Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2010 (14/11/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 38

429194

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 14 de noviembre de 2010

Que, el literal a) del Articulo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que es atribucion del Consejo Regional: "Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional". Asimismo, el Articulo 38º del mismo cuerpo normativo, senala: "Las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Una vez aprobadas por el Consejo Regional son remitidas a la Presidencia Regional para su promulgacion"; Que, la Direccion Regional Agraria de Amazonas, ha presentado al Gobierno Regional Amazonas, el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) reformulado y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), reformulado, del sector, para su aprobacion de conformidad con las normas vigentes que rigen la organizacion y funciones del Gobierno Regional; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF), es un documento tecnico normativo de Gestion Institucional, que formaliza la estructura organica de la entidad, orientado al esfuerzo institucional y el logro de su mision, vision y objetivos. Contiene las funciones generales y compartidas, asi como las funciones especificas de los Organos y Unidades Organicas, estableciendo sus atribuciones y responsabilidades en el MORDAZA de las normas legales respectivas vigentes; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) propuesto por la Direccion Regional de Agricultura de Amazonas, sustenta su modificacion en razon de haberse aprobado mediante D.S. Nº 056-2010-PCM, la transferencia a los Gobiernos Regionales, de las funciones referentes a la formalizacion y titulacion de predios rusticos de tierras eriazas y la reversion de predios rusticos adjudicados a titulo oneroso por el estado con fines agrarios, ocupados por asentamientos humanos a que se refiere la Ley Nº 28667, lo que amplia la funcion de Saneamiento Fisico Legal y hace necesario para su ejercicio y gestion, la creacion de la Direccion de Saneamiento de la Propiedad Agraria, que se apertura en la Estructura Organica de la Direccion Regional Agraria; Que, se ha determinando que el indicado documento de gestion se ha reformulado ademas, dentro de los alcances del D.S. Nº 043-2006-PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones, en las entidades de la Administracion Publica, en observancia a la Ley Nº 28273 Ley del Sistema de Acreditaciones de los Gobiernos Regionales y Locales y de la Resolucion Suprema Nº 011-2007-AG, MORDAZA normas que establecen disposiciones para que los Gobiernos Regionales adecuen sus instrumentos institucionales de gestion de acuerdo a las competencias solicitadas a fin de ejercer las funciones especificas transferidas y finalmente del D.S. Nº 040-2010-PCM, que aprueba el Reglamento para la transferencia de Recursos Humanos del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales y Locales; por lo que cumpliendo con los requisitos que exigen las normas y contando con opinion tecnica y legal favorable de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, a traves de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional e Informatica y de la Oficina Regional de Asesoria Juridica, respectivamente, asi como con el Dictamen favorable de la Comision Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional, es procedente su aprobacion mediante la MORDAZA regional correspondiente; Que, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, es un documento de gestion institucional de una entidad, que contiene la informacion relativa a la tramitacion de los procedimientos administrativos ante sus distintas dependencias, con el objeto de obtener de estas un determinado pronunciamiento; Que, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Direccion Regional Agraria de Amazonas se reformula en razon a la ampliacion del plazo de reconsideracion y apelacion a 30 dias, recomendado por el Ministerio de Agricultura, lo que es favorable al administrado, cumpliendo en su formulacion con el MORDAZA legal respectivo; por lo que se hace necesario su aprobacion mediante Ordenanza Regional; Estando a lo acordado y aprobado por unanimidad del pleno, en Sesion Ordinaria de Consejo Regional Nº 019, mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 174-

2010, de fecha 13 de Octubre del 2010; y en uso de las atribuciones conferidas por el Inciso a) del articulo Nº 37º, Concordante con el Art. Nº 38º de la Ley Organica de Gobierno Regionales Nº 27867; Se ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- APROBAR el "Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) reformulado de la Direccion Regional Agraria, que consta de cinco (05) Titulos, nueve (09) Capitulos, cincuenta y tres (53) Articulos y cinco (05) Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) reformulado de la Direccion Regional Agraria, que en 33 folios y 17 folios respectivamente, forman parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- DEJAR sin efecto la Ordenanza Regional Nº 247-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/ CR, del 04 de Enero del 2010 y la Ordenanza Regional Nº 256-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR, del 28 de MORDAZA del 2010. Articulo Tercero.- DISPONER que a traves de la Secretaria del Consejo Regional se Publique la presente Ordenanza Regional, en el Diario Oficial El Peruano, y el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional Amazonas. Comuniquese al Senor Presidente del Gobierno Regional Amazonas, para su promulgacion. En Chachapoyas, a los 21 dias del mes de Octubre del ano 2010. MORDAZA MORDAZA CHUQUIMBALQUI Consejero Delegado Consejo Regional de Amazonas POR TANTO Registrese, publiquese y cumplase. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas a los 26 de octubre de 2010. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Gobierno Regional de Amazonas 566340-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Relacion de concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en los meses de MORDAZA y agosto de 2010
RESOLUCION DIRECTORAL N° 138-2010-GR-HUANUCO/DREMH MORDAZA, 7 de octubre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, dispone que los Gobiernos Regionales ejerceran funciones especificas, las mismas que se formularan en concordancia con las politicas nacionales, encontrandose entre ellas, asumir las funciones en materia de minas, que especificamente resulta: Otorgar concesiones para pequena mineria y mineria artesanal de alcance regional; conforme lo senala el inciso f) del articulo 59° de la referida Ley; Que, por Resolucion Ministerial N° 550­2006-MEM/ DM, publicada con fecha 18 de noviembre de 2006, se declaro que el Gobierno Regional de MORDAZA, concluyo el MORDAZA de transferencia de funciones sectoriales en materia de Energia y Minas, siendo competente a partir de esa fecha para el ejercicio de las mismas; Que por Ordenanza Regional Nº 005-2003-CRH, reformulado mediante Ordenanza Regional Nº 059-2006CR-GRH,se aprobo el Reglamento de Organizacion y

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.