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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2010 (11/11/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 58

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 11 de noviembre de 2010 428966 aspectos administrativos, fi nancieros y económicos sobre la base de sus Planes Operativos Institucionales, al Concejo Metropolitano, en forma obligatoria y a los 15 días del mes de noviembre de cada año; previo conocimiento de la Gerencia de Planifi cación y Gerencia de Finanzas. El incumplimiento de lo dispuesto en el presente Artículo, será de conocimiento de la Ofi cina General de Control Interno, para las acciones correspondientes”. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Lima, 03.NOV.2010 MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima Encargado de la Alcaldía 565225-2 Modifican el Plano de Zonificación del Cercado de Lima aprobado por Ordenanza Nº 893-MML ORDENANZA N° 1451 EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA, ENCARGADO DE LA ALCALDIA, POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 28 de octubre del 2010, el Dictamen Nº 173 -2010-MML- CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL CERCADO DE LIMA APROBADO POR ORDENANZA Nº 893-MML Artículo Primero.- Modifi car el Plano de Zonifi cación del Cercado de Lima, Provincia y Departamento de Lima, aprobado mediante Ordenanza Nº 893-MML publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 27 de diciembre del 2005 y modifi cada por Ordenanza Nº 1020-MML publicada el 13 de junio del 2007, de Industria Liviana (I2) y Comercio Zonal (CZ) a Comercio Zonal (CZ), para el predio de propiedad de la Empresa Constructora Premium S.A.C., ubicado en la Av. Venezuela Nos. 1829, 1839, 1855, 1816C, 1861B, 1873, 1883, 1861 y Av. Tingo María 1040, 1048, 1044, 1058, 1068. Artículo Segundo.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planifi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el Plano de Zonifi cación del Cercado de Lima, la modifi cación aprobada en el Artículo Primero de la presente Ordenanza. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla Lima, a los 03.NOV.2010. MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima Encargado de la Alcaldía 565225-3 MUNICIPALIDAD DE ATE Aprueban proyecto de regularización de habilitación urbana ejecutada para uso residencial de terreno ubicado en el distrito RESOLUCIÓN DE SUBGERENCIA N° 564 Ate, 27 de setiembre de 2010 EL SUBGERENTE DE PLANIFICACIÓN URBANA Y CATASTRO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: El Expediente N° 43027 de fecha 30 de Diciembre de 2009, seguido por don PASCUALINA GONZALO CARHUALLANQUI, por el cual solicita la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada de zonifi cación Residencial de Densidad Media “RDM” del terreno con un área de 4,853.684 m2, constituido por la U.C. Nº 10702 del Sector La Viña Fundo San Juan de Pariachi, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Artículo 194°, numeral 5) del Artículo 195° de nuestra Carta Magna, las Municipalidades Provinciales y Distritales son Órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y le corresponde planifi car el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones y ejecutar los planes y programas correspondientes, Que, de acuerdo a la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, señala en su artículo I del Título Preliminar que los gobiernos locales son entidades básicas de la organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la población y la organización. Asimismo, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes. Además, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, dado que nuestra carta magna establece que la autonomía de las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, que en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 79° numeral 3) del acotado cuerpo legal, las municipalidades, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, ejercen funciones específi cas exclusivas de las Municipalidades Distritales: 3.6 Normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fi scalización de: 3.6.1. Habilitaciones urbanas, Que, mediante Acuerdo N° 02, tomado en Sesión N° 04-10-CTDHU/MDA de fecha 18 de Marzo de 2010 la Comisión Técnica Dictaminadora de Habilitaciones Urbanas dictaminó FAVORABLE el proyecto de Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada, para Uso Residencial de Densidad Media “RDM” del terreno con un área de 4,853.684 m2, constituido por la U.C. Nº 10702 del Sector La Viña Fundo San Juan de Pariachi, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; estableciéndose como défi cit de Aportes; Recreación Pública con un área de 339.76 m2, Parques Zonales con un área de 90.07 m2, Ministerio de Educación con un área de 90.07 m2, Servicios Públicos Complementarios - Otros Fines con un área de 90.07 m2 y Renovación Urbana con un área de 48.54 m2; los cuales deberán de redimirse en dinero previo a la Recepción de Obra de conformidad con la Ordenanza N° 836-MML,