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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2010 (14/11/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 14 de noviembre de 2010 429203 de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 29477 – Ley que inicia el Proceso de Consolidación del Espectro Normativo Peruano, publicada con fecha 18.12.2009, entró en vigencia 90 días calendario después de su publicación, conforme a lo señalado por la Única Disposición Complementaria Final, la cual dispone la publicidad de normas no vigentes; Que, el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que “Las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, la administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa.(…)”. Asimismo el Artículo 9º inciso 8) de la misma norma, señala que corresponde al Concejo Municipal “Aprobar, modifi car o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos”; Que, mediante Memorando Circular Nº 002-2010- GAJ-MSS de fecha 11.06.2010, la Gerencia de Asesoría Jurídica solicitó a todas las unidades orgánicas de la Municipalidad, la revisión de las Ordenanzas remitidas en listado vía correo electrónico, dentro del ámbito de su competencia, recibiendo respuesta de las siguientes áreas: - Gerencia de Imagen Institucional. - Subgerencia de Organizaciones Sociales. - Subgerencia de Trámite Documentario. - Gerencia de Administración. - Subgerencia de Defensa Civil. - Subgerencia de Fiscalización Tributaria. - Subgerencia de Recaudación. - Órgano de Control Institucional. - Gerencia de Desarrollo Humano y Proyección Social. - Subgerencia de Salud. - Gerencia de Desarrollo Urbano. - Subgerencia de Licencias y Autorizaciones Urbanas. - Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro. - Gerencia de Obras Públicas. - Subgerencia de Ejecución de Obras Públicas. - Subgerencia de Fiscalización. - Gerencia de Sistemas y Procesos. - Gerencia de Educación. - Procuraduría Pública Municipal. - Gerencia de Finanzas. - Gerencia de Planeamiento y Presupuesto. - Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente. - Subgerencia de Limpieza Pública, Parques y Jardines y, - Subgerencia de Mantenimiento y Ornato. Que, con Informe Nº 1001-2010-GAJ-MSS del 16.09.2010, la Gerencia de Asesoría Jurídica, indica que la Ley Nº 29477 – Ley que inicia el Proceso de Consolidación del Espectro Normativo Peruano, tiene por objeto la publicación de normas no vigentes a efectos de señalar aquellas normas que ya no forman parte del ordenamiento jurídico. En tal sentido, señala que luego de la revisión efectuada el 31.05.2010, se tiene que existen normas que ya no se encuentran vigentes, las mismas que deberán publicarse y difundirse mediante norma de igual nivel, en este caso mediante Ordenanza, cuyo texto adjunta, el cual deberá ser aprobado por el Concejo Municipal conforme a lo señalado en el Artículo 8º de REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotiza@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 3 páginas o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL