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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 11 de noviembre de 2010 428967 Que, mediante Valorización N° 026-2010-SGPUC- GDU/MDA de fecha 26 de Marzo de 2010, se calculó el défi cit de aporte correspondiente a Recreación Pública con un área de 339.76 m2, Servicios Públicos Complementarios - Otros Fines con un área de 90.07 m2 y por Proyectos y Control de Obras cuyo monto total asciende a la suma de S/. 9,638.04 y con Recibo de Pago Nº 0006186150 de fecha 26/04/10 pagado en la tesorería de esta Corporación Municipal, acreditan la cancelación de dicha Valorización, Que, mediante Resolución Jefatural N° 1797-2010- ED de fecha 04 de Agosto de 2010, el Ministerio de Educación, valoriza el défi cit de aporte reglamentario de 90.07 m2 para dicha entidad correspondiente al presente trámite de Habilitación Urbana haciendo un monto total de S/. 1,644.28, y mediante Boleta de Venta Nº 0005542 de fecha 23 de Agosto de 2010 los administrados cumplen con cancelar el pago para dicho aporte reglamentario en la Tesorería de dicha entidad, Que, mediante Constancia de Cancelación emitido por EMILIMA S.A. se comunica que los administrados han cumplido con cancelar el pago del défi cit del Aporte Reglamentario de Renovación Urbana por un área de 48.54 m2, haciendo un total de S/. 873.72 y mediante Recibo de Caja Nº 000851 con fecha 30/04/10 se acredita la cancelación del mencionado aporte reglamentario, Que, mediante Resolución de Gerencia Administrativa Nº 810-2010 de fecha 10 de Junio de 2010 la Gerencia Administrativa de SERPAR – LIMA aprueba la valorización del área de 90.07 m2 correspondiente al aporte para Parques Zonales correspondiente a la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial, del terreno con un área de 4,853.68 m2, constituido por la U.C. Nº 10702 del Sector La Viña Fundo San Juan de Pariachi, ascendente a la suma de $/. 9,007.00 y con Recibo de Ingresos Nº 0070977 de fecha 09 de Julio de 2010 pagado en la tesorería de dicha institución, los administrados cumplen con cancelar el défi cit del mencionado aporte reglamentario, Que, mediante Informe N° 199-2010-DLFM de fecha 14 de Setiembre de 2010, emitido por el Área de Habilitaciones Urbanas de la Sub Gerencia de Planifi cación Urbana y Catastro por el cual informa que el presente trámite de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada es procedente; y que los administrados han cumplido con presentar la documentación y cancelar los pagos estipulados por el TUPA vigente, Estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 3.6.1 del capítulo II del artículo 79° de la Ley Orgánica de Municipalidades 27972, Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, así como de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29090 – Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, Ordenanza Nº 836-MML y por el Reglamento Nacional de Edifi caciones. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR de acuerdo con el Plano signado con el N° 068-2010-SGPUC-GDU/MDA, que forma parte de la presente Resolución, el Proyecto de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media “RDM” del terreno con un área de 4,853.684 m2, constituido por la U.C. Nº 10702 del Sector La Viña Fundo San Juan de Pariachi, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a doña PASCUALINA GONZALO CARHUALLANQUI, hasta el 30 de diciembre de 2012 a ejecutar la culminación de las obras faltantes de Habilitación Urbana en el terreno de 4,853.684 m2 teniendo en cuenta las características y especifi caciones técnicas de acuerdo a la siguiente descripción: CUADRO DE AREAS ÁREA BRUTA TOTAL: 4,853.684 m2 ÁREA ÚTIL TOTAL: 3,335.270 m2 ÁREA DE VÍAS: 1,518.414 m2 CUADRO DE APORTES REGLAMENTARIOS El área afecta a aportes es igual al Área Bruta de 4,853.684 m2 y de conformidad con la Ordenanza Nº 836- MML, para la zonifi cación “RDM” – Residencial Densidad Media, son los siguientes: APORTES ORDENANZA 836-MML PROYECTO DEFICIT (m2) % (m2) RECREACION PUBLICA 7 339.76 - 339.76 PARQUES ZONALES (SERPAR) 2 90.07 - 90.07 RENOVACION URBANA (FOMUR) 1 48.54 - 48.54 MINISTERIO DE EDUCACION 2 90.07 - 90.07 OTROS FINES 2 90.07 - 90.07 El Défi cit de Aportes de Recreación Pública - Otros Fines, Parques Zonales, Renovación Urbana y Ministerio de Educación fueron redimidos en dinero ante cada Entidad correspondiente, de acuerdo con lo señalado en el cuarto, quinto, sexto, sétimo considerando. AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO: Obras Sanitarias.- Serán ejecutadas de conformidad con el Proyecto de Obras Generales de Agua Potable y Alcantarillado del proyecto de Agua para Todos del sector San Juan, La Gloria, Pariachi, debiendo elaborar sus proyectos de redes secundarias de agua potable y alcantarillado de acuerdo a los lineamientos generales establecidos en dicho esquema; correspondiendo además, tomar conocimiento SEDAPAL, sobre la fecha de inicio y término de las obras. ENERGÍA ELÉCTRICA: Electricidad.- Los interesados deberán solicitar a LUZ DEL SUR la instalación defi nitiva de las obras parciales ejecutadas correspondientes a las redes primarias y secundarias de energía eléctrica pública y domiciliaria, los cuales serán ejecutados de acuerdo a los planes de expansión de dicha compañía. PAVIMENTACIÓN DE PISTAS Y VEREDAS: Sub Rasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de Sub rasante, será necesario efectuar una evaluación de la superfi cie del terreno natural, eliminando el que contenga restos orgánicos, escarifi cando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m, mediante la adición de material granular, mezclándose con riego sucesivos y cercanos al óptimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20 Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afi rmada de 0.20 m de espesor, compactado, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material gruesos (con diámetros máximo de 1 ½”), fi nos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuara con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice de C.B.R. de 80. Se procurara una superfi cie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2” de espesor. Superfi cie de Rodadura.- Suelo estabilizado. Aceras.- Será de concreto simple de 4” de espesor con una resistencia a la compresión axial de f´c=140 Kg. /cm2, construido sobre una base granular de 4” de espesor compactada al 100% de la densidad seca del proctor estándar.