Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2010 (14/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 14 de noviembre de 2010

NORMAS LEGALES

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Presidencia de la ANR la orientacion especifica para llevar a cabo el MORDAZA de elecciones generales 2010; Que, ademas, el Rectorado de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA, con Oficio N° 0922-2010-R-UNFV del 24 de junio del 2010, en uso de su derecho de defensa, dio respuesta a los Oficios N°s. 761 y 769-2010-SE de la ANR referidos a las denuncias presentadas por docentes de la UNFV; Que, de lo MORDAZA referido, se evidencia que en la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA desde el 18 de MORDAZA del 2010, se suspendio el funcionamiento del Comite Electoral Universitario Interno, vulnerandose el articulo 39° de la Ley Universitaria y que no pueden funcionar la Asamblea Universitaria por ausencia de los representantes docentes y estudiantiles al haber vencido su mandato; Que, ademas los Consejos de Facultad tampoco pueden funcionar legalmente porque no existe representacion docente por categorias de profesores principales, asociados y auxiliares y no existe MORDAZA estudiantil; Que, ante ello, la Comision de Coordinacion Interuniversitaria y el Pleno de Rectores en sesion extraordinaria del 25 de junio del presente ano, analizo la situacion de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA respecto de su gobernabilidad institucional, verificando la necesidad de constituir un Comite Electoral Universitario que lleve a cabo el MORDAZA de eleccion de docentes y alumnos representantes ante los organos de gobierno asi como la eleccion de los nuevos Decanos de las respectivas Facultades en las que se han vencido los mandatos; Que, en atencion al Informe de la Comision Informante nombrada por Resolucion N° 1237-2009-ANR al MORDAZA de la Ley N° 27602 que autoriza la intervencion de la ANR ante graves irregularidades, se expidio la Resolucion N° 0625-2010-ANR del 25 de junio del 2010, publicada el 13 de MORDAZA del 2010, por la que la Asamblea Nacional de Rectores dispuso que el Rector de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA encargue los Decanatos de las Facultades al profesor principal mas antiguo de cada Facultad, hasta la eleccion de los respectivos Decanos titulares. Tambien, en la citada Resolucion constituyo un Comite Electoral Externo, presidido por el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA De la MORDAZA Badaracco, con la autonomia y atribuciones previstas en el articulo 39° de la Ley N° 23733, Ley Universitaria a fin de organizar y conducir el MORDAZA electoral que permita conformar la Asamblea Universitaria, Consejo Universitario y los Consejos de Facultad, mediante la eleccion de representantes docentes y estudiantiles; y eleccion de Decanos de las respectivas Facultades, en el plazo no mayor de 90 dias, a partir de la instalacion del Comite Electoral Externo; Que, mediante Oficio Nº 1059-2010-SE/SG del 23 de agosto del 2010, el Secretario Ejecutivo de la ANR comunico a la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA que el Comite Electoral Externo se instalo con fecha 11 de agosto del 2010; Que, con Resolucion R. Nº 11724-2010-UNFV de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA, del 02 de septiembre del 2010, se aprobo las modificaciones realizadas al Reglamento del Comite Electoral Universitario de la UNFV para el ejercicio 2010, aprobado mediante Resolucion R. Nº 10643-2010-UNFV del 24 de marzo del 2010; Que, por Resolucion R. Nº 11725-2010-UNFV del 02 de septiembre del 2010, se aprobo el Cronograma de Elecciones Generales 2010 de Estudiantes, Docentes y Graduados ante los organos de gobierno: Asamblea Universitaria, Consejo Universitario y Consejos de Facultad y Eleccion de Decanos; Que, mediante Oficio N° 105-CEE-UNFV-2010 de fecha 22 de octubre del 2010, el Presidente del Comite Electoral Externo de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA comunica al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores que el dia 25 de octubre se realizara las elecciones estudiantiles en la mencionada MORDAZA Superior de Estudios y solicita que se publique en la pagina web y en dos diarios de circulacion nacional el comunicado adjunto; Que, con Oficio N° 106-CEE-UNFV-2010 de fecha 25 de octubre del 2010, el Comite Electoral Externo de

la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA informa al Presidente de la ANR que el dia 23 de octubre, no han podido ingresar a sus oficinas en la universidad, por orden del Rector, quien tambien ordeno el cierre de todos los locales de la universidad hasta el dia 28 de octubre del presente ano y adjunta MORDAZA del comunicado de fecha 22 de octubre del 2010, publicado por la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA que senala: "..., el Consejo Universitario en sesion extraordinaria N° 225 de fecha 22-10-10 ha acordado suspender el presente MORDAZA electoral 2010..."; Que, el Secretario Ejecutivo de la Asamblea Nacional de Rectores, con Oficio N° 1419-2010/SE/SG del 29 de octubre del 2010, comunica al Rector de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA que un gran numero de los Decanos encargados no son los docentes mas antiguos de cada Facultad y lo exhorta a aplicar el articulo 1° de la Resolucion N° 0625-2010-ANR, cuyo incumplimiento hace que el Consejo Universitario no se encuentre investido de legitimidad, por lo que sus actos adolecen de nulidad; Que, con Resolucion R. Nº 12161-2010-CU-UNFV del 29 de octubre de 2010 y publicada el 03 de noviembre de 2010, resuelve declarar nulo el MORDAZA electoral organizado, conducido por el Comite Electoral Externo y solicita a la ANR deje sin efecto la Resolucion Nº 0625-2010-ANR y la Resolucion Nº 0798-2010-ANR; y designa solo con acuerdo del Consejo Universitario, una "Comision Electoral Transitoria y Autonoma" encargada de desarrollar el MORDAZA de elecciones; Que, con Oficio N° 1436-2010-SE del 04 de Noviembre del 2010, el Secretario Ejecutivo de la ANR informa al Presidente del Congreso de la Republica sobre la situacion de gobierno y del MORDAZA electoral de la UNFV y le comunica que la Resolucion R. Nº 12161-2010-CUUNFV, trasgrede el MORDAZA de autoridad y las normas de caracter universitario y administrativo; hecho que ha motivado que la ANR convoque a sesion extraordinaria de la CCI para el dia 10.11.10; Que, es mas aun con Resolucion R. 12214-2010-CUUNFV publicada en "El Peruano" el 09 de noviembre de 2010, con acuerdo del Consejo Universitario el rectorado dispone dar por concluidas las funciones del Comite Electoral Externo nombrado por la Asamblea Nacional de Rectores con Resolucion Nº 0625-2010-ANR; sin que ni el Rector ni el Consejo Universitario tengan competencias para ello; Que, en la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA es la MORDAZA vez que se vulnera el articulo 39º de la Ley Universitaria, en el que el Consejo Universitario de la UNFV, presidido por el Rector, interfiere el MORDAZA electoral, lo cual constituye causal de grave irregularidad que obstaculiza la eleccion para la renovacion de los representantes docentes y estudiantiles y la conformacion legal de los organos de gobierno; Que, la Resolucion R. Nº 12161-2010-CU-UNFV que declara nulo el MORDAZA electoral, ha sido expedida por organo que carece de competencia para ello, ya que el articulo 32° de la Ley N° 23733, Ley Universitaria establece las atribuciones del Consejo Universitario, cuyo inciso k) senala: "Conocer y resolver todos los demas asuntos que no estan encomendados especificamente a otras autoridades universitarias." Que, por el contrario, el articulo 39º de la Ley Universitaria precisa que "El Comite Electoral Universitario es MORDAZA y se encarga de organizar, conducir y controlar los procesos electorales, asi como de pronunciarse sobre las reclamaciones que se presenten. Sus fallos son inapelables". Por lo que, la interferencia de las autoridades en el MORDAZA electoral constituye causal de grave irregularidad que motiva la aplicacion de la Ley Nº 27602; Que, la Resolucion R. Nº 12161-2010-CU-UNFV adolece de requisito de validez, ya que el Consejo Universitario no es el organo competente para declarar nulo un MORDAZA electoral y conforme a lo dispuesto en el articulo 10º numeral 1 de la mencionada Ley Nº 27444 y al contravenir la Ley Universitaria, incurre en causal de nulidad ipso jure; Que, ademas la Resolucion R. Nº 12161-2010-CUUNFV que declara nulo el MORDAZA electoral se fundamenta en los Informes Legales Nºs. 522 y 526-2010-OCAJ-UNFV

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