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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2010 (11/11/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 57

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 11 de noviembre de 2010 428965 Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Ordinaria, desarrollada en el Auditorio del Gobierno Regional de San Martín – Moyobamba, llevado a cabo el día martes 07 de Setiembre del 2010, aprobó por unanimidad la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- AMPLIAR y MODIFICAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA y la Guía de Servicios de la Dirección Regional Agraria de San Martín el cual formará parte integrante de la presente Ordenanza Regional y cuyo anexo que se publicará en la página Web del Gobierno Regional de San Martín. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección Regional Agraria San Martín realizar los trámites respectivos para la publicación de la presente Ordenanza Regional en el diario de mayor circulación del Departamento de San Martín y en el Diario Ofi cial El Peruano, previa promulgación del Presidente Regional del Gobierno Regional de San Martín. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de San Martín para su promulgación. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de San Martín a los 20 días del mes de setiembre del 2010. MARDEN RODRIGUEZ MELÉNDEZ Presidente (e) Consejo Regional de San Martín POR TANTO: Mando se publique y cumpla. WILIAN A. RIOS TRIGOZO Presidente Regional 564848-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Amplían plazo de reserva de terrenos destinados a la ejecución del Proyecto denominado “Terreno Patio Norte Carabayllo” ORDENANZA N° 1449 EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA ENCARGADO DE LA ALCALDIA POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 28 de octubre del 2010, el Dictamen N° 174-2010-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; Aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE AMPLIA EL PLAZO DE RESERVA DE TERRENOS DESTINADOS A LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO DENOMINADO TERRENO PATIO NORTE CARABAYLLO Artículo Primero.- Ampliar el plazo de reserva establecido en la Resolución de Alcaldía Nº 7352-2000- MML, de fecha 14 de octubre de 2000, por un plazo de 10 años de los terrenos constituidos por parte de los predios rústicos denominados Punchauca, Caudivilla y sus Anexos Concon y Huacoy, ubicados en el distrito de Carabayllo, para la ejecución del Proyecto del Patio Taller Norte del Terminal del Metro de Lima “Tren Eléctrico“ denominado “Terreno Patio Norte Carabayllo”, conforme al Cuadro de Áreas y área total de 76,627.25 m2 precisadas en su Artículo Primero. Artículo Segundo.- Suspender cualquier tipo de autorización urbana que pueda entorpecer la disponibilidad del área de reserva establecida en el Artículo Primero, que posibilite el futuro desarrollo del proyecto defi nitivo, encargando el control urbano a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, en coordinación con las Gerencias de Desarrollo Urbano y de Fiscalización y Control de la Municipalidad Metropolitana de Lima. POR TANTO Regístrese, publíquese y cúmplase En Lima 03.NOV.2010. MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima Encargado de la Alcaldía 565225-1 Modifican la Ordenanza Nº 1317 respecto a la evaluación de los organismos públicos descentralizados de la Municipalidad Metropolitana de Lima ORDENANZA N° 1450 EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA ENCARGADO DE LA ALCALDIA POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 28 de octubre del 2010, el Dictamen N° 244-2010-CMAEO de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y de Organización; Aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA N° 1317 RESPECTO A LA EVALUACION DE LOS ORGANISMOS PUBLICOS DESCENTRALIZADOS DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Artículo Único.- Modifi car el texto del Artículo 14° de la Ordenanza 1317, aprobada el 09 de diciembre del 2009, en lo que corresponde al plazo, por el siguiente: “Disposición Transitoria Artículo 14°.- Del inicio de las evaluaciones Artículo Único.- Sustituir el texto del Artículo 14° de la Ordenanza N° 1317 aprobada el 09 de diciembre 2009, por lo siguiente: Disposición Transitoria Artículo 14°.- Los Organismos Públicos Descentralizados de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en pleno ejercicio de sus funciones, a la fecha de promulgación de la Ordenanza N° 1317, presentaran sus Planes Estratégicos Institucionales en los términos aprobados por los respectivos Consejos Directivos para conocimiento formal al Concejo Metropolitano. Asimismo, los Organismos Públicos Descentralizados de la Municipalidad Metropolitana de Lima, presentaran un informe de resultados de gestión anual, que comprende