Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2010 (14/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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Debe decir:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 14 de noviembre de 2010

ORGANOS AUTONOMOS ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES
Declaran en situacion de ingobernabilidad a la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA y conforman Comision de Orden y Gestion
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 1116-2010-ANR MORDAZA, 12 de noviembre de 2010 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El acuerdo de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria reunida en sesion extraordinaria el 10 de noviembre de 2010; Resolucion Nº 0625-2010-ANR, y; CONSIDERANDO: Que, el Comite Electoral Externo de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA, mediante Oficio N° 105CEE-UNFV-2010, de 22 de octubre de 2010, comunica la realizacion de las elecciones estudiantiles para el 25 de octubre; sin embargo, con Oficio Nº 106-CEE-UNFV-2010 del 25 de octubre de 2010, informa la disposicion del Rector del cierre de todos los locales universitarios hasta el 28 de octubre del 2010 y la decision del Consejo Universitario de suspender las elecciones que estan hechas contra la realizacion de las elecciones estudiantiles en la mencionada MORDAZA superior de estudios. Asimismo, el Rector mediante Oficio Nº 1646-2010R-UNFV remite la Resolucion R. Nº 12161-2010-UNFV del 29 de octubre de 2010 por la que se declara nulo el MORDAZA electoral que se encontraba desarrollando el Comite Electoral Externo nombrado por la Asamblea Nacional de Rectores y ademas con Resolucion R. Nº 12214-2010-CU-UNFV publicada el 09 de noviembre de 2010 se da por concluidas las funciones del Comite, al haberse declarado nulo el MORDAZA electoral que se encontraba desarrollando; Que, con anterioridad frente a diversas denuncias efectuadas ante la Comision de Educacion, Ciencia, Tecnologia, Cultura y Patrimonio Cultural del Congreso de la Republica y en merito a las atribuciones de la Ley N° 27602, mediante la Resolucion N° 1237-2009-ANR del 10 de noviembre del 2009, Asamblea Nacional de Rectores designo una Comision Informante a fin de que verifique in situ la veracidad respecto de las denuncias de irregularidades en la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA, la que presento su Informe el 26 de febrero del 2010, precisando que no existe representacion estudiantil en los organos de gobierno, no se realizan ratificaciones ni ascensos de los docentes; Que, lejos de superar tales observaciones, con la Resolucion N° 10997-2010-CU-UNFV del 18 de MORDAZA del 2010, violando el articulo 39° de la Ley Universitaria N° 23733 y sin tener atribuciones para ello, el Consejo Universitario de la UNFV, suspendio las funciones del Comite Electoral Universitario Interno, sometiendo a sus miembros a procesos disciplinarios, debiendo tomarse en cuenta que la intromision en las funciones del Comite Electoral o el desconocimiento de sus acuerdos o resoluciones, constituye grave irregularidad y causal de intervencion, conforme a la Ley N° 27602; Que, con Oficio N° 800-2010-R-UNFV del 02 de junio del 2010, el mismo Rector de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA, comunico a la ANR la suspension del MORDAZA de elecciones 2010 y la decision de encargar los Decanatos en forma interina a partir del 01 de junio de 2010, ya que los Decanos titulares habian culminado sus funciones el 31 de MORDAZA del 2010; y solicito a la

«Visto, en sesion de fecha 20 de setiembre de 2010 de la Cuarta Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado, el Expediente Nº 420/2010.TC, sobre el procedimiento administrativo sancionador iniciado contra MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, al no haber suscrito injustificadamente el contrato, a pesar de haber resultado ganador del otorgamiento de la buena pro en el MORDAZA Bases Nº 003-2009-CAPCA-MPH (Primera Convocatoria)» 2. Rectificar el error material incurrido en el numeral 3 de los antecedentes de la Resolucion Nº 1767-2010TC-S4 del 20 de setiembre de 2010, en los siguientes terminos: Dice: «Por Oficio Nº 077-2010-MPH-GA presentado el 22 de marzo de 2010, la Entidad comunico al Tribunal de Contrataciones del Estado, en adelante el Tribunal, que la senora MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, en adelante el Postor, no se apersono a suscribir contrato derivado del otorgamiento de la buena pro del MORDAZA Bases Nº 003-2009-CAPCAMPH (Primera Convocatoria), item Nº 01» (el subrayado es nuestro)». Debe decir: «Por Oficio Nº 077-2010-MPH-GA presentado el 22 de marzo de 2010, la Entidad comunico al Tribunal de Contrataciones del Estado, en adelante el Tribunal, que la senora MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, en adelante el Postor, no se apersono a suscribir contrato derivado del otorgamiento de la buena pro del MORDAZA Bases Nº 003-2009-CAPCA-MPH (Primera Convocatoria), item Nº 01.» 3. Rectificar el error material incurrido en el numeral 1 de la parte resolutiva de la Resolucion Nº 1767-2010TC-S4 del 20 de setiembre de 2010, en los siguientes terminos: Dice: «Imponer a la senora MORDAZA MORDAZA de MORDAZA sancion administrativa de inhabilitacion temporal por el periodo de doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, la cual entrara en vigencia a partir del MORDAZA de dia de notificada la presente Resolucion» (el subrayado es nuestro). Debe decir: «Imponer a la senora MORDAZA MORDAZA de MORDAZA sancion administrativa de inhabilitacion temporal por el periodo de doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, la cual entrara en vigencia a partir del MORDAZA de dia de notificada la presente Resolucion.» 4. Dejar subsistente en sus demas extremos Resolucion Nº 1767-2010-TC-S4 del 20 de setiembre de 2010. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA ZAVALA. ZUMAETA GIUDICHI. ISASI BERROSPI. 566168-12

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