010- MPHi; de fecha 27 de Agosto de 2010 se resuelve Aceptar la Renuncia formulada por el señor GINO ARTEMIO HUERTO BRAVO al cargo de Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Provincial de Huari. Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 2665-2010- MPHi; de fecha 20 de Setiembre de 2010 se resuelve aprobar las Bases del Concurso Público Nº 002-2010-MPHi de meritos para el Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Provincial de Huari, que comprende: XV títulos que forma parte pertinente de la presente Resolución. Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 2673-2010- MPHi; de fecha 21 de Setiembre de 2010 se resuelve designar la Comisión Evaluadora para la selección del Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Provincial de Huari. Que, mediante Informe N° 001-2010/CECPM de fecha 28 de Octubre del 2010, el Presidente de la Comisión a cargo del Concurso Público de Méritos para elegir al Auxiliar Coactivo comunica al Despacho de Alcaldía la conclusión del proceso de selección respectivo, adjuntando el cuadro de méritos del postulante al cargo de Auxiliar Coactivo, solicitando acto seguido, la emisión de la respectiva Resolución de Alcaldía y su correspondiente publicación; siendo competencia de Alcalde nombrar, designar, contratar y cesar al personal municipal de la Entidad. En uso de las atribuciones conferidas por los incisos 6) y 13) del artículo 47° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, y lo dispuesto en la Ley N° 26979 y demás normas modifi catorias y reglamentarias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar los Resultados del Concurso Público de Meritos Nº 002-2010-MPHi para el Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Provincial de Huari; elevados por la Comisión Evaluadora; designada mediante Resolución de Alcaldía Nº 2673-2010-MPHi. Artículo Segundo.- NOMBRAR a partir del día 29 de Octubre del 2010 al Señor Yuri Milagro CERNA MALLQUI, en el cargo de Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Provincial de Huari. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y las respectiva Gerencias de Línea el cumplimiento de la presente Resolución, Artículo Cuarto.- Disponer que Secretaría General ofi cie con copia certifi cada de la presente resolución al Banco de la Nación, instituciones bancarias, Registros Públicos, PNP y demás instituciones públicas y privadas para su respectivo conocimiento y su publicación correspondiente. Artículo Quinto.- DEROGUESE todas las disposiciones que se opongan a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. HERBERTH F. SOLIS ALCEDO Alcalde 565277-1